Aprueban el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2026
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 000071-2026-MIMP
Lima, 3 de marzo del 2026
VISTOS: los Informes N° D000006-2026-MIMP-OGD y N° D00008-2026-MIMP-OGD de la Oficina de Gestión Descentralizada; la Nota N° D000018-2026-MIMP-OGMEPGD y el Memorándum N° D000079-2026-MIMP-OGMEPGD de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada; el Memorándum N° D000306-2026-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables; el Proveído N° D002509-2026-MIMP-SG de la Secretaría General; el Informe N° D000028-2026-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento; la Nota N° D000078-2026-MIMP-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000132-2026-MIMP-OGAJ y la Nota N° 000033-2026-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, establecida en el artículo 188 de la Constitución Política del Perú, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, disponiéndose que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme con los criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales;
Que, por su parte, el artículo 3 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispone que la descentralización, tiene como finalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la población;
Que, el artículo 83 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece la constitución de Comisiones Sectoriales de Transferencia, presididas por un Viceministro del Sector correspondiente, las cuales proponen planes anuales de transferencia para su presentación a la actual Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, conforme con lo dispuesto por el literal b) del numeral 7.2 de la Directiva N° 001-2024-PCM-SD “Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2024-PCM/SD, el Plan Anual es aprobado por Resolución Ministerial publicada en el Diario Oficial El Peruano, y lo presenta a la Secretaría de Descentralización;
Que, con Resolución Ministerial N° 802-2006-MIMDES, —modificada por Resoluciones Ministeriales N° 125-2012-MIMP y N° 245-2012-MIMP—, se constituye la Comisión Sectorial de Transferencia de los Programas Sociales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), a cargo de elaborar las propuestas de Planes Anuales de Transferencia Sectorial a partir del año 2007, precisándose que la Oficina de Gestión Descentralizada de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada del MIMP, actuará como Secretaría Técnica de la Comisión;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal b) del artículo 39 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 000380-2025-MIMP, la Oficina de Gestión Descentralizada de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, es la unidad orgánica responsable de formular y proponer en coordinación con los órganos y programas nacionales el Plan Anual Sectorial de Transferencias, de acuerdo con la normativa vigente;
Que, mediante Nota N° D000018-2026-MIMP-OGMEPGD, la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada (OGMEPGD) remite el Informe N° D000006-2026-MIMP-OGD, a través del cual la Oficina de Gestión Descentralizada (OGD) sustenta la necesidad de la aprobación del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2026, señalando que ha sido elaborado de acuerdo con la Directiva N° 001-2024-PCM-SD “Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, considerando el Plan Operativo Institucional (POI) 2026 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2026 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado con Resolución Ministerial N° 456-2025-MIMP, específicamente la actividad operativa “AOI00108700791 DESARROLLO DE LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA”, dentro de la cual se considera la “Elaboración y seguimiento del Plan Anual de Transferencia del MIMP”; así como teniendo en cuenta los aportes y sugerencias alcanzadas por las unidades orgánicas y programas nacionales dependientes de los Despachos Viceministeriales de la Mujer y de Poblaciones Vulnerables;
Que, conforme se desprende del Acta correspondiente a la Octogésima Novena Sesión de la Comisión Sectorial de Transferencia de los Programas Sociales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (CST) de fecha 13 de febrero de 2026, la propuesta de Plan ha sido aprobada por unanimidad, habiéndose encargado a la Secretaría Técnica de dicha Comisión proceder con las acciones para la emisión de la Resolución Ministerial correspondiente;
Que, mediante Nota N° D000078-2026-MIMP-OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe N° D000028-2026-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento, emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación del citado Plan;
Que, por medio del Memorándum N° D000079-2026-MIMP-OGMEPGD, la OGMEPGD remite el Informe N° D00008-2026-MIMP-OGD, por medio del cual complementa el sustento para la aprobación del Plan, precisando que:
(i) A través de los artículos 1 y 2 del Decreto de Urgencia N° 003-2012 se suspendieron temporalmente las prestaciones y actividades de los CEM a nivel nacional, encargándose al entonces Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (PNCVFS) la ejecución de los servicios de prevención, atención y apoyo en casos de violencia familiar y sexual. En ese sentido, por mandato de esta norma con rango de ley, el sector es quien garantiza la prestación de los servicios de los CEM, en coordinación con los gobiernos locales, según corresponda. Esta disposición ha sido prorrogada anualmente a través de las leyes de presupuesto hasta la fecha;
(ii) Respecto de los CEDIF, el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar- INABIF, mediante Informe N° D000012-2026-INABIF/UDIF, señala que no resulta recomendable continuar con la transferencia de los CEDIF actualmente administrados por dicha entidad, debido a las dificultades técnico-administrativas advertidas desde el proceso de transferencia a los Gobiernos Provinciales, dispuesto por el Decreto Supremo N° 010-2011-MIMDES, las cuales persisten en distinto grado, por lo que propone para el año 2026 continuar con acciones de fortalecimiento de capacidades y/o asistencia técnica a los CEDIF ya transferidos;
Que, a través del Informe N° D000132-2026-MIMP-OGAJ y la Nota N° D000033-2026-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para continuar con el trámite del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2026, en tanto, este cuenta con el sustento técnico y legal necesario, y su propuesta ha sido aprobada por la CST pertinente, por lo que corresponde que su aprobación sea formalizada a través de la Resolución Ministerial respectiva;
Con el visado del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 000380-2025-MIMP; y, la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2024-PCM/SD, que aprueba la Directiva N° 001-2024-PCM-SD “Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2026 que, como Anexo, forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Gestión Descentralizada de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables el seguimiento al cumplimiento del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2026.
Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y su Anexo a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo sean publicados en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HARY GLORIA YZARRA TRELLES
Ministra
2492325-1