Modifican periodo de vigencia del “Grupo de Trabajo para atención de la problemática de la cuenca del río Ramis del departamento de Puno”
resolución de secretaría
de gestión social y diálogo
Nº 003-2026-PCM/SGSD
Lima, 12 de marzo de 2026
VISTO:
El Informe N° D000081-2026-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil;
Que, el artículo 104 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los conflictos sociales en el territorio nacional;
Que, los literales h) y l) del artículo 105 del mencionado Texto Integrado, establecen como función de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerden en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda y expedir resoluciones en materia de su competencia, respectivamente;
Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 011-2024-PCM/SGSD, se conforma el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo para atención de la problemática de la cuenca del río Ramis del departamento de Puno”;
Que, el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 011-2024- PCM/SGSD, modificado por la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 005-2025-PCM/SGSD, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 18 de marzo de 2026;
Que, mediante el Informe N° D000081-2026-PCM-SSGD, la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros informa que, se encuentran pendiente de cumplimiento veinte (20) compromisos asumidos en el marco del espacio creado, debido a las constantes declaratorias de emergencias en diversos distritos y provincias del departamento de Puno, que afectaron el desarrollo regular de las funciones del órgano colegiado; por lo que, persiste la necesidad de continuar con el espacio creado a fin de que se cumpla con los mencionados compromisos, y se elabore el plan de trabajo consensuado que permita implementar acciones necesarias que atiendan la problemática y el desarrollo de los distritos de la cuenca del río Ramis, del departamento de Puno;
Que, la referida Subsecretaría, en su calidad de Secretaría técnica propone y sustenta la necesidad de modificar el artículo 10 de la Resolución Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 011-2024-PCM/SGSD, modificado por la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 005-2025-PCM/SGSD, a fin de ampliar el periodo de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 31 de diciembre de 2026, a efecto de dar cumplimiento a su objeto de creación; agrega la Subsecretaría, que se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 011-2024-PCM/SGSD, modificado por la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 005-2025-PCM/SGSD
Modifíquese el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 011-2024- PCM/SGSD, modificado por la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 005-2025-PCM/SGSD, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 10.- Periodo de vigencia
El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. Dicha vigencia puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica”.
Artículo 2.- Publicación
Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDMUNDO FERNANDO ADRIANZÉN RONCEROS
Secretario de Gestión Social y Diálogo
Presidencia del Consejo de Mnistros
2496453-1