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Fecha de publicación: 14/03/2026
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32422, Ley que dispone la creación del Fideicomiso para el Desarrollo Fronterizo de Loreto

Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 746-2026-MP-FN

Lima, 13 de marzo de 2026

VISTOS:

Los oficios N°s. 000415 y 001234-2026-MP-FN-PJFSJUNIN, e informe Nº 0074-2026-MP-FN-OREF-JJCP, y;

CONSIDERANDO:

Mediante los oficios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Concepción.

A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1634-2017-MP-FN, de fecha 22 de mayo de 2017, se resolvió nombrar a la abogada Noemí Miriam Quispe Yauri, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín, designándola en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancayo.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC) y asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.

En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar a la abogada Noemí Miriam Quispe Yauri, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Concepción, para lo cual previamente se deberá concluir su nombramiento y designación señalados en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0074-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 9 de marzo de 2026.

De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Noemí Miriam Quispe Yauri, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín y su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancayo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1634-2017-MP-FN, de fecha 22 de mayo de 2017.

Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Noemí Miriam Quispe Yauri, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín, designándola en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Concepción.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Noemí Miriam Quispe Yauri que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y a la fiscal mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación (i)

2495854-12