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Fecha de publicación: 04/03/2026
Aprueban el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2026” de la Presidencia del Consejo de Ministros

Disponen publicación de proyecto de Resolución que aprueba el “Listado de entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales”

RESOLUCIÓN N° 0019-2026/SBN

San Isidro, 2 de marzo de 2026

VISTOS:

El Informe N° 00079-2026/SBN-DNR-SDNC, emitido por la Subdirección de Normas y Capacitación; el Memorándum N° 00076-2026/SBN-DNR, emitido por la Dirección de Normas y Registro; el Informe N° 00083-2026/SBN-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA, crea el Sistema Nacional de Bienes Estatales (SNBE) como el conjunto de organismos, garantías y normas que regulan, de manera integral y coherente, los predios estatales en sus niveles de gobierno nacional, regional y local, a fin de lograr una administración ordenada, simplificada y eficiente, teniendo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) como ente rector;

Que, asimismo, el artículo 13 de la citada norma, dispone que la SBN es el ente rector responsable tanto de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los predios estatales, como de ejecutar dichos actos respecto de los predios cuya administración está a su cargo, de acuerdo a la normatividad vigente, gozando de autonomía económica, presupuestal, financiera, técnica y funcional, con representación judicial propia;

Que, el numeral 5.2 del artículo 5 del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2021-VIVIENDA, señala que la identificación de las entidades que conforman el SNBE se efectúa mediante resolución del ente rector, tomándose en consideración las bases de datos oficiales del Estado;

Que, mediante el Memorándum N° 00076-2026/SBN-DNR, la Dirección de Normas y Registro, sustentada con el Informe N° 00079-2026/SBN-DNR-SDNC, de su Subdirección de Normas y Capacitación, propone la publicación del proyecto de Resolución que aprueba el “Listado de entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales”, el cual ha sido elaborado aplicando los criterios desarrollados en ese Informe y con la absolución a las consultas a las bases de datos oficiales del Estado efectuadas por otras entidades; es así que, propone un listado de carácter referencial y dinámico, el cual comprende un total de 5254 entidades, y se encuentra dividido en tres secciones, correspondientes a los niveles de gobierno nacional, regional y local; y recomienda difundir el indicado listado para que las entidades públicas puedan remitir la información que permita su actualización;

Que, el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, señala que sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de consulta pública previstos en el Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por el Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, o norma que lo sustituya, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso;

Que, el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del acotado Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, dispone que el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince (15) días calendario, contado desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario;

Que, en este contexto, y en atención a lo recomendado por la Subdirección de Normas y Capacitación, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución que aprueba el “Listado de entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales”, en la Sede Digital de la SBN (www.gob.pe/sbn), a efectos de difundir el indicado listado y que las entidades públicas puedan remitir la información que permita su actualización, dentro del plazo de veinte (20) días calendario, periodo que inicia al día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano;

Con los visados de la Dirección de Normas y Registro, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Subdirección de Normas y Capacitación, y;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA; el Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2021-VIVIENDA; y, en uso de la función prevista en el literal i) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Resolución N° 0066-2022/SBN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación

Disponer la publicación del proyecto de Resolución que aprueba el “Listado de entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales”, en la sede digital de la SBN (www.gob.pe/sbn), con la finalidad que las entidades públicas remitan a la SBN la información que permita actualizar el indicado listado, dentro del plazo de veinte (20) días calendario, contado desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Artículo 2.- Recepción, sistematización y análisis de información

Encargar a la Subdirección de Normas y Capacitación, la recepción, sistematización y análisis de la información que presenten las entidades respecto al “Listado de entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales” a través de la Mesa de Partes presencial de la SBN, ubicada en calle Chinchón N° 890, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; así como, su Mesa de Partes Virtual (mpv.sbn.gob.pe).

Artículo 3.- Publicación en plataforma y otros medios electrónicos

Disponer la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano
(www.gob.pe), en medios electrónicos y otros que resulten pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ FELISANDRO MAS CAMUS

Superintendente

Superintendencia Nacional de Bienes Estatales

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