Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a Chile, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00277-2026-DE
Lima, 12 de marzo del 2026
VISTOS:
El Oficio Extra FAP N° 000763-2026-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 00477-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 00387-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta CJFA N° 8757/2026, el Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de la República de Chile hace extensiva la invitación al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, para que una delegación representada por el Estandarte de Combate, con su respectivo Abanderado y Escoltas, más una Sección de Cadetes al mando de un Oficial de la Escuela de Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú, participen en la ceremonia de conmemoración del “Nonagésimo Sexto Aniversario de la creación de la Fuerza Aérea de Chile”, a realizarse en la Escuela de Aviación “Capitán Manuel Ávalos Prado”, ubicada en la Base Aérea El Bosque, ciudad de Santiago, República de Chile, el 21 de marzo de 2026;
Que, a través del Informe Legal N° 001-2026-G8AJ el Asesor Jurídico del Grupo Aéreo N° 8 de la Fuerza Aérea del Perú opina que es legalmente viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar de la Fuerza Aérea del Perú, quienes conformarán la tripulación de la aeronave de la referida Institución Armada, encargada de trasladar (de ida y retorno) al personal militar que participará en la ceremonia de conmemoración del “Nonagésimo Sexto Aniversario de la creación de la Fuerza Aérea de Chile”, a realizarse en la Escuela de Aviación “Capitán Manuel Ávalos Prado”, ubicada en la Base Aérea El Bosque, ciudad de Santiago, República de Chile;
Que, con Oficio Extra FAP N° 000763-2026-SECRE/FAP, la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar de la Fuerza Aérea del Perú, quienes conformarán la tripulación de la aeronave de la referida Institución Armada, encargada de trasladar (de ida y retorno) al personal militar que participará en la ceremonia de conmemoración del “Nonagésimo Sexto Aniversario de la creación de la Fuerza Aérea de Chile”, a realizarse en la Escuela de Aviación “Capitán Manuel Ávalos Prado”, ubicada en la Base Aérea El Bosque, ciudad de Santiago, República de Chile, autorizando su salida del país el 20 de marzo y retorno el 22 de marzo de 2026;
Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal N° 001-2026-G8AJ; la Hoja de Gastos N° 039 DGVC-ME/SIAF-RP; así como la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000222 que garantiza el financiamiento correspondiente;
Que, mediante la Exposición de Motivos y Sustento, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal militar, por cuanto les permitirá realizar el traslado (de ida y retorno) del personal de la Fuerza Aérea del Perú, quienes participarán en la ceremonia de conmemoración del “Nonagésimo Sexto Aniversario de la creación de la Fuerza Aérea de Chile”;
Que, a través del Oficio N° 00477-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 105-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 00387-2026-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar de la Fuerza Aérea del Perú que se detalla en la relación nominal del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, quienes conformarán la tripulación de la aeronave de la referida Institución Armada, encargada de trasladar (de ida y retorno) al personal militar que participará en la ceremonia de conmemoración del “Nonagésimo Sexto Aniversario de la creación de la Fuerza Aérea de Chile”, a realizarse en la Escuela de Aviación “Capitán Manuel Ávalos Prado”, ubicada en la Base Aérea El Bosque, ciudad de Santiago, República de Chile, autorizando su salida del país el 20 de marzo y retorno el 22 de marzo de 2026.
Artículo 2.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la tripulación titular.
Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo con el siguiente concepto:
Viáticos:
US$ 370.00 x 3 días x 5 personas US$ 5,550.00
Total a pagar: US$ 5,550.00
Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal militar más antiguo comisionado debe presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ
Ministro de Defens
2495916-1