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Fecha de publicación: 26/03/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en algunos distritos y centros poblados de provincias pertenecientes a los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Junín y Cusco

Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro

Resolución de la Fiscalía de la Nación

Nº 876-2026-MP-FN

Lima, 25 de marzo de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 003767-2026-MP-FN-PJFSLIMA, de fecha 18 de marzo de 2026, e informe Nº 0038-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 20 de marzo de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio de vistos, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, se remite y expresa conformidad a la carta presentada en fecha 18 de marzo de 2026, suscrita por el abogado Diomedes Marco Antonio Zamora Valladares, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designado en el 1º Despacho Provincial Penal de la Octava Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales.

En su carta de renuncia, el citado abogado señala que la renuncia se haga efectiva desde el 19 de marzo de 2026, ante lo cual su jefa inmediata otorga su visto bueno, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.

Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3678-2023-MP-FN, de fecha 29 de diciembre de 2023, se resolvió nombrar al abogado Diomedes Marco Antonio Zamora Valladares, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el 1º Despacho Provincial Penal de la Octava Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).

El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que “la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.

En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación (i), conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0038-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 20 de marzo de 2026, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia del abogado Diomedes Marco Antonio Zamora Valladares, con eficacia anticipada a partir del 19 de marzo de 2026.

De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Diomedes Marco Antonio Zamora Valladares, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y a su designación en el 1º Despacho Provincial Penal de la Octava Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3678-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 29 de diciembre de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente, con eficacia anticipada a partir del 19 de marzo de 2026.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Diomedes Marco Antonio Zamora Valladares que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación (i)

2499986-4