Aprueban la Matriz Local de Prioridades Ambientales y Climáticas de la Municipalidad de San Borja
ORDENANZA N° 745-MSB
San Borja, 25 de febrero de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
POR CUANTO:
El Concejo de la Municipalidad Distrital de San Borja, en Sesión Ordinaria de la fecha:
Que, estando en uso de las facultades establecidas en el Numeral 8, del artículo 9°, en concordancia con el artículo 40°, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y conforme a las opiniones vertidas en los Dictámenes de las Comisiones de Asuntos Legales, Economía y Renta, Comisión de Servicios de la Ciudad y Medio Ambiente, y de Participación Vecinal, respectivamente, se propone ante el pleno del Concejo, la Ordenanza que aprueba la Matriz Local de Prioridades Ambientales y Climática del Distrito de San Borja; y, el Concejo Municipal por unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA MATRIZ LOCAL DE PRIORIDADES AMBIENTABLES Y CLIMÁTICAS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Artículo Primero.- APROBAR la Matriz Local de Prioridades Ambientales y Climáticas de la Municipalidad de San Borja, la misma que contiene problemas ambientales, objetivos estratégicos locales, acciones estratégicas indicadores y metas, la misma que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la Matriz Local de Prioridades Ambientales y Climáticas de la Municipalidad de San Borja en la sede digital de la entidad.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de la Secretaría del Concejo Municipal, la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial “El Peruano”; asimismo, a la Oficina General de Tecnologías de la Información, el anexo correspondiente en el Portal del Estado Peruano www.gob.pe, de la Municipalidad Distrital de San Borja.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Marco Antonio Alvarez Vargas
Alcalde
2499278-1