Autorizan viaje de docente de la Escuela Profesional de Ingeniería Agroindustrial - Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, a Brasil, en comisión de servicio
UNIVERSIDAD NACIONAL
DEL ALTIPLANO - PUNO
RESOLUCIÓN RECTORAL
N° 3031-2024-R-UNA
Puno, 6 de noviembre del 2024
VISTOS:
El MEMORÁNDUM N° 1164-2024-SG-UNA-PUNO, de Secretaría General de esta Universidad, que transcribe el acuerdo del Consejo Universitario Ordinario del 30 de octubre del 2024, aprobó autorizar el viaje a BRASIL, en Comisión de Servicio con goce de haber, del 01 al 09 de noviembre del 2024; a favor del Dr. ULISES ALVARADO MAMANI, docente de la Escuela Profesional de Ingeniería Agroindustrial - Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno; para participar como Ponente en el 10° Congreso Internacional de Ingeniería Agroindustrial CIIA Brasil 2024, a llevarse a cabo en la Universidade Federal de Sao Joao del-Rei, en concordancia con la Resolución de Consejo de Facultad N° 510-2024-D-FCA-UNA-PUNO;
CONSIDERANDO:
Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario Oficial “El Peruano” de forma obligatoria (énfasis y subrayado nuestro);
Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario Oficial El Peruano, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su artículo 2°, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4° sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar específicamente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10°, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.” (Énfasis nuestro);
Que, en ese contexto, según el numeral 93.16 artículo 93° del Estatuto Universitario vigente, refiere como atribuciones del Consejo Universitario: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de у Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes”. Consiguientemente, el numeral 116.12 del Artículo 116° de dicho cuerpo normativo, establece como atribución del Consejo de Facultad, conceder licencia al personal docente de la facultad, hasta por tres (03) meses, el mismo debe ser aprobado por Resolución Rectoral;
Que, en el marco de lo normado precedentemente, mediante RESOLUCIÓN DE CONSEJO DE FACULTAD N° 510-2024-D-FCA-UNA-PUNO (11-10-2024) y OFICIO N° 1004-2024-D-FCA-UNA-PUNO (14-10-2024), emitidos por la FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS de esta Casa Superior de Estudios, se propone a la instancia superior autorizar el viaje del docente Dr. ULISES ALVARADO MAMANI, de la Escuela Profesional de Ingeniería Agroindustrial del 01 al 09 de noviembre 2024, para participar como PONENTE en el 10°Congreso Internacional de Ingeniería Agroindustrial CIIA Brasil 2024, a realizarse en la Universidade Federal de Sao Joao del-Rei del 04 al 08 de noviembre del 2024, con los resúmenes siguientes: 1.Estudio cinético del comportamiento térmico en la superficie central de la leche hasta su conversión en yogur mediante imágenes térmicas., 2.Desarrollo de modelos de predicción de pH durante la fermentación de la leche hasta su conversión en yogurt a partir del color CIELab y redes neuronales artificiales;
Que, en consecuencia, el Consejo Universitario Ordinario del 30 de octubre del 2024, según la transcripción contenida en el MEMORANDUM N° 1164-2024-SG-UNA-PUNO (31-10-2024) de Secretaría General, aprobó autorizar el viaje a BRASIL, en Comisión de Servicio con goce de haber, del 01 al 09 de noviembre del 2024; a favor del Dr. ULISES ALVARADO MAMANI, docente de la Escuela Profesional de Ingeniería Agroindustrial - Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno; para participar como Ponente en el 10° Congreso Internacional de Ingeniería Agroindustrial CIIA Brasil 2024, a llevarse a cabo en la Universidade Federal de Sao Joao del-Rei, en concordancia con la Resolución de Consejo de Facultad N° 510-2024-D-FCA-UNA-PUNO;
Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; contando con la solicitud de parte de fecha 09 de octubre del 2024, y opinión procedente de la Oficina de Asesoría Jurídica contenida en la OPINIÓN LEGAL N° 884-2024-OAJ-UNA-PUNO (22-10-2024);
En el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto Universitario y la Resolución de Asamblea Universitaria N° 009-2021-AU-UNA;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje a BRASIL, en Comisión de Servicio con Goce de Haber, del 01 al 09 de noviembre del 2024; a favor del Dr. ULISES ALVARADO MAMANI, docente de la Escuela Profesional de Ingeniería Agroindustrial - Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno; para participar como Ponente en el 10° Congreso Internacional de Ingeniería Agroindustrial CIIA Brasil 2024, a llevarse a cabo en la Universidade Federal de Sao Joao del-Rei, en concordancia con la Resolución de Consejo de Facultad N° 510-2024-D-FCA-UNA-PUNO.
Artículo Segundo.- DISPONER, que el docente cuyo viaje se autoriza en el artículo precedente, presente un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante dicho evento; en el marco de la normativa expuesta en el presente acto administrativo.
Artículo Tercero.- NOTIFICAR, el presente acto administrativo a los Vicerrectorados Académico y de Investigación, a la Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, la respectiva Facultad, y demás instancias correspondientes de la institución, para su cumplimiento.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
PAULINO MACHACA ARI
Rector
LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA
Secretaria General
2491618-1