Autorizan viaje de Ministro de Economía y Finanzas a Canadá y encargan su Despacho al Ministro de Relaciones Exteriores
resolución suprema
nº 065-2026-pcm
Lima, 26 de febrero de 2026
CONSIDERANDO:
Que, con documento de fecha 24 de febrero de 2026, la Cámara de Comercio Canadá-Perú comunica al Ministerio de Economía y Finanzas que el Prospector & Developers Association of Canada – PDAC 2026 y eventos conexos, se llevará a cabo del 1 al 4 de marzo de 2026 en la ciudad de Toronto, Canadá;
Que, el PDAC 2026 es la principal convención mundial sobre exploración y minería, consolidándose como el evento líder para personas, empresas y organizaciones relacionadas con la exploración y desarrollo del sector minero y representa una oportunidad clave para la interacción entre líderes, empresas e inversionistas del sector, facilitando el desarrollo de proyectos y el establecimiento de alianzas estratégicas a nivel global;
Que, la participación del Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas en este evento se alinea con los objetivos de consolidar el desarrollo y la estabilidad del sistema económico, fomentar la inversión privada, mejorar la productividad y garantizar el funcionamiento eficiente de los mercados; así también, se podrá dar a conocer las fortalezas macroeconómicas del país a los inversionistas internacionales;
Que, en consecuencia, siendo de interés nacional e institucional, resulta necesario autorizar el viaje en misión oficial del señor GERARDO ARTURO LÓPEZ GONZALES, Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, a la ciudad de Toronto, Canadá, del 28 de febrero al 3 de marzo de 2026, para que participe en el referido evento, cuyos gastos por los conceptos de alimentación y traslados son cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; la Cámara de Comercio de Canadá- Perú, cubrirá los otros gastos en los que se incurra;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure la misma, es necesario encargar el Despacho de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor GERARDO ARTURO LÓPEZ GONZALES, Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, a la ciudad de Toronto, Canadá, del 28 de febrero al 3 de marzo de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos por concepto de alimentación y traslados que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema son cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional 2026 de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle:
Viáticos (2+1) : US $ 792,00
Artículo 3.- Encargar el Despacho de Economía y Finanzas al señor HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTÍNEZ, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores en tanto dure la ausencia del Titular.
Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
DENISSE AZUCENA MIRALLES MIRALLES
Presidente del Consejo de Ministros
GERARDO ARTURO LÓPEZ GONZALES
Ministro de Economía y Finanzas
2490909-8