Autorizan la difusión en consulta pública del proyecto normativo denominado “Modificaciones al Título VII del Compendio de Normas Reglamentarias del SPP, referido a Prestaciones”, relacionado con información dirigida a potenciales beneficiarios y herederos de afiliados fallecidos
RESOLUCIÓN SBS N° 00644-2026
Lima, 3 de marzo de 2026
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones se encarga de regular, supervisar y fiscalizar las entidades del sistema financiero, sistema de seguros y privado de pensiones, así como a otras entidades cuya supervisión haya sido encargada por otras leyes especiales, conforme a lo dispuesto en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, cuyo Texto Único Ordenando fue aprobado por el Decreto Supremo N° 054-97-EF y otras leyes;
Que, mediante la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley N° 26702 se establecen disposiciones aplicables a la publicación de proyectos normativos;
Que, dicha disposición es concordante con el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS que establece el principio de participación de los administrados en el proceso de decisiones públicas, así como con el capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS;
Que, se ha advertido la existencia de casuística de afiliados fallecidos con saldo en su cuenta individual de capitalización (CIC) y que no registran ningún trámite de pensión de sobrevivencia ni herencia, por lo que la Superintendencia considera relevante emitir disposiciones que generen los incentivos para la implementación de una estrategia de difusión más amplia de información para el ejercicio de los derechos y beneficios señalados, en lo que resulte aplicable al Sistema Privado de Pensiones, de aquellos potenciales beneficiarios o herederos de los afiliados fallecidos bajo comentario;
Que, en cumplimiento de lo antes referido la Superintendencia dispone aprobar mediante resolución de Superintendencia sus proyectos normativos y publicarlos en su sede digital con el objetivo de asegurar la participación efectiva del público en general;
Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Pensiones, y de Regulación y Jurídica;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la difusión en consulta pública del proyecto normativo denominado “Modificaciones al Título VII del Compendio de Normas Reglamentarias del SPP, referido a Prestaciones”, en lo relacionado a difusión más amplia de información dirigida a los potenciales beneficiarios y herederos de los afiliados fallecidos; en la sede digital de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (www.sbs.gob.pe)
Artículo Segundo.- El plazo para que el público en general pueda remitir a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en el artículo anterior, es de 15 días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE
Superintendente de Banca, Seguros y AFP
2492381-1