Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional Tumbes para el Año Fiscal 2027, cronograma de actividades y conformación de equipo técnico
ORDENANZA REGIONAL
N° 003-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
EL CONSEJO REGIONAL TUMBES
HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
POR CUANTO
El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley N° 27680; Ley de Bases de Descentralización Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867, sus modificatorias y demás normas complementarias.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley 27680, en su Artículo 192º, establece que los gobiernos regionales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo responsables de aprobar su organización interna y su presupuesto;
Que, la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, en su Artículo 17º, numeral 1), establece que los Gobiernos Regionales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación de sus planes de Desarrollo y Presupuesto en la Gestión Pública;
Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en su Artículo 10º, numeral 1, inciso a), establece que es competencia exclusiva del Gobierno Regional planificar el desarrollo integral de la región y efectuar los programas socio económicos correspondientes, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo;
Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley N° 28056, modificada por la Ley N° 29298, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N°142-2009-EF, el mismo que fue modificado mediante el Decreto Supremo N° 131-2010-EF, definen y establecen las disposiciones, alcances y objetivos del Proceso del Presupuesto Participativo y el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados;
Que, el citado reglamento, establece que el Proceso del Presupuesto Participativo, es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado Sociedad Civil y que para ello los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como, en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos, y que, mediante Ordenanza, dispondrán las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identificación y acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo, particularmente de aquellos representantes de la sociedad civil;
Que, el Presupuesto Participativo constituye un instrumento democratizador de la gestión pública, en atención a que moviliza y organiza a ciudadanos y ciudadanas de una determinada región o localidad para decidir cómo y en qué se invertirán los recursos públicos, de tal forma que intervengan activamente en el desarrollo local y regional. Su función es asignar los recursos económicos, en base a criterios de priorización, para alcanzar los objetivos de desarrollo planteados;
Que, mediante Informe Técnico N° 09-2026/GOB.REG.TUMBES-GRPPAT-SGPE-SG, de fecha 21 de enero del 2026, el Sub-Gerente de Planeamiento Estratégico alcanza al Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la propuesta del Reglamento del Presupuesto Participativo año fiscal 2027, la propuesta de Ordenanza Regional que lo aprueba y la propuesta de convocatoria, con la finalidad de ser elevado al Consejo Regional para su evaluación y trámite correspondiente;
Que, a través del INFORME N° 096-2026/GOB.REG.TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha 16 de febrero del 2026, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica – Mg. Abog. Edmundo Alberto Sipion Riojas, emite al Gerente General el informe legal favorable sobre el proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Tumbes para el año 2027;
Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, ha formulado el Dictamen N° 001-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-COPPAT, sobre “APRUÉBESE EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL GOBIERNO REGIONAL TUMBES PARA EL AÑO FISCAL 2027, QUE CONSTA DE CUATRO (04) TÍTULOS, TREINTA Y DOS (32) ARTICULOS Y CUATRO (04) DISPOSICIONES TRANSITORIAS”;
Que, mediante ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 026-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, de fecha 26 de febrero del 2026, se aprobó el Dictamen N° 001-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-COPPAT, sobre “APROBAR EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL GOBIERNO REGIONAL TUMBES PARA EL AÑO FISCAL 2027, QUE CONSTA DE CUATRO (04) TÍTULOS, TREINTA Y DOS (32) ARTICULOS Y CUATRO (04) DISPOSICIONES TRANSITORIAS”;
De conformidad, con la Constitución Política del Estado, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con la Ordenanza Regional N° 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, el Consejo Regional de Tumbes:
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
Articulo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL GOBIERNO REGIONAL TUMBES PARA EL AÑO FISCAL 2027, que consta de cuatro (4) títulos, treinta y dos (32) artículos y Cuatro (4) Disposiciones Transitorias, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional y cuyo texto íntegro será publicado en la Página Web del gobierno Regional www.regiontumbes.gob.pe.
Articulo Segundo.- APROBAR el CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y LA CONFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL GOBIERNO REGIONAL TUMBES PARA EL AÑO FISCAL 2027 del Gobierno Regional de Tumbes, que a continuación se detalla:
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1 |
Inscripción de Agentes Participantes |
Del 16 al 20 de marzo |
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2 |
Proceso de verificación de información y Observaciones a la Inscripción de Agentes Participantes. |
23 y 24 de marzo |
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3 |
Acreditación de Agentes Participantes y publicación en portal |
25 de marzo |
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4 |
Recepción de observaciones y/o tachas |
26 de marzo |
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5 |
Traslado de observaciones y/o tachas |
27 de marzo |
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6 |
Recepción de descargos |
02 de abril |
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7 |
Levantamiento de observaciones y tachas. |
Del 06 al 09 de abril |
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8 |
Entrega de credenciales a los Agentes Participantes Aptos |
Del 13 al 15 de mayo |
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9 |
Desarrollo de Talleres de Trabajo: 1) Taller I: Capacitación de Agentes Participantes, definición de criterios y puntajes e identificación y priorización de resultados. |
21 de abril |
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10 |
2) II Taller: Identificación y priorización de proyectos e ideas, elección del Comité de Vigilancia y Control. Suscripción de acta de acuerdos y compromisos |
23 de abril |
Artículo Tercero.- CONFORMAR el EQUIPO TÉCNICO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL GOBIERNO REGIONAL TUMBES PARA EL AÑO FISCAL 2027, de la forma como se detalla a continuación:
1. Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.
2. Gerente Regional de Infraestructura.
3. Gerente Regional de Desarrollo Social.
4. Gerente Regional de Desarrollo Económico
5. Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.
6. Sub. Gerente Planeamiento Estratégico.
7. Sub Gerente de Presupuesto.
8. Jefe de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones.
9. Coordinador de la Unidad Formuladora de Proyectos de Inversión Pública
10. Tres Planificadores de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.
02 representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional Tumbes, cuya responsabilidad del equipo es la programación y suministro de la información, evaluación técnica, así como la asesoría y apoyo permanente durante el desarrollo del proceso.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Jefa de la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional Tumbes, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, disponiendo posteriormente su publicación en el Portal Web del Gobierno Regional de Tumbes.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Comuníquese al señor Gobernador Regional de Tumbes para su promulgación.
En Tumbes a los 26 días del mes de febrero del año dos mil veintiséis.
DIEGO ALEMAN RAMIREZ
Consejero Regional
POR TANTO:
Mando se registre, publique, cumpla y archive.
Dado en el Gobierno Regional Tumbes el 5 de marzo de 2026
A. Rosario Palacios Palacios de De LAMA
Gobernadora regional (e)
2493022-1