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Fecha de publicación: 13/03/2026
Aprueban el Manual de Implementación y Funcionamiento del MAC Express

Autorizan ejecución de investigación “Estadística Industrial Mensual 2026”

Resolución Jefatural

Nº 069-2026-INEI

Lima, 6 de marzo de 2026

Vistos: el Oficio Nº 00000040-2026-PRODUCE/OGEIEE, de la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción; el Oficio Nº 0004961-2026-INEI/DNCE y el Informe N° 045-2026-INEI-DNCE/DECEEE de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática conforme a lo dispuesto por el artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el organismo central y rector del Sistema Estadístico Nacional, responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadística oficiales del país;

Que, el artículo 9 del mismo cuerpo normativo, establece que el INEI tiene, entre otras funciones, coordinar y/o ejecutar la producción de las estadísticas básicas a través de los censos, encuestas por muestreo y registros administrativos del sector público; así como mantener actualizada la cartografía censal;

Que, de acuerdo al artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática aprobado por Decreto Supremo N° 043-2001-PCM, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del INEI, es el órgano técnico normativo, encargado de conducir los levantamientos censales nacionales y las encuestas oficiales multisectoriales;

Que, por otro lado, el Ministerio de la Producción tiene entre sus funciones recopilar información básica sobre la actividad productiva desarrolladas por las empresas industriales manufactureras, para el cálculo del Índice de Volumen Físico de la Producción Manufacturera (IVFPM), que permita proporcionar información que muestre el comportamiento económico coyuntural y servir de apoyo para la toma de decisiones en materia de su competencia;

Que, mediante documento del visto la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción, que tiene entre sus funciones coordinar, planificar y ejecutar las actividades del subsector Industria, ha programado durante el presente año, la ejecución de la investigación “Estadística Industrial Mensual 2026” dirigida a una muestra de 3 mil 336 empresas seleccionadas a nivel nacional;

Que, con Oficio Nº 0004961-2026-INEI/DNCE, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática, remite el Informe N° 045-2026-INEI-DNCE/DECEEE de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos en el que se informa que se ha analizado la cobertura geográfica, temática, actividad a investigar, periodicidad, unidad de observación, tamaño de la muestra y modalidad de recojo de los datos, y ha validado el procedimiento metodológico que se utiliza para el cálculo del índice de la producción industrial manufacturera; remitida por la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción, por lo que resulta necesario autorizar la ejecución de la investigación “Estadística Industrial Mensual 2026”, concluyendo que cumplen con los requisitos necesarios para la ejecución de la citada investigación estadística;

Que, en ese sentido resulta pertinente autorizar la ejecución de la investigación “Estadística Industrial Mensual 2026” para Establecimientos manufactureros, dirigida a las personas naturales y jurídicas ubicadas en el territorio nacional, que se dediquen a la actividad manufacturera, así como aprobar el formulario respectivo y establecer el plazo máximo para la presentación de la información solicitada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; y,

Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la investigación “Estadística Industrial Mensual 2026”, dirigida a una muestra de empresas seleccionadas a nivel nacional, cuya relación se encuentra publicada en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (http://www.produce.gob.pe), a cargo de la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción.

Artículo 2.- Aprobar el formulario de la mencionada investigación, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer, que las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información, podrán obtener su formulario electrónico a través de un aplicativo Web que estará disponible en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es https://extranet.produce.gob.pe utilizando para ello la respectiva CLAVE de ACCESO que le será proporcionada por la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción o vía correo electrónico solicitándolo a través de est_manufactura@produce.gob.pe.

Artículo 4.- Precisar que el formulario electrónico debidamente diligenciado debe ser remitido en forma virtual a través del aplicativo WEB a la dirección siguiente: https://extranet.produce.gob.pe en el orden siguiente:

• La primera parte del formulario, correspondiente a la Producción Estadística se entregará a más tardar, en el décimo (10) día hábil de finalizado el mes que se informa.

• La segunda parte del formulario, referido a la Opinión Empresarial, será remitido a más tardar el quinto (05) día hábil de finalizado el mes que se informa. La constancia de presentación de la información se podrá imprimir una vez remitida la información vía internet y consolidada por el Ministerio.

Artículo 5.- Las empresas que por primera vez son incluidas en la Muestra de la investigación “Estadística Industrial Mensual 2026”, deberán también remitir su información mensual del ejercicio fiscal 2025. Cabe indicar que la institución queda facultada en solicitar a los informantes datos de períodos anteriores si así lo requieren para fines estadísticos.

Artículo 6.- Sólo para aquellas empresas que no tengan facilidad de acceso a internet, de manera excepcional y por un tiempo determinado y previa coordinación con la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción, podrán solicitar el envío del formulario físico a la siguiente dirección de correo electrónico: est_manufactura@produce.gob.pe o comunicarse en Lima al Ministerio de la Producción al 616- 2222 anexo 3312-3313-3314-3321-3322. En las Regiones a las Direcciones Regionales de PRODUCE.

Artículo 7.- Las personas naturales y jurídicas que incumplan con la presentación de los formularios diligenciados de la investigación “Estadística Industrial Mensual 2026”, en el plazo establecido, serán pasibles de ser multadas, conforme a las sanciones dispuestas por los Artículos 87, 89 y 90 del D.S. Nº 043-2001-PCM, el cual precisa que el pago de la multa no exime de la presentación de la información.

Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural y sus anexos en la sede digital del Ministerio de la Producción (https://www.producempresarial.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese y comuníquese.

PETER ABAD ALTAMIRANO

Jefe (e)

2495294-1