Modifican el Texto Único de Servicio No Exclusivo (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de La Perla
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 029-2026-MDLP/AL
La Perla, 13 de febrero del 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA.
VISTO:
El Informe N° D000044-2026-MDLP/OGPP emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto con fecha 30 de enero del 2026, Informe N° D000059-2026-MDLP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica con fecha 13 de febrero del 2026, Proveído D000149-2026-MDLP/GM emitido por la Gerencia Municipal con fecha 13 de febrero del 2026; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de una resolución del titular de la entidad, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú, y las normas sobre represión de la competencia desleal;
Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, refiere que los gobiernos locales representan el vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, en virtud de lo expuesto, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) es un instrumento de gestión que otorga a la municipalidad, la posibilidad de brindar a los administrados servicios que pueden ser entregados por otras instituciones públicas, siempre que no pertenezcan a sus funciones exclusivas o privadas para satisfacer una demanda, lo que significa que los administrados se informan de la mejor oferta para conseguir la prestación de bienes o servicios que pueden conseguirlo a través de varias instituciones, teniendo la posibilidad de elegir la mejor oferta;
Que, con Resolución de Alcaldía N° 118-2024-MDLP/AL, con fecha 15 de julio del 2024, se resuelve aprobar el Texto Único de Servicio No Exclusivo (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de La Perla;
Que, en cumplimiento de la función precisada en los numeral 5), 20), 21) y 24) del artículo 59º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) la Oficina de General de Planeamiento y Presupuesto, de esta corporación edil, aprobado mediante Ordenanza N°03-2024-MDLP, remitió el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Perla que establece los requisitos y precios de dichos servicios. Asimismo, se evidencia que los requisitos incluidos se ajustan con la normatividad vigente y no constituyen barreras burocráticas, del mismo modo, durante su tramitación se han cumplido los requisitos y procedimientos, que viabilizan la aprobación del TUSNE;
Que, el Memorando N°D000028-2026-MDLP/GSP emitido por la Gerencia de Salud Pública señala que tras una evaluación técnica se determinó continuar con los servicios actuales, a excepción del servicio USO DEL VELATORIO MUNICIPAL código T04-01 el cual se solicita retirarlo/eliminarlo del TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Perla;
Que, el Informe N°D000043-2026-MDLP/SGOPC emitido por la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro señala que mantiene los servicios del TUSNE de la subgerencia, sin embargo, se modifica el cobro de los porcentajes de la UIT de los servicios del TUSNE desde el código T06-01 al T06-19 al valor actual de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT del presente año fiscal;
Que, el Informe N°D000043-2026-MDLP/SGECDR emitido por la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Recreación señala que mantiene los servicios del TUSNE de la subgerencia, sin embargo, se solicita que se incorpore el servicio de Usos de Complejos Deportivos en su código T02-02, la losa del complejo deportivo Miguel Grau y en campos deportivos de Gras Sintético el Campo Tupac Amaru y Cesar Marín;
Que, mediante Informe N° D000044-2026-MDLP/OGPP emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto con fecha 30 de enero del 2026, concluye exponiendo que resulta necesario realizar la modificación y/o actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE, de la Municipalidad Distrital de La Perla, mediante Acto Resolutivo de Alcaldía, que son las siguientes:
1. Eliminar del Texto Único de Servicio No Exclusivo - TUSNE el Servicio de USO DEL VELATORIO MUNICIPAL código T04-01, solicitado por la Gerencia de Salud Pública.
2. Aprobar la modificación del cobro de los porcentajes de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT del año fiscal vigente, los servicios del Texto Único de Servicio No Exclusivo - TUSNE desde el código T06-01 al T06-19 de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, se adjunta como anexo al presente informe.
3. Incorporar el servicio de Usos de Complejos Deportivos en el código T02-02, la losa del complejo deportivo Miguel Grau y en campos deportivos de Gras Sintético el Campo Tupac Amaru y Cesar Marín;
Que, mediante Informe N° D000059-2026-MDLP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica con fecha 13 de febrero del 2026, concluye opinando por la VIABILIDAD de modificar la Resolución de Alcaldía N° 118-2024-MDLP/AL, de fecha 15 de julio del 2024, la misma que resolvió aprobar el Texto Único de Servicio No Exclusivo (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de La Perla;
Que, mediante Proveído D000149-2026-MDLP/GM emitido por la Gerencia Municipal con fecha 13 de febrero del 2026, remite los actuados administrativos a la Secretaría General para su tramitación correspondiente conforme lo señalado por la opinión legal;
ESTANDO A LO EXPUESTO Y,
EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS DE CONFORMIDAD CONLO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 20°, NUMERALES 6° Y EL ARTÍCULO 43° DE LA LEY ORGÁNICA
DE MUNICIPALIDADES N° 27972.
RESUELVE:
Artículo Primero.- ELIMINAR del Texto Único de Servicio No Exclusivo - TUSNE el Servicio de USO DEL VELATORIO MUNICIPAL código T04-01, de la Gerencia de Salud Pública.
Artículo Segundo.- APROBAR la modificación del cobro de los porcentajes de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT del año fiscal vigente, los servicios del Texto Único de Servicio No Exclusivo - TUSNE desde el código T06-01 al T06-19 de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, el mismo que forma parte como anexo de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- INCORPORAR el servicio de Usos de Complejos Deportivos en el código T02- 02, la losa del complejo deportivo Miguel Grau y en campos deportivos de Gras Sintético el Campo Tupac Amaru y Cesar Marín, el mismo que forma parte como anexo de la presente Resolución.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración, así como a los demás órganos y unidades orgánicas de la entidad que resulten competentes, el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente acto resolutivo en el Diario Oficial “El Peruano”, y la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad de La Perla (www.munilaperla.gob.pe) y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RODOLFO MARIANO ADRIANZEN CASTAÑEDA
Alcalde
2489628-1