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Fecha de publicación: 26/02/2026
Aceptan renuncia y encargan funciones de Viceministra de Gestión Ambiental

Prorrogan fecha de presentación de la declaración jurada del Impuesto Predial y la fecha de vencimiento de pago de la primera cuota del Impuesto Predial del Ejercicio 2026 en el distrito de San Juan de Miraflores

ORDENANZA N° 585/MDSJM

San Juan de Miraflores, 24 de febrero de 2026

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN

DE MIRAFLORES

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, se trató sobre la prórroga de la fecha de presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Predial y la fecha de vencimiento de pago de la primera cuota del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2026; y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo Único de la Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades - que señala la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; correspondiéndole al concejo municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas que tienen rango de ley de acuerdo al artículo 200°, numeral 4) de la Carta Magna;

Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972 – Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal;

Que, de acuerdo al artículo 52° del Texto Único Ordenando del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, los gobiernos locales administran las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas derechos, licencias o arbitrios y por excepción los impuestos que la ley les asigne; y, conforme a los artículos 14° y 15° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, los contribuyentes están obligados a presentar Declaración Jurada anualmente hasta el último día hábil del mes de febrero, salvo que el municipio establezca una prórroga, así como también que el vencimiento de pago al contado del Impuesto Predial es hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendo pagarse la primera hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre, respectivamente;

Que, con Informe N° 389-2026-SGRFTOC-GAT/MDSJ, la Subgerencia de Registro, Fiscalización Tributaria y Orientación al Contribuyente señala las razones para la prórroga del plazo de la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Predial, así como la prórroga de la fecha de vencimiento de pago al contado y/o de la primera cuota del Impuesto Predial 2026; sustentando que nuestra entidad municipal se encuentra en proceso de emisión, impresión y distribución de la cuponera 2026; lo que cuenta con la conformidad de la Gerencia de Administración Tributaria (Memorándum N° 116-2026-GAT/MDSJM), así como opinión favorable de la Oficina de Presupuesto y Programación de Inversiones (Informe N° 0652-2026-OPPI-OGPP/MDSJM, Oficina de Planeamiento, Modernización y Cooperación Técnica (Informe N° 045-2026-OPMyCT-OGPP/MDSJM, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum N° 192-2026-OGPP/MDSJM), Oficina General de Asesoría Jurídica (Informe N° 076-2026-OGAJ/MDSJM) y aprobación de la Gerencia Municipal (Memorándum N° 266-2026-GM/MDSJM);

De conformidad con los artículos 9°, numerales 8) y 9), y 40° de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, y con el Voto MAYORITARIO de los señores regidores, el Concejo Municipal de San Juan de Miraflores ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE PRORROGA LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y LA FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL DEL EJERCICIO 2026 EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES.

Artículo 1º.- PRÓRROGA DE FECHAS

- Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2026, el plazo para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Predial 2026.

- Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2026, la fecha de vencimiento del pago al contado y/o de la primera cuota del Impuesto Predial 2026.

Artículo 2°.- FACULTAR a la señora alcaldesa para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las medidas necesarias para el mejor cumplimiento de esta ordenanza, así como la prórroga de las fechas de vencimiento.

Artículo 3°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, así como a la Oficina General de Administración, a través de sus unidades orgánicas, el restricto cumplimiento de la presente ordenanza; a la Secretaría General su publicación en el diario oficial “El Peruano”; a la Oficina de Tecnología de la Información su publicación en la página web de la municipalidad: www.munisjm.gob.pe, así como en el Portal del Estado Peruano; y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional su más amplia difusión a nivel distrital.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA

Alcaldesa

2490323-1