Aprueban Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Educación Huancavelica y las Unidades de Gestión Educativa Local Acobamba, Angaraes, Castrovirreyna, Churcampa, Huancavelica, Huaytará, Surcubamba y Tayacaja
Decreto Regional
Nº 002-2024/GOB.REG-HVCA
EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV, del Título IV sobre Descentralización, concordante con el artículo 31 de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, el artículo 2 de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el artículo único de la Ley Nº 30305, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM y el Decreto Supremo Nº 064-2021-PCM, se aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado” que regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, a fin que estas, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera para responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía;
Que, el artículo 53 de los “Lineamientos de Organización del Estado”, establece que el Manual de Operaciones - MOP, es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: a) La estructura funcional de los programas y los proyectos especiales; b) La estructura orgánica al interior de los de los órganos desconcentrados, cuando corresponda; y, c) La estructura orgánica al interior de los órganos académicos, cuando corresponda. En tanto, el artículo 54 establece la estructura del Manual de Operaciones, el cual incluye las Disposiciones Generales, Estructura Funcional, Bienes, servicios y procesos y Anexos;
Que, el artículo 55 de los “Lineamientos de Organización del Estado” dispone en el numeral 55.1 que la propuesta del MOP se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justifica su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP. Por su parte, el numeral 55.2 menciona que el MOP, en el caso de los gobiernos regionales, se aprueba por Decreto Regional;
Que, mediante Informe Nº 101-2024-DGI-DREH-GRDS-GOB.REG.HVCA, de fecha de recepción 20 de marzo del 2024, el Director Regional de Educación Huancavelica, presenta el Manual de Operaciones – MOP de la Dirección Regional de Educación Huancavelica y las Unidades de Gestión Educativa Local Acobamba, Angaraes, Castrovirreyna, Churcampa, Huancavelica, Huaytará, Surcubamba y Tayacaja, como el documento técnico normativo que formaliza su organización interna así como de las Unidades de Gestión Educativa Local a su cargo, el cual ha sido elaborado teniendo en cuenta los “Lineamientos de Organización del Estado”;
Que, así, mediante Informe Técnico Nº 001-2024-AR-DGI-DREH, de fecha 14 de marzo del 2024, el Especialista en Racionalización de la Dirección de Gestión Institucional de la Dirección Regional de Educación Huancavelica, justifica la elaboración del Manual de Operaciones formulado de acuerdo a los “Lineamientos de Organización del Estado”, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modificatorias y la Resolución Ministerial Nº 176-2021-MINEDU que aprueba la Norma Técnica “Orientaciones para la Organización y Funcionamiento de las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL); precisa que, el MOP contiene la Estructura Orgánica, la descripción de los tipos de unidades de organización que la componen, sus funciones, así como la descripción de los procesos estratégicos, misionales y de apoyo;
Que, complementado a lo antes expuesto, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnologías de la Información de la Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica, a través del Informe Nº 023-2024/GOB.REG.HVCA/GRPPyAT-SGDIyTI-mov, de fecha 05 de abril del 2024, emitido por el Especialista en Racionalización IV, señala que revisado el Manual de Operaciones – MOP de la Dirección Regional de Educación Huancavelica y las Unidades de Gestión Educativa Local, ha sido elaborado en función a los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones – MOP, aprobado por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM/SGP, así como Lineamientos N° 01-2020-SGP “Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos” aprobado por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2020-PCM/SGP, plasmando en él las funciones estandarizadas; en consecuencia, emite opinión favorable recomendando su aprobación mediante Decreto Regional, de conformidad con los “Lineamientos de Organización del Estado”;
Que, por su parte, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica de la Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica, a través de la Opinión Legal Nº 013-2024-GOB.REG.HVCA/ORAJ-jccb, de fecha 19 de abril del 2024, luego de la evaluación legal y conforme a los argumentos en él expuestos concluye que, resulta viable la aprobación del Manual de Operaciones - MOP de la Dirección Regional de Educación Huancavelica y las Unidades de Gestión Educativa Local Acobamba, Angaraes, Castrovirreyna, Churcampa, Huancavelica, Huaytará, Surcubamba y Tayacaja;
Que, el artículo 37 de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Gobierno Regional a través de sus órganos de Gobierno, dicta las normas y disposiciones respectivas, correspondiendo a la Gobernación Regional emitir Decretos Regionales los mismos que conforme al artículo 40, establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano, contando para ello con el acuerdo de directorio de Gerencias Regionales;
Que, estando a lo expuesto, resulta viable aprobar el Manual de Operaciones – MOP de la Dirección Regional de Educación Huancavelica y las Unidades de Gestión Educativa Local Acobamba, Angaraes, Castrovirreyna, Churcampa, Huancavelica, Huaytará, Surcubamba y Tayacaja mediante el presente Decreto Regional;
Contando con el voto aprobatorio del Directorio de Gerentes Regionales, según acta suscrita con fecha treinta y uno de mayo del dos mil veinticuatro, y estando a lo que dispone la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias;
DECRETA:
Artículo 1°.- APROBAR el Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Educación Huancavelica y las Unidades de Gestión Educativa Local Acobamba, Angaraes, Castrovirreyna, Churcampa, Huancavelica, Huaytará, Surcubamba y Tayacaja, documento de gestión que en calidad de anexo forma parte integrante del presente Decreto Regional.
Artículo 2°.- DEJAR sin efecto todos los actos administrativos que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Regional.
Artículo 3°.- NOTIFICAR el presente Decreto Regional a la Dirección Regional de Educación Huancavelica y a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnologías de la Información, para los fines pertinentes.
Dado en la casa del Gobierno Regional de Huancavelica, con fecha: 26 de junio de 2024
SATURNINA QUISPE DE LA CRUZ
Gobernadora (e)
2493888-1