Aprueban el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Jaén-San Ignacio-Bagua - PEJSIB
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0097-2026-MIDAGRI
Lima, 16 de marzo de 2026
VISTOS:
El Oficio N° 39-2026-MIDAGRI-PEJSIB-DE del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén-San Ignacio-Bagua - PEJSIB; el Memorando N° 00337-2026-MIDAGRI-SG/OGPP, el Memorando N° 00387-2026-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que adjunta los Informes N° 039-2026-MIDAGRI-SG/OGPP-OM y N° 00050-2026-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la Oficina de Modernización; y los Informes N° 00213-2026-MIDAGRI-SG/OGAJ y N° 00260-2026-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministerio ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;
Que, el numeral 38.1 del artículo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que los Programas y Proyectos Especiales son creados, en el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo, en un Ministerio o en un Organismo Público, mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 019-81-PCM se creó el Proyecto Especial Jaén-San Ignacio-Bagua, con la finalidad de realizar estudios y programas que permitan la formulación de un Plan Integral de Desarrollo y elaborar Programas Micro Regionales de Desarrollo en Jaén-San Ignacio-Bagua, ubicados en los departamentos de Cajamarca y Amazonas;
Que, con el Decreto Supremo N° 030-2008-AG se aprobó la fusión del INADE, del que dependía el Proyecto Especial Jaén-San Ignacio-Bagua, al entonces Ministerio de Agricultura (MINAG), hoy Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI);
Que, el literal a) del numeral 53.1 del artículo 53 de los Lineamientos de Organización del Estado aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, señala que el Manual de Operaciones (MOP) es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza, entre otros, la estructura funcional de los programas y proyectos especiales;
Que, asimismo, el numeral 55.1 del artículo 55, de los referidos Lineamientos de Organización del Estado, modificado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, dispone que la propuesta de MOP se sustenta en un informe técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, en el que se justifica su estructura y los mecanismos de control y coordinación, y en un informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP, y se aprueba por resolución ministerial;
Que, con el Decreto Supremo N° 098-2021-PCM, se aprueba la calificación y relación de los Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo, que dependen de cada Ministerio, calificando al Proyecto Especial Jaén-San Ignacio-Bagua, desde el punto de vista organizacional, como Proyecto Especial, dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
Que, en dicho contexto, mediante el Oficio Nº 39-2026-MIDAGRI-PEJSIB-DE, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén-San Ignacio-Bagua - PEJSIB, propone a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, se apruebe su Manual de Operaciones, el cual está sustentado en el Informe Legal Nº 010-2026-MIDAGRI-PEJSIB-DOAL de la Oficina de Asesoría Legal y en el Informe Nº 022-2026-MIDAGRI-PEJSIB-DE-OPPS de la Oficina de Programación, Presupuesto y Seguimiento del dicho Proyecto Especial;
Que, a través del Memorando Nº 00337-2026-MIDAGRI-SG/OGPP y el Memorando N° 00387-2026-MIDAGRI-SG/OGPP la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego hace suyo el Informe Nº 039-2026-MIDAGRI-SG/OGPP-OM y el Informe N° 00050-2026-MIDAGRI-SG/OGPP-OM emitido por la Oficina de Modernización, a través de los cuales se emite opinión técnica favorable para la aprobación del MOP del PEJSIB;
Que, mediante los Informes N° 00213-2026-MIDAGRI-SG/OGAJ y N° 00260-2026-MIDAGRI-SG/OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica otorga conformidad legal para la aprobación, mediante Resolución Ministerial, del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Jaén-San Ignacio-Bagua - PEJSIB, documento que consta de tres (3) Títulos, veintisiete (27) artículos y un (1) anexo; indicando que se debe derogar la Resolución Ministerial N° 0078-2016-MINAGRI del 26 de febrero de 2016, que aprobó el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Jaén-San Ignacio-Bagua;
Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Secretario General; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua;
De conformidad con la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 019-81-PCM, que creó el Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua; y, la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
SE RESUELVE:
Articulo 1.- Derogación
Se deroga la Resolución Ministerial N° 078-2016-MIDAGRI del 26 de febrero de 2016, que aprobó el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Jaén - San Ignacio- Bagua - PEJSIB.
Articulo 2.- Aprobación del Manual de Operaciones
Se aprueba el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Jaén-San Ignacio-Bagua - PEJSIB, dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, documento que consta de tres (3) Títulos, veintisiete (27) artículos y un (1) anexo, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Articulo 3.- Implementación
Se dispone que la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Jaén-San Ignacio-Bagua - PEJSIB, emita las disposiciones necesarias para la adecuada y progresiva implementación del Manual de Operaciones aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.
Articulo 4.- Comunicación
Se remite copia de la presente Resolución Ministerial y del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Jaén-San Ignacio-Bagua - PEJSIB, así como del Anexo de este último, a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles contados a partir de su aprobación, para los fines pertinentes.
Articulo 5.- Publicación y difusión
Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Manual de Operaciones, así como del Anexo de este último, aprobados mediante el artículo 1, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) y en la sede digital del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua- PEJSIB (www.gob.pe/pejsib), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FELIPE CÉSAR MEZA MILLÁN
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2496688-1