Aprueban actualización de la conformación del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de La Molina
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 018-2026/MDLM
La Molina, 12 de marzo de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
VISTO; el Memorando N° 0409-2026-MDLM-GM, de fecha 12 de marzo de 2026, de la Gerencia Municipal; el Informe N° 0070-2026-MDLM-OGAJ, de fecha 11 de marzo de 2026, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, el Informe N° 0058-2026-MDLM-GSCV-SGRD, de fecha 09 de marzo de 2026, de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, mediante los cuales se eleva la propuesta de actualización de la conformación del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de La Molina, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional – Ley N° 30305, establece que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM); y que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; sin embargo, no existe libertad absoluta para el ejercicio de dicha autonomía, porque tal y conforme se precisa en la Constitución Política del Perú, la misma debe ser ejercida en asuntos de competencia municipal y dentro de los límites que señale la Ley;
Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la LOM, establece que, los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones, que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del sector público, así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; y, las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo;
Que, de acuerdo al artículo 1° de la Ley N° 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar los riesgos asociados a peligros, priorizar la prevención para evitar la generación de nuevos riesgos, reducir o minimizar sus efectos, así como, la preparación y respuesta ante situaciones de emergencia o desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; asimismo, el artículo 2° de la precitada ley establece que, la misma es de aplicación y cumplimiento obligatorio para todas las entidades y empresas públicas de todos los niveles de gobierno, así como para el sector privado y la ciudadanía en general;
Que, de acuerdo al numeral 14.3 del artículo 14° de la Ley N° 29664, los gobiernos regionales y gobiernos locales constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad; y que, esta función es indelegable; asimismo, en el numeral 16.2 del artículo 16° de la norma antes citada se establece que, las entidades públicas constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad; y que, esta función es indelegable;
Que, de acuerdo al numeral 11.7 del artículo 11° del Reglamento de la Ley N° 29664, aprobado mediante Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, los gobernadores regionales y los alcaldes, constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulación para la implementación de los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia; los órganos y unidades orgánicas de los gobiernos regionales y locales deben incorporar e implementar en su gestión, los procesos de estimación, prevención, reducción de riesgo, reconstrucción, preparación, respuesta y rehabilitación, transversalmente en el ámbito de sus funciones;
Que, la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco del ejercicio de la rectoría del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, mediante Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N° 014-2025-PCM/SGRD, de fecha 22 de diciembre de 2025, aprobó los “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres - GTGRD”, estableciendo en el numeral 6.5 que el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres de la municipalidad distrital está conformada por el alcalde distrital, quien constituye y preside dicho Grupo de Trabajo; así como los demás miembros consignados en el citado numeral;
Que, los literales a), b) y c) del numeral 6.1 del punto VI de los mencionados “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres – GTGRD”, establecen que los titulares de las entidades públicas del nivel nacional, así como los gobernadores regionales y alcaldes, constituyen y presiden los Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, siendo una función indelegable; asimismo, la constitución del Grupo de Trabajo se realiza por única vez mediante resolución de alcaldía para los gobiernos locales; y, que se actualiza en caso se modifique la estructura orgánica o funcional de la entidad, a través de una resolución del mismo nivel emitido, considerando la resolución primigenia;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 85°, literales f) y aa) del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado en su versión actualizada mediante la Ordenanza N° 491/MDLM, son funciones de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres ejercer la Secretaría Técnica de la Plataforma de Defensa Civil Distrital (PDCD) y del Grupo de Trabajo de Gestión del Riesgo de Desastres (GTGRD) у cumplir con los lineamientos de su conformación; así como proponer proyectos de ordenanzas, decretos de alcaldía, resoluciones, documentos normativos internos u otras disposiciones normativas aplicables dentro de la jurisdicción del distrito de La Molina, en materia de gestión del riesgo de desastres y defensa civil;
Que, mediante el artículo primero de la Resolución de Alcaldía N° 011-2025/MDLM, de fecha 07 de abril de 2025, se aprobó la actualización de la conformación de los integrantes del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de La Molina, en cumplimiento de la Ley N° 29664 – Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM;
Que, mediante el Informe N° 0058-2026-MDLM-GSCV-SGRD, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, señala que, de acuerdo con los lineamientos aprobados mediante Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N° 014-2025-PCM/SGRD, los Grupos de Trabajo deben estar conformados por los funcionarios responsables de las principales unidades orgánicas de la entidad, con la finalidad de garantizar la incorporación transversal de la gestión del riesgo de desastres en la gestión pública; en ese marco, propone la conformación del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de La Molina;
Que, en el informe referido en el considerando precedente, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres concluye señalando que, resulta necesario aprobar una nueva resolución de alcaldía que actualice la conformación del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de La Molina, con la finalidad de fortalecer la articulación institucional para la implementación de los procesos de gestión del riesgo de desastres en el ámbito distrital, en concordancia con el marco normativo del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, por lo que eleva a la Gerencia Municipal el proyecto de resolución, para su evaluación y trámite correspondiente;
Que, mediante el Informe N° 0070-2026-MDLM-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite su pronunciamiento, concluyendo que:
- Por lo expuesto, y de acuerdo con la normativa glosada en su informe, considera que es legalmente viable que, a través de una resolución de alcaldía, se apruebe la actualización del GTGRD de la Municipalidad Distrital de La Molina, conforme al detalle consignado en el numeral 4.9 del apartado IV de su informe:
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INTEGRANTE |
FUNCIÓN |
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Alcalde |
Presidente |
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Subgerente de Gestión del Riesgo de Desastres |
Secretario Técnico |
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Gerente Municipal |
Miembro |
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Gerente de Desarrollo Urbano |
Miembro |
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Jefe de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional |
Miembro |
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Gerente de Desarrollo Social, Educación y Cultura |
Miembro |
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Gerente de Desarrollo Sostenible y Servicios a la Ciudad |
Miembro |
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Gerente de Desarrollo Económico e Inversión Privada |
Miembro |
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Gerente de Participación Vecinal |
Miembro |
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Gerente de Seguridad Ciudadana y Vial |
Miembro |
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Jefe de la Oficina General de Administración y Finanzas |
Miembro |
- Que, corresponde que, en el mismo acto resolutivo, se deje sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 011-2025/MDLM, de fecha 7 de abril de 2025 considerando la nueva estructura orgánica de esta entidad, conforme al ROF vigente aprobado por Ordenanza N° 491/MDLM, el inciso 6 del artículo 20° y el artículo 43° de la LOM; la Ley N° 29664; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; y los Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres, aprobados por Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N° 014-2025-PCM/SGRD;
Que, en el informe antes mencionado, también se recomienda que la Gerencia Municipal remita los actuados a la Oficina General de Secretaria de Concejo a efectos de que, en uso de sus atribuciones y competencias, elabore el proyecto de resolución de alcaldía con el cual se apruebe la actualización del GTGRD de la Municipalidad Distrital de La Molina y que, asimismo, deje sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 011-2025/MDLM;
Que, mediante el Memorando N° 0409-2026-MDLM-GM, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Oficina General de Secretaría de Concejo, a fin que tramite ante el despacho de alcaldía su aprobación, conforme lo señalado por la Oficina General de Asesoría Jurídica;
Que, de acuerdo a los actuados generados se tiene que, la propuesta de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, tiene como objetivo actualizar la conformación del Grupo de Trabajo de acuerdo a lo establecido en los Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres – GTGRD, aprobados mediante Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N° 014-2025-PCM/SGRD, en concordancia con los literales f) y aa) del artículo 85° del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina, aprobado en su versión actualizada mediante Ordenanza N° 491-MDLM;
Que, estando a que se tiene los pronunciamientos favorables de la unidad de organización competente de acuerdo a la normativa glosada, que viene a ser la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, resultaría atendible la emisión de la resolución de alcaldía solicitada, aprobando la actualización de la conformación del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de La Molina, en cumplimiento de la Ley N° 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM;
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el numeral 6 del artículo 20° y el artículo 43° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR la actualización de la conformación del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de La Molina, en cumplimiento de la Ley N° 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM y los Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres – GTGRD, aprobados mediante Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N° 014-2025-PCM/SGRD, el cual quedará integrado de la siguiente manera:
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INTEGRANTE |
FUNCIÓN |
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Alcalde |
Presidente |
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Subgerente de Gestión del Riesgo de Desastres |
Secretario Técnico |
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Gerente Municipal |
Miembro |
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Gerente de Desarrollo Urbano |
Miembro |
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Jefe de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional |
Miembro |
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Gerente de Desarrollo Social, Educación y Cultura |
Miembro |
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Gerente de Desarrollo Sostenible y Servicios a la Ciudad |
Miembro |
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Gerente de Desarrollo Económico e Inversión Privada |
Miembro |
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Gerente de Participación Vecinal |
Miembro |
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Gerente de Seguridad Ciudadana y Vial |
Miembro |
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Jefe de la Oficina General de Administración y Finanzas |
Miembro |
Artículo 2.- PRECISAR que el Grupo de Trabajo conformado en el artículo primero de la presente resolución, asumirá las funciones establecidas en la Ley N° 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM y los Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres – GTGRD, aprobados mediante Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N° 014-2025-PCM/SGRD.
Artículo 3.- DESIGNAR como Secretario Técnico del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de La Molina al Subgerente de Gestión del Riesgo de Desastres, por las consideraciones expuestas en la presente resolución de alcaldía.
Artículo 4.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar de la Entidad y Pagina Web Institucional https://www.munimolina.gob.pe/; y a la Oficina de General de Secretaría de Concejo, la publicación de la presente resolución de alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 5.- DEJAR sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 011-2025/MDLM, así como toda disposición administrativa que se oponga a la presente resolución de alcaldía.
Artículo 6.- ENCARGAR a la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, la comunicación de la presente resolución de alcaldía al Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED y al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, para la coordinación y enlace como integrante del SINAGERD, así como también hacer de conocimiento la misma a los demás miembros del Grupo de Trabajo señalados en el artículo primero.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCIA
Alcalde
2498406-1