Disponen diversas medidas administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Huaura, Junín, Lima, Loreto y Tumbes
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000078-2026-CE-PJ
Lima, 20 de marzo del 2026
VISTOS:
El Oficio Nº 000013-2026-CR-UETI-CPP-PJ, cursado por la Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; así como el Informe Nº 00014-2026-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad.
CONSIDERANDO:
Primero. Mediante Resolución Administrativa Nº 000302-2020-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dejó sin efecto la asignación de competencia funcional a los órganos jurisdiccionales, para el conocimiento exclusivo del proceso inmediato regulado en el Código Procesal Penal, establecida mediante Resolución Administrativa Nº 347-2015-CE-PJ y sus normas complementarias; con excepción de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Huaura, Junín, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Loreto y Tumbes.
Segundo. Por Resolución Administrativa Nº 000405-2021-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dejó sin efecto la asignación de competencia funcional a los órganos jurisdiccionales, para el conocimiento exclusivo del proceso inmediato regulado en el Código Procesal Penal, establecida mediante Resolución Administrativa Nº 302-2020-CE-PJ y sus normas complementarias de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.
Tercero. Al respecto, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal remite a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 00014-2026-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad, que recomienda dejar sin efecto la asignación de competencia funcional a los órganos jurisdiccionales, para el conocimiento exclusivo del proceso inmediato regulado en el Código Procesal Penal, establecida conforme a la Resolución Administrativa Nº 347-2015-CE-PJ y sus normas complementarias de las Cortes Superiores de Justicia de Huaura, Junín, Lima, Loreto y Tumbes. Asimismo, el ordenamiento y cambio de denominación a los órganos jurisdiccionales de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Huaura, Junín, Lima, Loreto y Tumbes.
En ese contexto, el Componente de Monitoreo y Evaluación ha verificado que los órganos jurisdiccionales que actualmente tramitan procesos inmediatos de manera exclusiva, han cumplido en promedio, con los niveles de producción esperados. No obstante, a la fecha, los órganos Jurisdiccionales en mención no alcanzan la carga procesal mínima exigida que justifique la continuidad de la asignación exclusiva.
Cuarto. Por lo expuesto en el mencionado informe, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito.
Quinto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 241-2026 de la décima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 12 de marzo de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer, a partir del 1 de abril de 2026 las siguientes medidas administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Huaura, Junín, Lima, Loreto y Tumbes:
1.1 Dejar sin efecto la asignación de competencia exclusiva para la tramitación de procesos inmediatos regulados en el Código Procesal Penal, establecida mediante la Resolución Administrativa N° 347-2015-CE-PJ y sus normas complementarias, respecto de las Cortes Superiores de Justicia de Huaura, Junín, Lima, Loreto y Tumbes.
1.2 Disponer el ordenamiento y cambio de denominación de los siguientes órganos Jurisdiccionales de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Huaura, Junín, Lima, Loreto y Tumbes.
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Distrito Judicial |
Provincia |
Distrito |
Órgano Jurisdiccional |
Órgano Jurisdiccional Nueva Denominación |
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AREQUIPA |
AREQUIPA |
AREQUIPA |
1° Juzgado de la Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
1° Juzgado de la Investigación Preparatoria |
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AREQUIPA |
AREQUIPA |
AREQUIPA |
1° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
1° Juzgado Penal Unipersonal |
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AREQUIPA |
AREQUIPA |
AREQUIPA |
2° Juzgado de la Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
2° Juzgado de la Investigación Preparatoria |
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AREQUIPA |
AREQUIPA |
AREQUIPA |
3° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
3° Juzgado Penal Unipersonal |
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AREQUIPA |
AREQUIPA |
AREQUIPA |
3° SALA PENAL DE APELACIONES - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
3° Sala Penal De Apelaciones |
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AREQUIPA |
AREQUIPA |
CERRO COLORADO |
2° Juzgado de la Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
2° Juzgado de la Investigación Preparatoria |
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AREQUIPA |
AREQUIPA |
CERRO COLORADO |
2° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
2° Juzgado Penal Unipersonal |
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AREQUIPA |
AREQUIPA |
CERRO COLORADO |
3° Juzgado de Investigación Preparatoria - Procesos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Fam y Conduc |
3° Juzgado de Investigación Preparatoria |
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AREQUIPA |
AREQUIPA |
PAUCARPATA |
1° Juzgado de la Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
1° Juzgado de la Investigación Preparatoria |
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AREQUIPA |
AREQUIPA |
PAUCARPATA |
2° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
2° Juzgado Penal Unipersonal |
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AREQUIPA |
CAMANA |
CAMANA |
2° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
2° Juzgado Penal Unipersonal |
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HUAURA |
BARRANCA |
BARRANCA |
1° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
1° Juzgado Penal Unipersonal |
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HUAURA |
BARRANCA |
BARRANCA |
2° Juzgado de la Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
2° Juzgado de la Investigación Preparatoria |
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HUAURA |
HUARAL |
HUARAL |
1° Juzgado de la Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
1° Juzgado de la Investigación Preparatoria |
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HUAURA |
HUARAL |
HUARAL |
1° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
1° Juzgado Penal Unipersonal |
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HUAURA |
HUAURA |
HUACHO |
1° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
1° Juzgado Penal Unipersonal |
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HUAURA |
HUAURA |
HUACHO |
2° Juzgado de la Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
2° Juzgado de la Investigación Preparatoria |
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HUAURA |
HUAURA |
HUACHO |
2° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
2° Juzgado Penal Unipersonal |
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JUNIN |
HUANCAYO |
EL TAMBO |
1° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
1° Juzgado Penal Unipersonal |
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JUNIN |
HUANCAYO |
EL TAMBO |
3° Juzgado de la Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
3° Juzgado de la Investigación Preparatoria |
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JUNIN |
HUANCAYO |
EL TAMBO |
3° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
3° Juzgado Penal Unipersonal |
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JUNIN |
HUANCAYO |
EL TAMBO |
4° Juzgado de la Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
4° Juzgado de la Investigación Preparatoria |
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JUNIN |
JAUJA |
JAUJA |
1° Juzgado de la Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
1° Juzgado de la Investigación Preparatoria |
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JUNIN |
TARMA |
TARMA |
2° Juzgado de la Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
2° Juzgado de la Investigación Preparatoria |
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LIMA |
LIMA |
LIMA |
3° Juzgado de Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
3° Juzgado de Investigación Preparatoria |
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LIMA |
LIMA |
LIMA |
4° Juzgado de Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
4° Juzgado de Investigación Preparatoria |
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LIMA |
LIMA |
LIMA |
5° Juzgado de Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
5° Juzgado de Investigación Preparatoria |
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LIMA |
LIMA |
LIMA |
5° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
5° Juzgado Penal Unipersonal |
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LIMA |
LIMA |
LIMA |
6° Juzgado de Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
6° Juzgado de Investigación Preparatoria |
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LIMA |
LIMA |
LIMA |
6° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
6° Juzgado Penal Unipersonal |
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LIMA |
LIMA |
LIMA |
7° Juzgado de Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
7° Juzgado de Investigación Preparatoria |
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LIMA |
LIMA |
LIMA |
7° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
7° Juzgado Penal Unipersonal |
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LIMA |
LIMA |
LIMA |
8° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
8° Juzgado Penal Unipersonal |
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LORETO |
MAYNAS |
IQUITOS |
3° Juzgado de la Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
3° Juzgado de la Investigación Preparatoria |
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LORETO |
MAYNAS |
IQUITOS |
3° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
3° Juzgado Penal Unipersonal |
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TUMBES |
TUMBES |
TUMBES |
1° Juzgado Penal Unipersonal - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
1° Juzgado Penal Unipersonal |
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TUMBES |
TUMBES |
TUMBES |
4° Juzgado de la Investigación Preparatoria - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
4° Juzgado de la Investigación Preparatoria |
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TUMBES |
TUMBES |
TUMBES |
SALA PENAL DE APELACIONES - Proc. Flagrancia, Omisión Asist. Fam y Conduc. Estado Ebriedad |
Sala Penal de Apelaciones |
Artículo Segundo.- Disponer las siguientes medidas administrativas complementarias en las Cortes Superiores de Justicia de Huaura, Junin, Lima, Loreto, Tumbes:
2.1 La disposición contenida en el parágrafo 1.1 no constituye la redistribución de expedientes que estaban a cargo de los órganos jurisdiccionales exclusivos, cuyos órganos jurisdiccionales son financiados por el Programa Presupuestal 0086 “Mejoramiento de los Servicios del Sistema de Administración de Justicia Penal cuyo cumplimiento de los indicadores de desempeño son reportados al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
2.2 Ampliar la competencia funcional de los órganos jurisdiccionales señalados en el cuadro precedente, para la tramitación del proceso penal común e inmediato, conforme a sus competencias territoriales a excepción de los órganos jurisdiccionales especializados.
2.3 La Gerencia de Tecnología de la información del Poder Judicial, realice las adecuaciones en el sistema Integrado Judicial, para el ingreso de expedientes, ordenamiento y cambio de denominación según lo especificado.
Artículo Tercero.- Disponer que los órganos jurisdiccionales en adición de funciones en materia de Flagrancia Delictiva, en el marco de las Unidades Piloto de Flagrancia en los distritos judiciales de Huaura, Junín y Loreto, prioricen la atención de los casos a su cargo conforme a ley, manteniendo vigentes las asignaciones otorgadas.
Artículo Cuarto.- Facultar a los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Huaura, Junín, Lima, Loreto, Tumbes y a la Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Tecnología de la información y Sub Gerencia de Estadística en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sea necesario para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto.
Artículo Quinto.- Notificar la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Cortes Superiores de Justicia del país, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Tecnología de la información y Sub Gerencia de Estadística; para su conocimiento y fines pertinentes
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
2498888-1