Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 820-2026-MP-FN
Lima, 20 de marzo de 2026
VISTOS:
Los oficios Nºs. 000261 y 000553-2026-MP-FN-CN-FEVCMYGF, de fechas 9 de febrero y 10 de marzo de 2026, respectivamente, e informe Nº 0056-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 16 de marzo de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante los oficios de vistos, la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, remite y expresa conformidad a la carta y escrito complementario presentados en fechas 4 y 18 de febrero de 2026, respectivamente, suscritos por la abogada Rosa Navit Espinoza Vera, fiscal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur, designada en la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Miraflores – Lima Sur, quien presenta su renuncia al cargo por motivos de índole personal; es preciso mencionar que, de acuerdo a lo señalado en el oficio Nº 000004-2026-MP-FN-FPCTE-VCMYIGF-SJM-1EQUIPO, la referida carta cuenta con ingreso anterior, esto es en fecha 2 de febrero de 2026.
En su carta de renuncia y escritos complementarios, la citada abogada señala como fecha de efectividad el 5 de marzo de 2026, para lo cual presenta su renuncia considerando el plazo de anticipación previsto en la ley, advirtiéndose que la misma ha sido comunicada a su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.
Mediante Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3356-2018-MP-FN y 758-2021-MP-FN, de fechas 26 de septiembre de 2018 y 26 de mayo de 2021, respectivamente, se resolvió nombrar a la abogada Rosa Navit Espinoza Vera, como fiscal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur, con reserva de su plaza de origen, y designarla en la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Miraflores – Lima Sur; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Del reporte de quejas y denuncias emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 17 de febrero de 2026, se advierte que la citada abogada registra una (1) queja en trámite.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación (i), conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0056-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 16 de marzo de 2026, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Rosa Navit Espinoza Vera, con eficacia anticipada a partir del 5 de marzo de 2026.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Rosa Navit Espinoza Vera, como fiscal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur, y a su designación en la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Miraflores – Lima Sur, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3356-2018-MP-FN, 758-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 26 de septiembre de 2018, 26 de mayo de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente, con eficacia anticipada a partir del 5 de marzo de 2026; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice la gestión correspondiente en relación a la abogada Rosa Navit Espinoza Vera, quien se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Rosa Navit Espinoza Vera que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación (i)
2498525-3