Autorizan viaje de Jefa de Oficina General de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales a Francia, en comisión de servicios
resolución ministerial
N° 072-2026-TR
Lima, 25 de marzo de 2026
VISTOS: La carta de fecha 26 de enero de 2026 de la Dirección de Empleo, Trabajo y Asuntos Sociales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE); la comunicación electrónica de fecha 18 de marzo de 2026 del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Hoja de Elevación N° 000102-2026-MTPE/4/10 y el Informe N° 000007-2026-MTPE/4/10-JRF de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Memorándum N° 000472-2026-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración; y la Hoja de Elevación N° 000286-2026-MTPE/4/8 y el Informe N° 000057-2026-MTPE/4/8-JHL de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Director de la Dirección de Empleo, Trabajo y Asuntos Sociales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), mediante carta de fecha 26 de enero de 2026, invita al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a participar en la 149° Sesión del Comité de Empleo, Trabajo y Asuntos Sociales (ELSAC, por sus siglas en inglés), a realizarse los días 9 y 10 de abril de 2026, en la ciudad de París, República Francesa;
Que, en el precitado evento, el ELSAC llevará a cabo el Segundo Examen de Adhesión del Perú a la OCDE, como parte de la cuarta fase del proceso de adhesión, que se centrará en el informe de avances de los temas prioritarios referidos a la informalidad laboral, legislación laboral e inspección del trabajo, diálogo social e inclusión socioeconómica de poblaciones vulnerables; teniendo como objetivo evaluar la voluntad política del Perú y su capacidad para implementar los instrumentos jurídicos sustantivos de la OCDE, conforme a los Principios Básicos establecidos en el Apéndice de la Hoja de Ruta para el proceso de adhesión del Perú a la OCDE;
Que, mediante comunicación electrónica de fecha 18 de marzo de 2026, el Ministerio de Relaciones Exteriores pone en conocimiento del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la invitación cursada por la Dirección de Empleo, Trabajo y Asuntos Sociales de la OCDE para participar en la 57° reunión del Grupo de Trabajo sobre Empleo, que se realizará los días 7 y 8 de abril de 2026, en la ciudad de París, República Francesa;
Que, el Grupo de Trabajo sobre Empleo constituye un órgano del ELSAC encargado de analizar políticas de empleo de países, revisar tendencias del mercado laboral (v. gr. desempleo, informalidad, productividad), compartir prácticas y evidencia y elaborar insumos técnicos para decisiones de alto nivel en la OCDE; en ese sentido, la participación en dicho espacio permitirá fortalecer la posición del país en el proceso de adhesión a la OCDE y coadyuvar a una intervención debidamente informada en las discusiones del Segundo Examen de Adhesión del Perú a la OCDE;
Que, adicionalmente, se ha previsto la realización de reuniones conexas programadas para el 11 de abril de 2026, con la Dirección de Empleo, Trabajo y Asuntos Sociales de la OCDE, a fin de intercambiar ideas sobre los pasos a seguir con posterioridad al Segundo Examen de Adhesión; con la Embajada del Perú en París, para abordar posibles acciones de cooperación en materia de migración laboral circular y modelos duales; con la Representación Permanente del Perú ante organismos económicos internacionales en París, con el objeto de definir las acciones siguientes, la atención de recomendaciones y, de aprobarse el Examen de Adhesión, el procedimiento para la desclasificación de documentos de la OCDE; así como con la Subdirección General de Ciencias Sociales de la UNESCO, a efectos de abordar posibles acciones de cooperación en materia de formación para el empleo y aprendizaje a lo largo de la vida, promoción del empleo en las industrias culturales y creativas, inclusión laboral de poblaciones vulnerables, educación para el trabajo y transición escuela-empleo y estándares sobre ética de la inteligencia artificial en relación con su impacto en el empleo;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 041-2023-PCM, Decreto Supremo que declara de interés nacional el proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada del seguimiento de las acciones para la adhesión del Perú a la OCDE, establece que son de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas a desarrollarse en el marco del proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), incluyendo la participación del Estado peruano en todas las actividades previstas durante la implementación de la hoja de ruta que enmarca el proceso de adhesión del Perú a la OCDE;
Que, el señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo participará en la 149° Sesión del ELSAC, en la 57° reunión del Grupo de Trabajo sobre Empleo, así como en las reuniones conexas, considerando la relevancia de dichos espacios para continuar con el proceso de adhesión del Perú a la OCDE;
Que, por las consideraciones expuestas, resulta de interés institucional la participación de la señora PAOLA DIANA REYES PARRA, Jefa de Oficina General de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, en los referidos espacios, en tanto se encargará de brindar soporte técnico a la representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo durante su asistencia a los eventos convocados y reuniones conexas, en los cuales se buscará consolidar la voluntad política y capacidad de implementación del Estado peruano de su compromiso con la adhesión a la OCDE;
Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos son cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios se efectuará por Resolución Ministerial del respectivo Sector;
Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, de la Oficina General de Administración; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial N° 194-2024-TR, que actualiza el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de viaje
Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora PAOLA DIANA REYES PARRA, Jefa de Oficina General de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de París, República Francesa, del 6 al 12 de abril de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Financiamiento
Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son cubiertos con recursos del presupuesto del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo - Oficina General de Administración, de acuerdo al siguiente detalle:
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Nombre y apellidos |
Pasaje aéreo US$ |
Viáticos por día US$ |
Total de viáticos US$ |
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PAOLA DIANA REYES PARRA |
2,527.80 |
540.00 x 5 |
2,700.00 |
Artículo 3.- Presentación de informe
Disponer que, dentro de los quince días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada servidora presente al Despacho Ministerial un informe describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- Derecho a exoneración, liberación de impuestos o derechos aduaneros
La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR FAUSTO FERNÁNDEZ CÁCERES
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
2499846-1