Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 711-2026-MP-FN
Lima, 12 de marzo de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 000217-2026-MP-FN-PJFSCUSCO, de fecha 27 de enero de 2026, e informe Nº 0037-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 6 de marzo de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Wanchaq.
Con oficio Nº 000053-2026-MP-FN-UEDFCUSC-APH, de fecha 23 de enero de 2026, el Área de Potencial Humano de la Unidad Ejecutora del Distrito Fiscal de Lambayeque informa que la plaza mencionada en el párrafo precedente cuenta con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) Nº 000695 y con disponibilidad presupuestal para ser ocupada.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2003-2023-MP-FN, de fecha 10 de agosto de 2023, se resolvió designar a la abogada Alicia Yovana Atapaucar Jara, fiscal adjunta provincial titular penal de Wanchaq, Distrito Fiscal del Cusco, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Wanchaq.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
El artículo 65 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, establece que el fiscal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar.
El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar a la abogada Alicia Yovana Atapaucar Jara, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Wanchaq, para lo cual previamente se deberá concluir su designación señalada en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0037-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 6 de marzo de 2026.
De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Alicia Yovana Atapaucar Jara, fiscal adjunta provincial titular penal de Wanchaq, Distrito Fiscal del Cusco, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Wanchaq, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2003-2023-MP-FN, de fecha 10 de agosto de 2023.
Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Alicia Yovana Atapaucar Jara, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándola en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Wanchaq, con retención de su cargo de carrera (AIRHSP Nº 000695).
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Alicia Yovana Atapaucar Jara que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y a la fiscal mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación (i)
2495500-1