Autorizan viaje al exterior de alumnos de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, para realizar prácticas ante diversos Órganos del Servicio Exterior
Resolución Ministerial
N° 150-2026-RE
Lima, 9 de marzo de 2026
VISTOS:
Las Hojas de Trámite (GAC) Nº 208 y N° 211 del 20 de enero de 2026, del Despacho Viceministerial; la Memoranda Nº ADP000132026 y Nº ADP000402026 del 16 y 23 de enero de 2026, de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar; el Memorándum Nº ORH004592026 del 19 de febrero de 2026, de la Oficina General de Recursos Humanos; la Memoranda Nº OPP026022025 y N° OPP004902026, del 13 de octubre de 2025 y 23 de febrero de 2026, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Memorándum Nº LEG003562026, del 26 de febrero de 2026, de la Oficina General de Asuntos Legales; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2021-RE, la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, es el centro de formación profesional en relaciones internacionales, diplomacia y gestión pública externa, de los aspirantes y miembros del Servicio Diplomático. Esta formación debe ser integral, multidisciplinaria y propender a la especialización, de acuerdo con los objetivos, metas y requerimientos de la política exterior del Estado;
Que, el artículo 9 del Reglamento de la Ley 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, establece que la formación de los aspirantes al Servicio Diplomático de la República propenderá a su especialización en las áreas político-jurídica, económico-comercial, consular, cultural y de gestión pública, teniendo en cuenta las aptitudes, capacidades y formación profesional universitaria;
Que, el artículo 1 del Reglamento de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0053-2018-RE, define a la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, como el centro de formación profesional e investigación de nivel de posgrado del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado de formar, capacitar, especializar, perfeccionar y actualizar a los aspirantes y miembros del Servicio Diplomático de la República, en el estudio e investigación en Diplomacia, Relaciones Internacionales y Gestión Externa, a partir de una visión de Estado y en función de los intereses nacionales;
Que, los literales b) y f) del artículo 8 del citado reglamento establecen que la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar tiene como función formar profesionalmente a los aspirantes al Servicio Diplomático de la República en las áreas político-jurídica, económico - comercial, consular, cultural y de gestión pública; y, la de realizar actividades académicas de interés para la política exterior del Perú;
Que, asimismo, los literales g) y h) del artículo 42 del precitado reglamento disponen que, son deberes de los alumnos de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar realizar prácticas en el Ministerio de Relaciones Exteriores o en los Órganos Desconcentrados y del Servicio Exterior; y, mantener la debida reserva acerca de la información y la documentación confidencial o reservada a que tengan acceso durante el programa de formación profesional y en el ejercicio de las prácticas en el MRE;
Que, mediante Decreto Supremo N° 059-2024-RE, se modifica el artículo 195 del Reglamento de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, a fin de establecer que el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) fija anualmente el número de vacantes para el ingreso al Ciclo de Formación Profesional de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, y brinda todas las facilidades para la formación teórica y práctica de los aspirantes al Servicio Diplomático de la República, lo que incluye toda actuación administrativa o apoyo económico como cobertura de pasajes, alojamiento y alimentación, que sean necesarios para la realización de viajes de estudios, y/o prácticas ante los Órganos del Servicio Exterior;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 0170-2025-RE, se autoriza la incorporación al primer año de estudios de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, a los treinta y cinco (35) postulantes que obtuvieron los promedios aprobatorios más altos, por orden de méritos, en el Concurso Público de Admisión del año 2025;
Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 0129-2025-RE se aprueba la Directiva Nº 004-2025-ADP/RE “Directiva que establece el procedimiento para brindar facilidades para la formación teórica y práctica de los aspirantes al Servicio Diplomático de la República”, que define a las prácticas como la modalidad formativa que realizan los aspirantes al Servicio Diplomático de la República en las diversas unidades de organización del Ministerio de Relaciones Exteriores (la Cancillería, Órganos Desconcentrados y/o en los Órganos del Servicio Exterior);
Que, con la Resolución Directoral Nº 01-2026/ADP, de 22 de enero de 2026, se aprueba el listado de practicantes que, en su calidad de alumnos que han culminado el segundo semestre del programa de Formación Académica de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, que realizarán sus prácticas en los Órganos del Servicio Exterior (OSE) del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 23 de marzo al 15 de abril de 2026; así como, los Planes de Prácticas correspondientes;
Que, mediante Memorándum N° ORH004592026, la Oficina General de Recursos Humanos informa que se gestionó la suscripción de los Convenios de Prácticas de los treinta y cinco (35) alumnos de segundo año de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, que realizarán sus prácticas profesionales ante los Órganos del Servicio Exterior;
Que, a través de la Memoranda N° OPP026002025 y N° OPP004902026, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto indica que, se cuenta con disponibilidad presupuestal para la atención de los pasajes y el seguro de viaje de los alumnos del segundo año de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, la misma que se encuentra en la Meta: 0089192. Formación Profesional, Post Grado, Maestría en la ADP;
Que, con el Memorándum N° LEG003562026, la Oficina General de Asuntos Legales emite opinión favorable respecto del proyecto de resolución ministerial que autoriza el viaje al exterior de los alumnos de segundo año de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, para realizar prácticas profesionales ante los Órganos del Servicio Exterior;
Con los visados del Despacho Viceministerial; la Secretaría General, la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar; la Oficina General de Recursos Humanos; la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y la Oficina General de Asuntos Legales;
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Reglamento de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE; y, la Directiva Nº 004-2025-ADP/RE “Directiva que establece el procedimiento para brindar facilidades para la formación teórica y práctica de los aspirantes al Servicio Diplomático de la República”, aprobada con Resolución de Secretaría General Nº 0129-2025-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de viaje
Se autoriza el viaje al exterior de los alumnos de segundo año de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, para realizar prácticas ante los Órganos del Servicio Exterior, de conformidad con la parte considerativa de la presente resolución, según el siguiente detalle:
1. ALEJANDRO RUIZ, MARICIELO JACKELINE, a la ciudad de Hartford, Estados Unidos de América, del 21 de marzo al 16 de abril de 2026
2. ARÉVALO TASSI, ANA PAULA, a la ciudad de San Pablo, República Federativa del Brasil, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
3. CADENAS TERRONES, ANTONELLA BRÍGIDA, a la ciudad de Milán, República Italiana, del 21 de marzo al 16 de abril de 2026.
4. CASADO ALBERDI, MARÍA FERNANDA, a la ciudad de Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
5. CHÁVEZ CERNA, PRISCILA BELÉN, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
6. CHEN HUANG, MICHELLE RUO JING, a la ciudad de Córdoba, República Argentina, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026
7. CONCHA LOAYZA, SEBASTIÁN JOSÉ, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
8. DE LA CRUZ MORÁN, SILAS ROMARIO, a la ciudad de Paterson, Estados Unidos de América, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
9. ESCUDERO SÁNCHEZ, CARLOS EDUARDO, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
10. FERNÁNDEZ SURCO, MILAGROS JUANA, a la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
11. GÓMEZ ESPINOZA, STEFANY CESIA, a la ciudad de Los Ángeles, Estados Unidos de América, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
12. GUZMÁN ABRIL, HAZEL ALEXANDRA, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
13. HENOSTROZA MORENO, JESÚS DAVID, a la ciudad de Roma, República Italiana, del 21 de marzo al 17 de abril de 2026.
14. JARA BRAVO, PABLO ANDRÉS, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
15. JARA VARGAS, DANIELLA ALEJANDRA, a la ciudad de Houston, Estados Unidos de América, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
16. JORDAN SARAYASI, JOEANDRE LYTMAN, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
17. KU HOP ESCALA, DANIEL GUILLERMO, a la ciudad de Barcelona, Reino de España, del 21 de marzo al 17 de abril de 2026.
18. LOZADA ZAPANA, RODRIGO CARLOS, a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 21 de marzo al 16 de abril de 2026.
19. MAMANI RAMOS, IRENE ÁNGELA, a la ciudad de Barcelona, Reino de España, del 21 de marzo al 17 de abril de 2026.
20. MANRIQUE KUKURELO, DIANA LUCÍA, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 21 de marzo al 17 de abril de 2026.
21. MENDOZA JARAMILLO, SHIRLEY MISHEL, a la ciudad de Arica, República de Chile, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
22. OLANO RIVERA, JOSÉ GERMÁN, a la ciudad de Iquique, República de Chile, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
23. PACHERRE ROJAS, GUSTAVO DAVID, a la ciudad de París, República Francesa, del 21 de marzo al 16 de abril de 2026.
24. PÉREZ GUERRA, JOAQUÍN ESTEBAN, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
25. RAMOS ORDÓÑEZ, JOAQUÍN ANTONIO, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 21 de marzo al 17 de abril de 2026.
26. RÍOS IPARRAGUIRRE, XIMENA JUDITH, a la ciudad de Antofagasta, República de Chile, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
27. RODRÍGUEZ PUCCINELLI, JESÚS FERNANDO, a la ciudad de Paterson, Estados Unidos de América, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
28. SÁNCHEZ NUNURA, RODRIGO EDUARDO, a la ciudad de San Francisco, Estados Unidos de América, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
29. TIPISMANA ARRIOLA, JOSÉ ARTURO, a la ciudad de Chicago, Estados Unidos de América, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
30. TORRES JOHN, ADRIAN, a la ciudad de La Plata, República Argentina, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
31. VÁSQUEZ MORENO, ANDRÉ GONZALO, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
32. VENNARD ZAPATA, ALISON LESLIE, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
33. VILLENA NÚÑEZ, MARÍA ALEJANDRA, a la ciudad de Hamburgo, República Federal de Alemania, del 21 de marzo al 16 de abril de 2026.
34. ZAVALETA GUZMÁN, MARLON ELLIOT, a la ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, del 21 de marzo al 17 de abril de 2026.
35. ZENTENO BAZÁN, MICHAEL JEFREY, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 22 de marzo al 16 de abril de 2026.
Artículo 2.- Presupuesto de pasajes y seguro de viaje
Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización de viaje, en lo referido a los conceptos de pasajes y el seguro de viaje, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0089192 (344) Formación Profesional, Post-Grado, Maestría en la ADP, y Código POI AOI00004500001 Garantizar permanentemente la operatividad de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, de acuerdo con el siguiente detalle:
|
N° |
Apellidos y Nombres |
Pasajes Aéreos US$ |
|
1 |
ALEJANDRO RUIZ, MARICIELO JACKELINE |
2458.47 |
|
2 |
ARÉVALO TASSI, ANA PAULA |
1139.27 |
|
3 |
CADENAS TERRONES, ANTONELLA BRIGIDA |
1927.74 |
|
4 |
CASADO ALBERDI, MARIA FERNANDA |
567.63 |
|
5 |
CHÁVEZ CERNA, PRISCILA BELEN |
1046.37 |
|
6 |
CHEN HUANG, MICHELLE RUO JING |
955.67 |
|
7 |
CONCHA LOAYZA, SEBASTIAN JOSE |
740.91 |
|
8 |
DE LA CRUZ MORÁN, SILAS ROMARIO |
1705.67 |
|
9 |
ESCUDERO SÁNCHEZ, CARLOS EDUARDO |
740.91 |
|
10 |
FERNANDEZ SURCO, MILAGROS JUANA |
721.83 |
|
11 |
GOMEZ ESPINOZA, STEFANY CESIA |
1408.27 |
|
12 |
GUZMAN ABRIL, HAZEL ALEXANDRA |
623.43 |
|
13 |
HENOSTROZA MORENO, JESUS DAVID |
1848.44 |
|
14 |
JARA BRAVO, PABLO ANDRES |
1631.27 |
|
15 |
JARA VARGAS, DANIELLA ALEJANDRA |
2371.47 |
|
16 |
JORDAN SARAYASI, JOEANDRE LYTMAN |
1046.37 |
|
17 |
KU HOP ESCALA, DANIEL GUILLERMO |
2282.34 |
|
18 |
LOZADA ZAPANA, RODRIGO CARLOS |
1261.19 |
|
19 |
MAMANI RAMOS, IRENE ANGELA |
2282.34 |
|
20 |
MANRIQUE KUKURELO, DIANA LUCIA |
1745.14 |
|
21 |
MENDOZA JARAMILLO, SHIRLEY MISHEL |
254.77 |
|
22 |
OLANO RIVERA, JOSE GERMAN |
1003.21 |
|
23 |
PACHERRE ROJAS, GUSTAVO DAVID |
1715.44 |
|
24 |
PÉREZ GUERRA, JOAQUÍN ESTEBAN |
623.43 |
|
25 |
RAMOS ORDOÑEZ, JOAQUIN ANTONIO |
1745.14 |
|
26 |
RIOS IPARRAGUIRRE, XIMENA JUDITH |
887.07 |
|
27 |
RODRIGUEZ PUCCINELLI, JESUS FERNANDO |
1705.67 |
|
28 |
SANCHEZ NUNURA, RODRIGO EDUARDO |
2362.87 |
|
29 |
TIPISMANA ARRIOLA, JOSE ARTURO |
1833.07 |
|
30 |
TORRES JOHN, ADRIAN |
783.39 |
Artículo 3.- Presupuesto por alimentación, alojamiento y transporte
Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización de viaje, en lo referido a los conceptos de alimentación, alojamiento y transporte, serán cubiertos con cargo a la Asignación Ordinaria de cada uno de los treinta y cinco (35) Órganos del Servicio Exterior de destino.
Artículo 4.- Informe de acciones
Se dispone que dentro de los quince (15) días calendario posteriores, contados desde la culminación del referido viaje, cada alumno de segundo año de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, señalado en el artículo 1 de la presente resolución, debe presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, a través del Director de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado.
Artículo 5.- De la exoneración o liberación de impuestos
La presente resolución ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Hugo de Zela
Ministro de Relaciones Exteriores
2494687-1