Disponen conservar en la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, el “Observatorio de Control Funcional”, con su plataforma tecnológica, y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000100-2026-JN-ANC-PJ
Lima, 24 de marzo de 2026
VISTOS:
El Informe N° 000032-2026-OCPAD-ANC/PJ, emitido por el responsable de la Oficina Central de Procedimiento Administrativo Disciplinario de la ANC-PJ, el Oficio N° 000141-2026-GA-ANC-PJ emitido por la Gerencia de Administración de la ANC-PJ que eleva el Informe N° 000011-2026-UAJ-ANC-PJ emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica de la Gerencia de Administración de la ANC-PJ; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 30943, publicada el 08 de mayo de 2019, se crea la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, la que tiene a su cargo el control funcional de los jueces de todas las instancias y del personal auxiliar jurisdiccional del Poder Judicial, salvo el caso de los jueces supremos; control funcional que comprende la prevención, supervisión, inspección, investigación, instauración del procedimiento disciplinario e imposición de la sanción, así como disponer medidas correctivas; contando para ello con autonomía administrativa, funcional y económica;
Que, conforme a lo previsto en los artículos 102° y 103° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificados por Ley N° 30943, la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial tiene como órgano de dirección a la Jefatura Nacional, que ejerce sus funciones y atribuciones en todo el territorio nacional, de acuerdo a la indicada Ley y su Reglamento;
Que, por Resolución Administrativa N° 001-2024-JN-ANC-PJ (30/01/2024), se instituyó el Observatorio Contralor Nacional, con la función de acopiar información oportuna, relevante y pertinente relacionada con casos judiciales emblemáticos y de alta connotación social, incluidos los procedimientos administrativos disciplinarios que pudieran afectar al sistema de justicia y a la gestión institucional de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial; y dispuso que la Oficina de Gestión y Asesoría de Control Disciplinario de cuenta permanentemente a la Alta Dirección de la ANC-PJ sobre las actividades desarrollas en el Observatorio antes citado;
Que, por Resolución Administrativa N° 002-2024-JN-ANC-PJ (07/02/2024) precisa que el nombre instituido mediante Resolución Administrativa N° 001-2024-JN-ANC-PJ estará referido como “Observatorio de Control Funcional de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial”;
Que, por Resolución Jefatural N° 0108-2024-JN-ANC-PJ (08/07/2024) se aprobó las “Funciones del Observatorio de Control Funcional de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y su Sistema de Flujo de Información”, dentro de las cuales se identifica expresamente en el numeral romano V, que el Observatorio de Control Funcional de la ANC-PJ se encuentra a cargo del Responsable de la Oficina de Gestión y Asesoría de Control Disciplinario”;
Que, por Resolución Jefatural N° 325-2025-JN-ANC-PJ (28/11/2025) se amplían las funciones aprobadas mediante Resolución Jefatural N° 108-2024-JN-ANC-PJ, incorporando expresamente la competencia del observatorio para consolidar la información estadística y analítica de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, relacionada a: i) producción jurisdiccional y disciplinaria, ii) carga procesal y distribución de expedientes, iii) ingresos, sanciones y medidas preventivas, iv) información analítica sobre tiempos de tramitación, mora y productividad. Asimismo, autoriza su despliegue en la sede central y en todas las ODANC, a partir del 12 de diciembre de 2025, esto, aunado a otras disposiciones vinculadas al Observatorio de Control Funcional de la ANC-PJ;
Que, por Resolución Administrativa N° 000001-2026-JN-ANC-PJ publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 10 de febrero de 2026, se modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, la cual fuera aprobado mediante Resolución Administrativa N° 001-2023-JN-ANC-PJ publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 06 de octubre de 2023, y modificado en su oportunidad mediante Resolución Administrativa N° 004-2024-JN-ANC-PJ publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 19 de setiembre de 2024;
Que, mediante Informe N° 000032-2026-OCPAD-ANC-PJ (23/03/2026), el responsable de la Oficina Central de Procedimiento Administrativo Disciplinario, propone a la Jefatura Nacional, lo siguiente: a) Dejar sin efecto las siguientes resoluciones: i) Resolución Administrativa N° 001-2024-JN-ANC-PJ (30/01/2024), ii) Resolución Administrativa N° 002-2024-JN-ANC-PJ (07/02/2024), iii) Resolución Jefatural N° 0108-2024-JN-ANC-PJ (08/07/2024), y iv) Resolución Jefatural N° 325-2025-JN-ANC-PJ (28/11/2025), ante la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, siendo que deroga las funciones de la Unidad Funcional de la Oficina de Gestión y Asesoría de Control Disciplinario de la ANC-PJ; b) Conservar en la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, el “Observatorio de Control Funcional”, con su plataforma tecnológica, la cual concentra la información relacionada a los casos emblemáticos y de alta connotación social sobre procedimientos administrativos disciplinarios, producción disciplinaria, carga procedimental, y escritos pendientes; c) Designar como responsable del “Observatorio de Control Funcional” al responsable de la Oficina Central del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la ANC-PJ, por ser órgano de línea responsable de dirigir, implementar y conducir el procedimiento disciplinario; y, d) Otorgar al Responsable del Observatorio de Control Funcional de la ANC-PJ, el plazo de diez días hábiles para la elaboración de un protocolo en el cual se establecerá responsabilidades, actuaciones y tareas respecto al funcionamiento del Observatorio de Control Funcional;
Que, con Oficio N° 000141-2026-GA-ANC-PJ (24/03/2026) emitido por la Gerencia de Administración de la ANC-PJ que eleva el Informe N° 000011-2026-UAJ-ANC-PJ (23/03/2026) emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica de la Gerencia de Administración de la ANC-PJ, a través del cual emite opinión legal de viabilidad respecto a las propuestas presentadas por la Oficina Central de Procedimiento Administrativo Disciplinario de la ANC-PJ;
Por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al Jefe Nacional de la ANC-PJ, mediante la Ley N° 30943 - Ley de Creación de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 001-2023-JN-ANC-PJ publicada el 06 de octubre de 2023, y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DÉJESE SIN EFECTO las siguientes resoluciones:
a) Resolución Administrativa N° 001-2024-JN-ANC-PJ de fecha 30 de enero de 2024;
b) Resolución Administrativa N° 002-2024-JN-ANC-PJ de fecha 7 de febrero de 2024;
c) Resolución Jefatural N° 0108-2024-JN-ANC-PJ de fecha 8 de julio de 2024; y
d) Resolución Jefatural N° 325-2025-JN-ANC-PJ de fecha 28 de noviembre de 2025.
Artículo Segundo.- CONSERVAR en la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, el “Observatorio de Control Funcional”, con su plataforma tecnológica, la cual concentra la información relacionada a los casos emblemáticos y de alta connotación social sobre procedimientos administrativos disciplinarios, producción disciplinaria, carga procedimental, y escritos pendientes.
Artículo Tercero.- DESIGNAR como responsable del “Observatorio de Control Funcional” al responsable de la Oficina Central del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la ANC-PJ, por ser órgano de línea responsable de dirigir, implementar y conducir el procedimiento disciplinario.
Artículo Cuarto.- OTORGAR al Responsable del Observatorio de Control Funcional de la ANC-PJ, el plazo de diez días hábiles para la elaboración de un protocolo en el cual se establecerá responsabilidades, actuaciones y tareas respecto al funcionamiento del Observatorio de Control Funcional.
Artículo Quinto.- DISPONER que la Gerencia de Administración de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, proceda a la publicación de la resolución jefatural en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, la publicación de la presente resolución en el Portal web institucional de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial.
Artículo Séptimo.- PONER en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de las Oficinas Descentralizadas de la Autoridad Nacional de Control a nivel nacional, de las Oficinas y Unidades de la Sede Central, de la Gerencia de Administración de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, y de los Asesores de Jefatura Nacional, para los fines pertinentes. AUTORIZÁNDOSE a la Gerencia de Administración de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, su diligenciamiento.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ROBERTO ALEJANDRO PALACIOS BRAN
Jefe Nacional
Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial
2499376-1