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Fecha de publicación: 14/03/2026
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32422, Ley que dispone la creación del Fideicomiso para el Desarrollo Fronterizo de Loreto

Nombran fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal del Cusco

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 747-2026-MP-FN

Lima, 13 de marzo de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 000446-2026-MP-FN-PJFSCUSCO, e informe Nº 0079-2026-MP-FN-OREF-JJCP, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal adjunto superior en la Fiscalía Superior Mixta de La Convención.

Con oficio Nº 000157-2026-MP-FN-UEDFCUSC, la Unidad Ejecutora del Distrito Fiscal del Cusco, informa que la plaza mencionada en el párrafo precedente cuenta con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) Nº 000672 y disponibilidad presupuestal.

A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4274-2015-MP-FN, de fecha 1 de septiembre de 2015, se designó al abogado Ronald Guido Acostupa Huallparimachi, fiscal adjunto provincial titular especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Cusco, Distrito Fiscal del Cusco, en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Convención.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

El artículo 65 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, establece que el fiscal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar.

Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC) y asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.

En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar al abogado Ronald Guido Acostupa Huallparimachi, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal adjunto superior en la Fiscalía Superior Mixta de La Convención, para lo cual previamente se deberá concluir su designación señalada en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0079-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 12 de marzo de 2026.

De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Ronald Guido Acostupa Huallparimachi, fiscal adjunto provincial titular especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Cusco, Distrito Fiscal del Cusco, en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Convención, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4274-2015-MP-FN, de fecha 1 de septiembre de 2015.

Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Ronald Guido Acostupa Huallparimachi, como fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándolo en la Fiscalía Superior Mixta de La Convención, con retención de su cargo de carrera (AIRHSP Nº 000672).

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Ronald Guido Acostupa Huallparimachi que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y al fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación (i)

2495854-13