Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN EJECUTIVA
N° 000060-2026-ITP/DE
San Isidro, 13 de marzo del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 001004-2026-CG/GAD, notificado con fecha 6 de febrero de 2026, de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República; el Memorando N° 002101-2026-ITP/OPPM, de fecha 12 de marzo de 2026 y el Informe Técnico N° 000007-2026-ITP/OPPM, de fecha 13 de marzo de 2026, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 000120-2026-ITP/OAJ, de fecha 13 de marzo de 2026, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo N° 92, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451, señala que el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP es un organismo público adscrito al Ministerio de la Producción, a cargo de la coordinación, orientación, concertación y calificación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; asimismo, el ITP tiene competencia en materia de investigación, desarrollo, innovación, adaptación, transformación y transferencia tecnológica, a fin de contribuir al incremento de la competitividad, productividad y calidad de las empresas y los sectores productivos, fomentando el aprovechamiento racional de los recursos del sector producción;
Que, en el marco de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, a través de la Resolución Ejecutiva N° 000192-2025-ITP/DE, de fecha 29 de diciembre del 2025, se aprobó la Estructura Funcional Programática y el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el año 2026 del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Sub Programa, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de gasto por la suma de S/ 126 764 386,00 (ciento veintiséis millones setecientos sesenta y cuatro mil trescientos ochenta y seis y 00/100 Soles);
Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del pliego así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;
Que, asimismo, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. De igual manera, la resolución del Titular del pliego se publica el Diario Oficial “El Peruano”;
Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG, la Contraloría General de la República aprobó la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, la cual establece en el tercer párrafo de su numeral 7.2 Proceso de Designación de las Sociedades de Auditoría, que las entidades son incorporadas en los Concurso Público de Méritos, luego que han pagado por el derecho por designación y que la transferencia financiera por retribución económica ha sido incorporada al presupuesto de la Contraloría General de la República, conforme a lo establecido en la Ley N° 27785 y su modificatoria;
Que, con Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprobó el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo por auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;
Que, mediante Oficio N° 001004-2026-CG/GAD, notificado con fecha 6 de febrero de 2026, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República solicita al ITP, la transferencia financiera de la retribución económica del período 2026, para la contratación de una sociedad de auditoría mediante Concurso Público de Méritos, estableciendo una retribución económica (que incluye el IGV) del período 2026, por la suma de S/ 74,765.00 (Setenta y cuatro mil setecientos sesenta y cinco con 00/100 soles);
Que, a través del Memorando N° 002101-2026-ITP/OPPM, de fecha 12 de marzo de 2026, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización comunica a la Oficina de Administración la aprobación de la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000001828, por el importe total S/ 74,765.00 (Setenta y cuatro mil setecientos sesenta y cinco con 00/100 soles), con cargo al presupuesto institucional del presente año fiscal, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para atender la transferencia financiera de la retribución económica (incluido IGV) para la contratación de una Sociedad Auditora que efectué la auditoria financiera gubernamental y el pago del derecho de designación y supervisión a favor de la Contraloría General de la República;
Que, mediante Informe Técnico N° 000007-2026-ITP/OPPM, de fecha 13 de marzo de 2026, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión técnica favorable a fin de que la Directora Ejecutiva, en su calidad de Titular del Pliego, apruebe la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, por el importe de S/ 74,765.00 (Setenta y cuatro mil setecientos sesenta y cinco con 00/100 soles), el cual corresponde al 100%, incluido IGV, de la retribución económica de la Sociedad de Auditoría por el periodo 2026, contándose para ello con los recursos presupuestales para solventar dicha transferencia, de acuerdo a lo señalado en la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000001828;
Que, con Informe N° 000120-2026-ITP/OAJ, de fecha 13 de marzo de 2026, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que resulta jurídicamente viable que la Directora Ejecutiva, en su calidad de Titular del Pliego, autorice la trasferencia financiera en cuestión, en los términos propuestos por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
Con los vistos de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; y;
De conformidad con lo previsto en la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, aprobado por Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, aprobado por Resolución Ejecutiva N° 000038-2026-ITP/DE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Autorizar la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2026 del Pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, hasta por la suma de S/ 74,765.00 (Setenta y cuatro mil setecientos sesenta y cinco con 00/100 soles), por el 100% de retribución económica, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001-196, destinado a financiar la contratación de la sociedad auditora externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2026.
Artículo 2.- Financiamiento
La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción, Categoría Presupuestal 9001 Acciones Centrales, Producto 3999999 Sin Producto, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, específica de gasto 2.4.1.3.1.1 “Otras unidades del Gobierno Nacional” por el importe de S/ 74,765.00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Acciones Administrativas
La Oficina de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; asimismo, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera.
Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5.- Publicación
Disponer que la presente Resolución se publique en la sede digital del Instituto Tecnológico de la Producción ITP (https://www.gob.pe/itp), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
KITTY ELISA TRINIDAD GUERRERO
Directora Ejecutiva
Instituto Tecnológico de la Producción
2495990-1