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Fecha de publicación: 26/03/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en algunos distritos y centros poblados de provincias pertenecientes a los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Junín y Cusco

Aprueban el Reglamento Interno del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) del distrito de Lurigancho - Chosica

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 001-2026/MDL

Lurigancho, 16 de marzo del 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO

VISTO: El Memorándum Nº 000357-2026-MDL/GEYDH de la Gerencia de Educación y Desarrollo Humano, el Informe Nº 000097-2026-MDL/GEYDH-SGIS e Informe Nº 000046-2026-MDL/GEYDH-SGIS de la Subgerencia de Inclusión Social, el Memorándum Nº 000346-2026-MDL/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000117-2026-MDL/OGPP-OPME e Informe Nº 000087-2026-MDL/OGPP-OPME de la Oficina de Planificación y Modernización del Estado, el Informe Nº 000127-2026-MDL/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 000716-2026-MDL/GM de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, las municipalidades son órganos de gobierno local, los cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobiernos administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico;

Que, el artículo 4 de la Constitución Política del Perú establece que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a las personas adultas mayores en situación de abandono; asimismo, el artículo 7 reconoce el derecho de toda persona a la protección de su salud y dispone que las personas que no pueden valerse por sí mismas tienen derecho a un régimen de protección, atención y seguridad que respete su dignidad;

Que, el artículo 73, numeral 6, inciso 6.4, y el artículo 84, inciso 3, numeral 3.1 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen como competencia y función específica de las municipalidades distritales difundir y promover los derechos del niño, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor, propiciando espacios para su participación a nivel local;

Que, la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, establece que los gobiernos locales promueven, implementan y fortalecen servicios orientados a la protección de derechos, el envejecimiento activo y la mejora de la calidad de vida de las personas adultas mayores, a través de espacios como los Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor - CIAM;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 024-2021-MIMP se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30490, el cual establece que los Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM) constituyen servicios especializados creados por los gobiernos locales para la promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores, así como para la prevención y atención de situaciones de riesgo; disponiendo además que dichos centros deben contar con un Reglamento Interno para el adecuado cumplimiento de sus funciones;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 060-2020-MIMP se aprobó la “Guía Práctica para la Implementación y Funcionamiento de los Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor - CIAM”, la cual establece que el Reglamento Interno constituye un instrumento de gestión necesario para su adecuado funcionamiento y que su aprobación se realiza mediante Decreto de Alcaldía;

Que, mediante Ordenanza Nº 256-MDL, de fecha 28 de agosto de 2017, se creó el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad Distrital de Lurigancho; asimismo, en su Primera Disposición Complementaria se faculta al señor Alcalde Distrital para que, mediante Decreto de Alcaldía, apruebe las normas reglamentarias o complementarias necesarias para su adecuada implementación y correcta aplicación.

Que, mediante el Informe Nº 000046-2026-MDL/GEYDH-SGIS, la Subgerencia de Inclusión Social remite a la Gerencia de Educación y Desarrollo Humano el proyecto de “Reglamento Interno del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM”, concluyendo que dicho instrumento constituye un documento normativo necesario para regular su funcionamiento y fortalecer la calidad de los servicios municipales dirigidos a las personas adultas mayores, garantizando el ejercicio de sus derechos en un entorno seguro, inclusivo y organizado;

Que, mediante el Informe Nº 000097-2026-MDL/GEYDH-SGIS, la Subgerencia de Inclusión Social remite el levantamiento de las observaciones formuladas por la Oficina de Planificación y Modernización del Estado (OPME), emitiendo opinión técnica favorable para la aprobación del citado reglamento;

Que, mediante el Informe Nº 000117-2026-MDL/OGPP-OPME, la Oficina de Planificación y Modernización del Estado remite opinión favorable al “Reglamento Interno del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM”;

Que, mediante el Memorándum Nº 000346-2026-MDL/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto solicita a la Oficina General de Asesoría Jurídica la emisión de informe legal respecto del citado reglamento, a fin de continuar con el trámite correspondiente;

Que, mediante el Informe Nº 000127-2026-MDL/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente procedente aprobar el “Reglamento Interno del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor – CIAM”, de conformidad con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 060-2020-MIMP, correspondiendo su aprobación mediante Decreto de Alcaldía;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) del distrito de Lurigancho - Chosica, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Educación y Desarrollo Humano, a través de la Subgerencia de Inclusión Social, la implementación, difusión, cumplimiento y supervisión de lo dispuesto en el Reglamento Interno aprobado.

Artículo Tercero.- DISPONER que las unidades orgánicas competentes de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica brinden el apoyo necesario para la adecuada ejecución de las actividades y servicios del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor, en el marco del reglamento aprobado.

Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición municipal que se oponga a lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional su difusión correspondiente; y a la Oficina de Gestión de Gobierno Digital la publicación del presente Decreto de Alcaldía y de su anexo, que contiene el Reglamento Interno del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lurigancho https://munichosica.pe/ y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.

OSWALDO HERNÁN VARGAS CUÉLLAR

Alcalde

2498734-1