Nombran fiscal provincial y fiscal adjunta provincial del Distrito Fiscal de Lima Centro
Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 885-2026-MP-FN
Lima, 25 de marzo de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 229-2026-MP-FN-2ºFSUPR.P, de fecha 20 de marzo de 2026, e informe Nº 0065-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 24 de marzo de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, la abogada Zoraida Ávalos Rivera, fiscal suprema titular, designada en la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos remite las propuestas para cubrir las plazas de fiscal provincial y fiscal adjunto provincial del despacho fiscal a su cargo.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1532-2024-MP-FN y 1587-2025-MP-FN, de fechas 9 de julio de 2024 y 2 de junio de 2025, respectivamente, se resolvió nombrar al abogado Erick Rony Vásquez Guevara, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido y en virtud de la facultad conferida al Fiscal de la Nación (i) para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, se estima pertinente, emitir el acto resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar al abogado Erick Rony Vásquez Guevara, para que ocupe provisionalmente la plaza de fiscal provincial de carácter transitorio, en la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, para lo cual, previamente se deberá dar por concluido su nombramiento y designación señalados en el segundo párrafo de la parte considerativa; asimismo, corresponde emitir el acto resolutivo pertinente a fin de cubrir la plaza transitoria de fiscal adjunto provincial dejada por este, con el nombramiento y designación de la abogada Angélica Rojas Lucano. En atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0065-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 24 de marzo de 2026.
Es de precisar que las plazas señaladas en el párrafo precedente- con carácter transitorio -corresponden a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 046-2023-MP-FN-JFS, de fecha 3 de julio de 2023, cuya vigencia fue prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 75-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.
De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el único artículo de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Erick Rony Vásquez Guevara, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1532-2024-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 1587-2025-MP-FN, de fechas 9 de julio y 30 de diciembre de 2024, y 2 de junio de 2025, respectivamente.
Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Erick Rony Vásquez Guevara, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos.
Artículo Tercero.- Nombrar a la abogada Angélica Rojas Lucano, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos.
Artículo Cuarto.- Precisar que las plazas señaladas en los artículos segundo y tercero de la presente resolución, tienen la condición de transitorias en mérito a lo dispuesto con la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 046-2023-MP-FN-JFS, de fecha 3 de julio de 2023, cuya vigencia fue prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 75-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento al abogado Erick Rony Vásquez Guevara, que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Sexto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y a los abogados mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación (i)
2499986-13