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Fecha de publicación: 15/03/2026
Designan Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático

Designan miembros del Comité Revisor de la SUNAT a que se refiere el artículo 62-C del Texto Único Ordenado del Código Tributario

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº 000041-2026/SUNAT

CONFORMA COMITÉ REVISOR A QUE

SE REFIERE EL ARTÍCULO 62-C

DEL CÓDIGO TRIBUTARIO

Lima, 13 de marzo de 2026

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 62-C del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 133-2013-EF y sus modificatorias, para la aplicación de los párrafos segundo al quinto de la Norma XVI de su Título Preliminar, en un procedimiento de fiscalización definitiva, se debe contar con la opinión favorable de un Comité Revisor conformado por tres (3) funcionarios de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), de profesión abogado o contador público, con experiencia no menor de diez (10) años en labores de determinación tributaria y/o auditoría y/o interpretación de normas tributarias, desempeñados en el sector público;

Que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 153-2019/SUNAT se dictaron las normas necesarias para la implementación, organización y funcionamiento del Comité Revisor a que se refiere el artículo 62-C del Texto Único Ordenado del Código Tributario;

Que, de acuerdo con el artículo 4 de la citada resolución de superintendencia, el Comité Revisor está conformado por tres (3) trabajadores de la SUNAT designados como miembros titulares y tres (3) trabajadores designados como suplentes, cuya designación es por dos (2) años, pudiendo ser ratificados por el Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria;

Que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 000263-2025/SUNAT se aprobó la actual conformación del Comité Revisor;

Que, el inciso c) del artículo 7 de la Resolución de Superintendencia N° 153-2019/SUNAT establece que el nombramiento como titular o suplente del Comité Revisor termina por decisión del Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, a propuesta del Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos;

Que, mediante el Memorándum N° 000014- 2026-SUNAT/700000 del 18 de febrero de 2026, la Superintendente Nacional Adjunta de Tributos Internos sustenta la propuesta para el término de la designación del Comité Revisor efectuada por la Resolución de Superintendencia N° 000263-2025/SUNAT, y solicita que se apruebe una nueva conformación del Comité Revisor, pedido que cuenta con la conformidad del titular de la entidad;

Que, en tal sentido, resulta pertinente dar por concluida la designación de los miembros del Comité Revisor efectuada mediante la Resolución de Superintendencia N° 000263-2025/SUNAT y, en consecuencia, aprobar la nueva conformación del Comité Revisor;

En uso de las facultades conferidas en el inciso c) del artículo 6 de la Resolución de Superintendencia N° 153-2019/SUNAT y el literal m) del artículo 10 de la sección primera del ROF de la SUNAT, aprobada por el Decreto Supremo N° 040-2023-EF y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la designación de los miembros, titulares y suplentes, del Comité Revisor, aprobada mediante la Resolución de Superintendencia N° 000263-2025/SUNAT.

Artículo 2.- Designar a los miembros del Comité Revisor de la SUNAT a que se refiere el artículo 62-C del Texto Único Ordenado del Código Tributario, el cual estará integrado por los siguientes miembros:

Miembros Titulares:

Ernesto Javier Loayza Camacho - Presidente.

Nora María Victoria Quintana Flores - Secretaria.

José Antonio Peña Rivera - Miembro.

Miembros Suplentes:

Milagros Catalina Vivar Milla - Primer Suplente.

Nancy Mónica Toro Solgorre - Segundo Suplente.

Nilton Marcelino Campos Félix - Tercer Suplente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER EDUARDO FRANCO CASTILLO

Superintendente Nacional

Superintendencia Nacional de Aduanas

y de Administración Tributaria

2495941-1