Dan por concluido nombramiento y nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro
Resolución de la Fiscalía de la Nación
N° 722-2026-MP-FN
Lima, 12 de marzo de 2026
VISTOS:
El oficio N° 000301-2026-MP-FN-1FSEDCFP, de fecha 9 de febrero de 2026, e informe N° 0022-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 6 de marzo de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, la abogada Lourdes Bernardita Téllez Pérez de Vargas, fiscal suprema provisional, designada en la Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, solicita la reorganización de su despacho para lo cual propone la conclusión del abogado Félix Enzo Otiniano Medrano, fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designado en la Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos y el nombramiento de su reemplazo.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2691-2025-MP-FN, de fecha 1 de septiembre de 2025, se resolvió nombrar al abogado Félix Enzo Otiniano Medrano, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley N° 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, en virtud de la facultad conferida al Fiscal de la Nación (i) para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de coadyuvar a la labor fiscal incrementado la capacidad resolutiva de los casos fiscales en trámite y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en beneficio de la sociedad”; resulta pertinente reorganizar la Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos; en consecuencia, en atención al documento de vistos, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley, se considera pertinente emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar al abogado Joe Danilo Guerrero Alberca, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos; para lo cual, previamente, se deberá dar por concluido el nombramiento y la designación del abogado mencionado en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, que ocupa provisionalmente dicha plaza, todo lo expuesto conforme al marco normativo y a lo señalado en el informe N° 0022-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 6 de marzo de 2026.
De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Félix Enzo Otiniano Medrano, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en la Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2691-2025-MP-FN, de fecha 1 de septiembre de 2025.
Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Joe Danilo Guerrero Alberca, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Félix Enzo Otiniano Medrano, que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y a los abogados mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación (i)
2495416-6