Logo El Peruano
Fecha de publicación: 15/03/2026
Designan Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático

Ordenanza que modifica la conformación de la Instancia de Concertación Distrital para Erradicar la Violencia contra las mujeres y los integrantes del Grupo Familiar en el Distrito de Santa María del Mar

ORDENANZA N° 005-2026-MDSMM

Santa María del Mar, 6 de marzo de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA DEL MAR.

POR CUANTO:

El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria N° 005- 2026-MDSMM, de fecha 06 de marzo de 2026;

VISTOS:

Los Informes Nº 024-2026-MDSMM/GDS y 031-2026- MDSMM/GDS emitido por la Gerencia de Desarrollo Social; el Informe N° 040-2026-MDSMM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y; el Informe N° 028-2026-MDSMM/GM de la Gerencia Municipal; respecto a la modificación parcial de la Ordenanza N° 010-2025-MDSMM en el extremo de la reconformación de los integrantes de Concertación Distrital del Distrito de Santa María del Mar y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las municipalidades son los Órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el inciso 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; señala que corresponde al Concejo Municipal: “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”. Asimismo, el artículo 40° de la citada norma, establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal;

Que, la Ley N° 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, y su modificatoria por Ley N° 31439, establecen la obligatoriedad de crear, instalar y dirigir la Instancia Distrital de Concertación (IDC) como espacio de articulación intersectorial para la implementación de políticas públicas contra la violencia;

Que, el Reglamento de la Ley N° 30364, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP y modificado sustancialmente por el Decreto Supremo N° 009-2023-MIMP, establece en su artículo 109° la composición mínima y obligatoria de dicha instancia, señalando además que la Secretaría Técnica debe ser asumida por la Gerencia de Desarrollo Social o la que haga sus veces;

Que, a través de la Ordenanza N° 010-2024-MDSMM de fecha 16 de agosto de 2024 se aprueba la creación de la Instancia de Concertación Distrital para Erradicar la Violencia contra las mujeres y los integrantes del Grupo Familiar en el Distrito de Santa María del Mar; y la conformación de los integrantes de la instancia de Concertación Distrital del Distrito de Santa María del Mar;

Que, por Informe N° 024-2026-MDSMM/GDS del 18 de febrero de 2026 e Informe N° 031-2026-MDSMM/GDS del Gerente de Desarrollo Social, sustenta la necesidad de modificar la Ordenanza N° 010-2024-MDSMM, Ordenanza que aprueba la creación de la Instancia de Concertación Distrital para Erradicar la Violencia contra las mujeres y los integrantes del Grupo Familiar en el Distrito de Santa María del Mar, en el extremo de su conformación ya que, la citada ordenanza incluye a la Subgerencia de Servicios Sociales, unidad orgánica que ha sido suprimida de la nueva estructura orgánica municipal, contenida en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, que entró en vigencia el 01 de enero de 2026;

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 040-2026-MDSMM/OGAJ de fecha 20 de febrero de 2025, concluye que la modificación de la Ordenanza Municipal N° 010-2025-MDSMM es legalmente viable y jurídicamente necesaria, toda vez que la Subgerencia de Servicios Sociales ha sido suprimida por el ROF vigente, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 002-2025-MDSMM y conforme al artículo 109.2 del Reglamento de la Ley N° 30364 aprobado por Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP y modificado por Decreto Supremo N° 009-2023-MIMP, la Secretaria Técnica de la Instancia Distrital de Concertación debe ser asumida por la Gerencia de Desarrollo Social o el órgano que haga sus veces, correspondiendo modificar la ordenanza vigente;

Que, mediante Informe Nº 028-2026-MDSMM/GM de fecha 27 de febrero de 2026, la Gerencia Municipal en atención a lo expuesto por las áreas técnicas competentes y la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica; remite los actuados a la Secretaría General para la deliberación y aprobación por parte del Concejo Municipal;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA LA CONFORMACIÓN DE LA INSTANCIA DE CONCERTACIÓN DISTRITAL PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN EL DISTRITO DE SANTA

MARÍA DEL MAR

Artículo Primero.- APROBAR la modificación parcial de la Ordenanza N° 010-2024-MDSMM, específicamente en lo referido a la conformación de sus integrantes, a fin de adecuarlos a la estructura orgánica vigente y al marco normativo nacional.

Artículo Segundo.- RECONFORMAR la Instancia de Concertación Distrital de Santa María del Mar, la misma que estará integrada de la siguiente manera:

1. El Alcalde de la Municipalidad Distrital, quien la preside (cargo indelegable).

2. La Subprefecto(a) Distrital de Santa María del Mar.

3. El Comisario(a) de la Policía Nacional del Perú de la jurisdicción.

4. EL Representante de las Organizaciones Comunales existentes

5. El/la responsable del Centro Emergencia Mujer (CEM).

6. El/la Representante de Organizaciones o Asociaciones de la Sociedad Civil del Distrito relacionadas a la temática de la violencia contra las mujeres y las personas que integran el grupo familia.

7. El/la representante de los establecimientos públicos de salud del distrito.

8. El/la representante del Poder Judicial, designado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de la jurisdicción.

9. El/la representante del Ministerio Público, designado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de la jurisdicción

10. El/la representante de los Centros Educativos

11. Gerencia de Desarrollo social

12. Defensoría Municipal del niño, niña y adolescente-DEMUNA

Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaria Técnica de la Instancia de Concertación Distrital sea asumida por la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, conforme a las competencias establecidas en el ROF vigente aprobado por Ordenanza N°002-2025-MDSMM.

Artículo Cuarto.- RATIFICAR en todos sus demás extremos los contenidos de la Ordenanza N° 010-2024-MDSMM que no se opongan a lo dispuesto en la presente norma.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría del Concejo y Gestión Documentaria la notificación de la presente Ordenanza al Gerente Municipal, Gerente de Desarrollo Social.

Artículo Sexto.- ENCOMENDAR, a la Jefa de la Oficina de Secretaria del Concejo y Gestión Documentaria, la publicación en el Diario Oficial El Peruano”.

Artículo Septimo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano”; en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar: www.munisantamariadelmar.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

HUGO MONTEVERDE CERRUTTI

Alcalde

2493909-1