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Fecha de publicación: 05/03/2026
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Declaran en emergencia el Complejo Arqueológico de Kuélap ubicado en la provincia de Luya, departamento de Amazonas

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 000049-2026-VMPCIC/MC

San Borja, 2 de marzo del 2026

VISTOS: el Informe N° 0000134-2026-DGPA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, el Informe N° 000218-2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo V del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición privada o pública, están protegidos por el Estado y sujetos al régimen específico regulado en la mencionada Ley;

Que, conforme a lo previsto en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, una de las funciones exclusivas del Ministerio de Cultura consiste en realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, literal a) del artículo 14 de la norma señala que el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus funciones formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.7 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene la prerrogativa para declarar y aprobar acciones de emergencia respecto de los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación por riesgo de destrucción originado por fenómenos naturales, conflictos armados y antrópicos;

Que, conforme lo prevé el numeral 59.3 y el numeral 59.13 del ROF, corresponde a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble - DGPA formular, implementar y ejecutar, los planes, programas y proyectos, entre otros, orientados a la conservación del patrimonio arqueológico; asimismo, le compete proponer y ejecutar, cuando corresponda, las acciones preventivas y de emergencia en los monumentos arqueológicos en situación de riesgo por destrucción ante la instancia competente, como consecuencia de fenómenos naturales, conflictos armados y antrópicos;

Que, la primera disposición complementaria final del Decreto Supremo N° 011-2022-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, señala que las disposiciones del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas no resultan aplicables a las acciones de emergencia ejecutadas de oficio por los órganos competentes del Ministerio de Cultura en bienes inmuebles prehispánicos, las mismas que son reguladas de acuerdo con la normativa correspondiente;

Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 694-2007/INC, el Complejo Arqueológico de Kuélap fue declarado Zona Arqueológica Monumental;

Que, a través del Informe N° 000008-2026-DDC AMA/MC la Dirección Desconcentrada de Cultura de Amazonas – DDC Amazonas da cuenta del estado situacional del Complejo Arqueológico de Kuélap frente a las fuertes lluvias que se vienen registrando desde mediados del mes de diciembre de 2025 hasta la actualidad, las cuales generan mayores infiltraciones de agua hacia los niveles subyacentes y pueden devenir en colapsos estructurales en el monumento, por lo que recomienda, de forma urgente, realizar acciones de emergencia ante la condición de riesgo que se incrementa significativamente de acuerdo a los pronóstico del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI quien emite avisos de precipitaciones extremas hasta abril aproximadamente;

Que, lo anterior se corrobora de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 025-2026-PCM, Decreto Supremo que declara el estado de emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Cajamarca, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín y Tumbes, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales;

Que, en el Informe N° 000008-2026-DDC AMA/MC se hace referencia a la necesidad de implementar de forma inmediata los expedientes técnicos (i) Sistema de apuntalamiento, sostenimiento y estabilización de las Murallas Perimetrales en el Complejo Arqueológico Monumental Kuélap que permitirá solucionar varios de los problemas identificados en la muralla perimetral del complejo abarcando 200 metros lineales y (ii) Intervención del Acceso 1, bóveda y estructuras adyacentes en el Complejo Arqueológico Kuélap, región Amazonas con el cual se podría solucionar varios de los problemas identificados dentro del análisis realizado por el equipo como la carga excesiva en el área misma que genera un riesgo latente para la llaqta;

Que, la DGPA mediante Informe N° 000134-2026-DGPA-VMPCIC/MC indica que el Complejo Arqueológico de Kuélap es uno de los monumentos más emblemáticos de la Región Amazonas, por lo que requiere de máxima protección y preservación para su puesta en uso social;

Que, indica también que desde el año 2022 el Ministerio de Cultura, a través de la DDC Amazonas, viene ejecutando el Programa de Investigación Arqueológica de Kuélap - PRIAK, sin embargo, debido a los colapsos sufridos en las estructuras del monumento se ha tornado mucho más alarmante su situación, a lo que se debe agregar las intensificaciones pluviales que podrían provocar nuevos colapsos, generando daños irreversibles al monumento y al avance desarrollado a través del PRIAK, cuyo presupuesto no contempla las acciones inmediatas de apuntalamiento, cobertura especializada que soporte las fuertes lluvias, estabilización de morteros de cabeceras de muros e implementación de canaletas y otras acciones que garanticen la integridad del monumento;

Que, en este escenario DGPA, con sustento en la lista de insumos descrita en el Informe N° 000039-2026-DDC AMA-PRIAK-JOHO/D, recomienda declarar en emergencia el Complejo Arqueológico de Kuélap lo cual permitirá obtener presupuesto y agilizar la ejecución del mismo como ocurrió en el 2022 tras los derrumbes en el monumento;

Que, estando a lo desarrollado, las medidas a implementar deben sujetarse al marco técnico legal vigente en resguardo del Patrimonio Cultural de la Nación y con el objetivo específico de revertir y evitar perjuicios al Complejo Arqueológico de Kuélap;

Con los vistos de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Amazonas y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar en emergencia el Complejo Arqueológico de Kuélap ubicado en la provincia de Luya, departamento de Amazonas, de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección Desconcentrada de Amazonas, en coordinación con la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, realizar las gestiones y acciones técnicas necesarias conducentes para la preservación y conservación del Complejo Arqueológico Kuélap por el plazo de sesenta (60) días calendario.

Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y a la Dirección Desconcentrada de Cultura Amazonas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GISELLA MARIELL ESCOBAR ROZAS

Viceministra de Patrimonio Cultural

e Industrias Culturales

2492125-1