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Fecha de publicación: 26/03/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en algunos distritos y centros poblados de provincias pertenecientes a los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Junín y Cusco

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a las Costumbres y organización de autoridades tradicionales varayoq, vigentes en el distrito de Colquepata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 000087-2026-VMPCIC/MC

San Borja, 23 de marzo del 2026

VISTOS: el Informe N° 000176-2026-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; la Hoja de Elevación N° 000146-2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura - UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;

Que, el artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que son bienes inmateriales integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación los usos, representaciones, expresiones, conocimientos, técnicas y saberes tradicionales, así como los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales inherentes a ellos. Comprenden además a las lenguas, expresiones orales, música, danzas, fiestas, celebraciones y rituales; asimismo, formas de organización social, manifestaciones artísticas, prácticas medicinales, culinarias, tecnológicas o productivas, entre otras. Agrega la norma que este patrimonio es recreado y salvaguardado por las comunidades, grupos e individuos quienes lo transmiten de generación en generación y lo reconocen como parte de su identidad cultural y social;

Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, establece que es función exclusiva de este ministerio realizar acciones de declaración, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial está encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 338-2015-MC, se aprueba la Directiva N° 003-2015-MC, Directiva para la declaratoria de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial y de la obra de grandes maestros, sabios y creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y declaratoria de interés cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial;

Que, la Municipalidad Distrital de Colquepata ha promovido la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación de las Costumbres y organización de autoridades tradicionales varayoq, vigentes en el distrito de Colquepata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco;

Que, Colquepata es distrito de la provincia de Paucartambo, región Cusco, en cuya jurisdicción existen veintiocho comunidades campesinas reconocidas conforme con la Base de Datos de Pueblos Indígenas u Originarios. Su presencia en la región está posiblemente relacionada con su papel en las redes de intercambio por trueque desde tiempos prehispánicos. Mantiene un complejo calendario festivo, religioso y agrícola y la debida veneración a una serie de Apus o montañas que dominan la geografía del distrito con el Apu Picchu como el más importante y otros como el Munachayoq, el Saytu y el Muruhuicsa. En las comunidades de Accha, Ccolquepata, Sipascancha Alta, y Ttocra el sistema de los varayoq ha permanecido como parte integral de la organización social y cultural del distrito;

Que, la estructura jerárquica de las autoridades de vara o varayoq es compleja, consistiendo, por lo general, en cinco cargos sucesivos en cuya cima está siempre el Alcalde Varayoq o Envarado pero cada comunidad local tiene variaciones en el nombre y en algunos atributos a veces en el número de cargos. En Ccolquepata el sistema consta de cinco niveles, siendo el menor el del Chakimaki Alvacer, seguido por el Chakimaki mayor, el Wachu capitán, el Inka César segunda y finalmente el Alcalde envarado o Varayoq, como la autoridad mayor. En la comunidad de Sipascancha Alta, los cargos son de Regidor Alguacil, Regidor Mayor, Hatun Mayordomo, Segunda Envarado y Alcalde Envarado. En la comunidad de Accha, estos cargos son Inka César, Chaupi menor, Chaupi mayor, Regidor Mayor y Alcalde Varayoq o Envarado y en este caso, por encima de éste el Obrero; el cargo de Inka César no tiene vara asociada. En la comunidad de Ttocra, estos cargos son cuatro: Alvacer, Segundo Mayor, Inka Cesar y Alcalde Varayoq o Envarado. Se llega a ocupar el cargo más alto tras haber pasado por todos los anteriores con responsabilidad y sin haber cometido faltas; esto significa que las autoridades de vara son personas adultas y con experiencia en los asuntos de sus respectivas comunidades a su paso por el sistema de cargos;

Que, la vestimenta tradicional con la que estas autoridades se presentan en las ceremonias públicas y ejercen el cargo está compuesta por una almilla, especie de polo de mangas largas hecho de bayeta; el chilico, chaleco hecho con tela blanca y roja a modo de bandera nacional, representando su compromiso con la nación independiente, y con un orillo de tela bordada; el jubón o saco de color negro, con solapas y bocamangas bordadas; el chumpi o cinturón tejido de lana de alpaca de colores, el calzón o pantalón de bayeta negra hasta la rodilla, ojotas de cuero de llama; una montera amplia de color rojo, con cintas tejidas de colores, un chullo, una chalina y una unkhuña, cuadrado de tela para portar hojas de coca, estos últimos de lana tejida con motivos muy elaborados; un crucifijo de madera o de metal llevado con una cadenilla, un pututu de concha marina, que se toca para el anuncio y convocatoria a las ceremonias y actividades, y la vara o bastón, insignia de mando;

Que, la prenda más importante consiste en una serie de ponchos de distinto color y diseño, que el varayoq viste según la ceremonia a realizar: de colores vivos con diseños pallay para las festividades, de color nogal para la siembra, rojo listado para la Semana Santa, gris para la cosecha y Todos los Santos, negro para los sepelios.;

Que, la vara, insignia de autoridad del varayoq, está hecha de madera dura de chonta, con un capitel relativamente más ancho y terminada en punta, decorada con varios anillos de metal repujado, tradicionalmente de plata, distribuidos a lo largo del cuerpo; el tamaño de la vara y la complejidad de su decoración son proporcionales a la importancia del cargo. Esta insignia ha de ser bendecida por el párroco de la comunidad, y es considerada sagrada e intocable, de uso exclusivo del varayoq;

Que, las autoridades de vara son la institución más importante de las comunidades de Colquepata y la participación en este sistema de cargos sucesivos sigue siendo un requisito indispensable para ser considerado un miembro pleno de la comunidad. Para ser elegido como varayoq se requiere que el comunero sea miembro activo de su comunidad, esté debidamente empadronado, tenga el estado civil de casado, cumpla con los principios y valores de la comunidad, sea respetado en la vida privada y ejemplar en su desempeño por el sistema de cargos, además de ser conocedor de la liturgia y los procedimientos rituales que forman parte de su labor como autoridad;

Que, estos antecedentes son importantes pues sobre ellos las autoridades de vara deben generar una red de intercambios recíprocos, siendo parte activa e incluso generadora de las relaciones de ayuda mutua, indispensable para la realización de las celebraciones festivas y las actividades productivas, en particular las que implican un grado de ritualidad, como son las faenas colectivas. El que estos cargos sean rotativos impide, por otro lado, la concentración de poder, promoviendo en cambio la renovación periódica del liderazgo; también impulsa a asumir los cargos con responsabilidad, a cumplir con los compromisos dentro del plazo que les está asignado;

Que, es responsabilidad de los varayoq la organización, coordinación y supervisión de las actividades colectivas sobre las que se funda la comunidad como sistema. Estas actividades son las faenas colectivas, en las que se asegura la participación de todos los miembros de la comunidad bajo los principios de reciprocidad; las asambleas generales en el salón comunal; el anuncio de actividades por las autoridades menores (que por ello llevan un pututu o caracol con el que convocan para la actividad o ceremonia a realizarse) y las celebraciones religiosas y rituales, que deben garantizar se lleven a cabo correctamente, según los postulados tanto de la tradición andina como de la iglesia católica. Cada fin de mes, las autoridades se reúnen en la “reunión de los envarados” o haywakuy en la cual se establecen las actividades a ejecutar durante el mes siguiente; toca al varayoq principal atender a los asistentes con comida y bebida para la reunión;

Que, la elección de los varayoq se organiza siguiendo los tiempos del ciclo agrícola, en concreto durante el tiempo de siembra de papa, entre los meses de octubre y noviembre. Los candidatos son elegidos por las autoridades en curso, basándose en los criterios de compromiso con la comunidad y una actitud reconocida de responsabilidad y respeto para con sus miembros, siendo propuestos y electos al final de año;

Que, la juramentación de los nuevos varayoq se hace el 2 de enero en cada localidad, con el acto de traspaso o entrega de la vara de las autoridades salientes a las recién electas, el cual se realiza ante las autoridades comunales y distritales de la localidad; esta ceremonia pública ratifica la legitimidad del liderazgo de los varayoq dentro de la comunidad. El alcalde saliente realiza entonces el acto de la challa u ofrenda a la Pachamama con coca y aguardiente haciendo la señal de persignarse y pidiendo bendiciones a la misma para que vele por la comunidad durante el siguiente período agrícola. Esta transición de mando incluye una merienda con alimentos y bebidas tradicionales para la ocasión, como el chayro, el pan de chuño, el papawayko, el sancochado y mote con puspu. Con este convite la comunidad refuerza el compromiso para las tareas futuras.

Que, la juramentación de los cargos se realiza ante el alcalde distrital de Colquepata y el gobernador del distrito, por la Junta Directiva Comunal y por los representantes del sistema político estatal, siendo este un acto simbólico que ratifica su autoridad dentro de la comunidad. El liderazgo de los varayoq trasciende su papel meramente simbólico para erigirse como un pilar de la organización social y cultural, sobre una cosmovisión y una tradición ritual y sobre los principios de cooperación y reciprocidad comunal;

Que, dentro de este sistema es necesario recalcar que la participación de la mujer en el sistema de cargos de Colquepata es reconocida; pudiendo ocupar los cargos dentro de la organización. Además, dado que el sistema establece que sus miembros activos deben de estar casados, se reconoce el papel complementario y de apoyo del cónyuge en la asunción del cargo; la esposa del varayoq es llamada marsay; de ser ella la que ocupa el cargo, el esposo es denominado marsuy;

Que, la historia de la institución de los varayoq en los andes es indesligable de la historia del Perú y de las organizaciones sociales y políticas que se han sucedido en el espacio andino. Las autoridades “de vara” que existen actualmente en la región andina son descendientes de una organización que ha mantenido algunos rasgos de la organización de los ayllus originarios, sobre la cual el sistema colonial impuso el sistema de cabildo, bajo un régimen de tributación en trabajo y recursos. En tales condiciones se mantuvieron las formas de organización del trabajo basadas en el parentesco y la colaboración mutua, lo que permite a las poblaciones indígenas sobrevivir al sistema de explotación colonial, y posteriormente al régimen republicano, cuando la institución comunal sobrevive casi un siglo sin reconocimiento legal. El régimen colonial instala un sistema de autoridades que fusiona los rasgos de la administración nativa con la organización formal de las comunidades españolas, doble origen que se expresa en el simbolismo mismo de la vara como insignia de autoridad que existe en tiempos prehispánicos, pero asume también la simbología propia del sistema colonial español;

Que, las organizaciones rurales andinas se mantuvieron en un vacío legal, al no ser reconocidas a lo largo del primer siglo de vida independiente; como resultado, fueron objeto de usurpación de sus tierras y de sujeción a las formas de explotación del yanaconaje y servidumbre. A inicios de la década de 1920 esta situación fue exacerbada con la aparición de la Ley de Conscripción Vial que genera un levantamiento conocido como “La rebelión de los Varayoq” liderada por Miguel Quispe varayoq del ayllu de Sayllapata, distrito de Colquepata, el cual tuvo amplia presencia en la región Cusco y se concentra en la estrategia legal para defender la propiedad comunal frente a los sectores dominantes de la región. Este movimiento demuestra el papel de las autoridades tradicionales, no solo en la organización de sus comunidades y en la reproducción de sus tradiciones vivas, sino también en la reivindicación de sus derechos;

Que, el reconocimiento legal de las comunidades rurales, primero como comunidades de indígenas por la legislación nacional de los años 1920 y 1936 y como comunidades campesinas a partir de 1969, según el Decreto Ley N° 17716, fueron hitos en el logro de derechos de las comunidades rurales por parte del Estado nacional. Este proceso, sin embargo, no significa el reconocimiento legal de las autoridades tradicionales, entre ellas el sistema de varayoq, promoviendo en cambio la adopción de un sistema de organización formal a la que todas las comunidades reconocidas tuvieron que acogerse, relegando a las autoridades tradicionales en mayor o menor grado a un papel ritual y simbólico en las festividades asociadas al calendario agropecuario y religioso;

Que, en casos como el del distrito de Colquepata, esta situación halla su contrapeso en el papel complementario que la institución de los varayoq tiene en combinación con las autoridades comunales y distritales con los cuales se gestionan actividades que involucren el trabajo de la población; en su papel como representantes de sus respectivas comunidades ante instancias públicas y privadas su rol ceremonial en diversas festividades tradicionales y en eventos cívicos, apareciendo como un representante de las tradiciones autóctonas. La existencia actual de estas autoridades tradicionales se puede considerar una muestra de la permanencia de antiguas formas de organización, no solo en aras de su carácter tradicional sino de su carácter operativo ante las necesidades impuestas por una economía de subsistencia y por los procesos de migración y de urbanización que en concepto deberían haber supuesto la desaparición de estas formas de organización. El recorrido histórico del sistema de varayoq, desde su origen en el que actuaban como intermediarios entre la población indígena y la administración colonial, hasta su papel actual en que se mantiene como autoridad simbólica y ceremonial muestra su adaptabilidad y su importancia en la organización social y en la reproducción de la identidad indígena;

Que, la institución de los varayoq sigue siendo una pieza clave de la organización social y cultural en las comunidades del distrito de Colquepata. El carácter rotativo de sus cargos, su responsabilidad ante el colectivo y el respeto por las tradiciones ancestrales han logrado mantener la importancia social y simbólica de este sistema de cargos, manteniendo viva la identidad indígena andina y su sentido de comunidad y de reciprocidad. A su vez, la participación de la mujer en el sistema de liderazgo demuestra una evolución positiva hacia la inclusión y el reconocimiento equitativo de ambos géneros en la gestión y organización comunitaria;

Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe N° 000006-2026-DPI-DGPC-VMPCIC-PRM/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y significado de las Costumbres y organización de autoridades tradicionales varayoq, vigentes en el distrito de Colquepata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco, motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de la resolución conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Con los vistos de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Directiva N° 003-2015-MC, Declaratoria de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial y de la obra de grandes maestros, sabios y creadores como patrimonio cultural de la Nación y declaratoria de interés cultural, aprobada por Resolución Ministerial N° 338-2015-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a las Costumbres y organización de autoridades tradicionales varayoq, vigentes en el distrito de Colquepata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco, por las consideraciones expuestas.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento de su desenvolvimiento y salvaguardia de ser el caso.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el diario oficial “El Peruano” y su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) con el Informe N° 000006-2026-DPI-DGPC-VMPCIC-PRM/MC.

Artículo 4.- Comunicar la resolución y el Informe N° 000006-2026-DPI-DGPC-VMPCIC-PRM/MC a la Direc- ción Desconcentrada de Cultura de Cusco y notificarlas a la Municipalidad Distrital de Colquepata.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GISELLA MARIELL ESCOBAR ROZAS

Viceministra de Patrimonio Cultural

e Industrias Culturales

2499185-1