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Fecha de publicación: 24/04/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Cajamarca, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín y Tumbes, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales

Otorgan diploma de duplicado de título profesional en economía de la Universidad Nacional del Centro del Perú

UNIVERSIDAD NACIONAL

DEL CENTRO DEL PERÚ

RESOLUCIÓN Nº 1787-2026-CU-GYT/UNCP

Huancayo, 5 de febrero de 2026

Visto, el expediente del ciudadano JOSE LUIS MOYA RAMIREZ, solicita expedición de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL en ECONOMÍA, por pérdida. Cumple con los requisitos de acuerdo con la Directiva Nº 001- 2018-SG-UNCP.

CONSIDERANDO:

De conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país;

De conformidad al Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 18.11.2005, que autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad;

De conformidad al Congreso a la Resolución Nº 1525-06-ANR, modificada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario oficial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;

De conformidad a la Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nº 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;

De conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma;

De conformidad a la Resolución Nº 3723-CU-2018 del 25.04.2018, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2018-SG-UNCP, Directiva Interna para adaptar las modificaciones al Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos – SUNEDU”;

Que, don JOSE LUIS MOYA RAMIREZ, solicita DUPLICADO DE TÍTULO PROFESIONAL en ECONOMÍA, por perdida, el mismo que fue expedido por esta Universidad.

De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 05 de febrero de 2026.

RESUELVE:

1º.- ANULAR el DIPLOMA PRIMIGENIO DE TÍTULO PROFESIONAL en ECONOMÍA, de don JOSE LUIS MOYA RAMIREZ, de fecha primigenio 17.04.2008, por motivo de perdida.

2º.- OTORGAR el DIPLOMA DE DUPLICADO DE TÍTULO PROFESIONAL en ECONOMÍA, a don JOSE LUIS MOYA RAMIREZ.

3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaría General y a la Facultad de Economía.

Regístrese, comuníquese y cúmplase,

CESAR PAUL ORTIZ JAHN

Rector

JOHANI ORIHUELA OSORIO

Secretaria General

2489176-1