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Fecha de publicación: 30/05/2026
Decreto Supremo que aprueba el “Plan Multisectorial ante Sismos y peligros asociados 2026-2028”

Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión

Universidad Nacional

José Faustino Sánchez Carrión

Resolución de Consejo Universitario

Nº 0288-2026-CU-UNJFSC

Huacho, 26 de febrero de 2026

VISTO:

El Expediente Nº 2026-007916, de fecha 28 de enero de 2026, que contiene el Oficio Nº 0042-2026-DGA-UNJFSC, promovido por el Director General de Administración, sobre MODIFICACIONES SOBRE LA REVISIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, que corre mediante SISTRAD ver. 3.0; Informe Nº 002-2026-CSUT-UNJFSC, emitido por el Presidente de la Comisión Sistema Único de Tramites (SUT); Decreto de Rectorado Nº 001770-2026-R-UNJFSC, Acuerdo de Sesión Ordinaria Presencial de Consejo Universitario, de fecha 19 de febrero de 2026; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 012-2020-SUNEDU/CD, de fecha 27 de enero de 2020, del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, se resuelve: “OTORGAR LA LICENCIA INSTITUCIONAL a la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, para ofrecer el servicio educativo superior universitario, (…) con una vigencia de seis (6) años computados a partir de la notificación de la presente resolución”.

Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Estado, establece: “La educación universitaria tiene como fines la formación profesional, la difusión cultural, la creación intelectual y artística y la investigación científica y tecnológica. El Estado garantiza la libertad de cátedra y rechaza la intolerancia. Las universidades son promovidas por entidades privadas o públicas. La ley fija las condiciones para autorizar su funcionamiento. La universidad es la comunidad de profesores, alumnos y graduados. Participan en ella los representantes de los promotores, de acuerdo a ley. Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la constitución y de las leyes”.

Que, el artículo 58º de la Ley Universitaria – Ley Nº 30220-, establece: “El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad.”

Que, con Resolución de Consejo Universitario Nº 0006-2026-CU-UNJFSC, de fecha 05 de enero de 2026, se dispuso: “(…) Artículo 2º. - ENCARGAR, al Supervisor y a la Comisión SUT/Equipo para la Adecuación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) y TARIFARIO de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, la evaluación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) y TARIFARIO de esta Casa Superior de Estudios, aprobados con Resoluciones de Consejo Nº 1472-2024-CU-UNJFSC y Nº 1473-2024-CUUNJFSC, ambas de fecha 13 de diciembre de 2025; dejadas sin efecto con Resolución de Consejo Universitario Nº 1506-2025- CU-UNJFSC, de fecha 30 de diciembre de 2024; de conformidad con los fundamentos expuestos en el presente acto administrativo”.

Que, mediante expediente de visto y el oficio que lo contiene, el Director General de Administración, menciona que: “(…) de acuerdo al tercer artículo en donde encarga a la Dirección General de Administración realizar las acciones necesarias. Se solicita hacer las gestiones necesarias en coordinación con las áreas técnicas, de las modificaciones correspondientes que deberán hacerse en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) y TARIFARIO de esta Casa Superior de Estudios. (…)”.

Que, a su turno, el Presidente de la Comisión Sistema Único de Tramites (SUT), con Informe Nº 002-2026-CSUT-UNJFSC, menciona que: “(…) La Comisión SUT ha cumplido con la revisión, actualización y formulación técnica de los costos solicitados. Se cuenta con los proyectos actualizados del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) y Tarifario Institucional, los cuales se remiten en calidad de propuesta técnica a la Dirección General de Administración para su revisión y tramite correspondiente, conforme a lo dispuesto en el Oficio Nº 0042-2026-DGA-UNJFSC. (…) Remitir los proyectos actualizados del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) y Tarifario Institucional a la Secretaría General, (o instancia que corresponda) en cumplimiento de los requerimientos técnicos solicitados por la Dirección General de Administración mediante Oficio Nº 0042- 2026-DGA-UNJFSC, para la prosecución del trámite de aprobación correspondiente ante el Consejo Universitario. • Precisar que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) debe aprobarse mediante Resolución de Consejo Universitario independiente (…) Recomendar que, una vez aprobados los documentos de gestión, se disponga su inmediata publicación en el Portal de Transparencia de la Universidad y en el Diario Oficial “El Peruano” o en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano, conforme lo exige el marco normativo vigente, para garantizar su eficacia y exigibilidad”.

Que, mediante Decreto de Rectorado Nº 001770-2026-R-UNJFSC, el señor Rector de esta Universidad, deriva los actuados para ser visto en Consejo Universitario.

Que, en Sesión Ordinaria Presencial de Consejo Universitario, de fecha 19 de febrero de 2026; después de previo análisis del expediente, entre otros, se acordó: “APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, que en anexo y por separado formará parte integrante del presente expediente. APROBAR, los derechos de trámite de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad incorporados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión. APROBAR, los Formularios de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, los cuales se encuentran comprendidos en el Anexo Único que forma parte integrante del presente decreto supremo. DISPONER, la publicación de la presente Resolución y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, de conformidad al numeral 44.3 del artículo 44º del T.U.O. de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. DEJAR SIN EFECTO, a partir de la emisión del acto administrativo derivado del presente acuerdo, toda normativa interna, acto administrativo y/o de administración que se opongan a lo dispuesto en los acuerdos que anteceden”.

Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220; Estatuto vigente de la Universidad; y el Acuerdo de Sesión Ordinaria Presencial de Consejo Universitario, de fecha 19 de febrero de 2026.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, que en anexo y por separado formará parte integrante del presente acto administrativo.

Artículo 2º.- APROBAR, los derechos de trámite de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad incorporados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión.

Artículo 3º.- APROBAR, los Formularios de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, los cuales se encuentran comprendidos en el Anexo Único que forma parte integrante del presente decreto supremo.

Artículo 4º.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, de conformidad al numeral 44.3 del artículo 44º del T.U.O. de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Artículo 5º.- DEJAR SIN EFECTO, a partir de la emisión del presente acto administrativo, toda normativa interna, acto administrativo y/o de administración que se opongan a lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 6º.- ENCARGAR, a la Dirección General de Administración, a la Oficina de Planificación y Presupuesto, y demás oficinas y/o unidades que resulten competentes, para que de manera coordinada adopten las medidas y acciones necesarias respecto a lo resuelto en el presente acto administrativo, de acuerdo a la normatividad vigente.

Artículo 7º.- DISPONER, que la Oficina de Servicios Informáticos efectúe la publicación del presente acto administrativo, en el Portal Institucional Web, de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión que corresponda (www.unjfsc.edu.pe).

Artículo 8º.- TRANSCRIBIR, la presente resolución a las instancias y dependencias respectiva de la Universidad para su conocimiento, y fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y archívese.

CÉSAR ARMANDO DÍAZ VALLADARES

Rector

SANTIAGO MANUEL LANDA SALAZAR

Secretario General

* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

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