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Fecha de publicación: 22/02/2026
Designan Gerente General del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS)

Aprueban Reglamento Interno del Grupo Técnico Regional para el proceso de Elaboración del Plan de Acción Regional de Lucha Contra la Desertificación, Degradación de la tierra y Sequía al 2050

Decreto Regional

N° 005-2025-GR/GOB.REG.TACNA

23 de diciembre de 2025

VISTOS:

El Informe N° 106-2025-GRPPAT/GOB.REG.TACNA, Acta de Sesión N° 10-2025-DGR/GOB.REG.TACNA, Informe N° 181-2025-GRPPAT-SGMI/GOB.REG.TACNA, Oficio N° 2429-2025-GRAJ-GGR/GOB.REG.TACNA, Opinión Legal N° 2178-2025-GRAJ/GOB.REG.TACNA, así como la Opinión Legal N° 2469-2025-GRAJ/GOB.REG.TACNA; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Artículo 2 de la Ley N° 27867, modificada por la Ley N° 27902, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia”.

Que, la autonomía política de los Gobiernos Regionales se define como la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes, conforme lo establece el inciso 9.1 del artículo 9° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización.

Que, con el Acta de Sesión de Directorio General Regional N° 10-2025-DGR/GOB.REG.TACNA del 25 de noviembre de 2025, el Directorio de Gerencia Regional de TACNA se aprobó por unanimidad el Reglamento Interno del Grupo Técnico Regional para el proceso de Elaboración del Plan de Acción Regional de Lucha Contra la Desertificación, Degradación de la tierra y Sequía al 2050.

Que, con el Informe N° 106-2025-GRPPAT/GOB.REG.TACNA, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite a la Gerencia General Regional, los actuados de la propuesta del Reglamento Interno del Grupo Técnico Regional para el proceso de Elaboración del Plan de Acción Regional de Lucha Contra la Desertificación, Degradación de la tierra y Sequía al 2050; señalando además que en la Sesión de Directorio General Regional N° 10-2025-DGR/GOB.REG.TACNA del 25 de noviembre de 2025, el Directorio de Gerencia Regional de Tacna, aprobó por unanimidad el Reglamento Interno del Grupo Técnico Regional para el proceso de Elaboración del Plan de Acción Regional de Lucha Contra la Desertificación, Degradación de la tierra y Sequía al 2050. Asimismo, señala que con el Informe N° 181-2025-GRPPAT-SGMI/GOB.REG.TACNA del 07 de noviembre de 2025, emitido por la Sub Gerencia de Modernización Institucional se concluye que la propuesta se encuentra acorde con las disposiciones establecidas en la Ordenanza Regional N° 020-2025-CR/GOB.REG.TACNA y con el “Plan Nacional de Acción de Lucha contra la Desertificación, Degradación de la Tierra y Sequía al 2030”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 178-2025-MINAM.

Que, por otro lado, señala que la referida propuesta tiene la opinión favorable de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica mediante la Opinión Legal N° 2178-2025-GRAJ/GOB.REG.TACNA, para la aprobación del Reglamento Interno del Grupo Técnico Regional para el proceso de Elaboración del Plan de Acción Regional de Lucha Contra la Desertificación, Degradación de la tierra y Sequía al 2050, recomendando, conforme el artículo 14° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna, y previo a emitir el Decreto Regional respectivo, derivar el presente a la Secretaría del Directorio Gerencial Regional de la entidad, a efecto de que se agende en una próxima sesión de Directorio, y se apruebe el citado Reglamento.

Que, el artículo 40 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, señala: “Los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Presidencia Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales”.

Que, asimismo, el artículo 14° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 016-2022-C.R/GOB.REG.TACNA, señala que: “Los Decretos Regionales (…) Son aprobados por el (la) Gobernador(a) Regional de Tacna con acuerdo del Directorio Gerencial Regional, y son publicados en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la región e incluidos en el portal electrónico del Gobierno Regional; asimismo, podrán ser publicados en el diario oficial “El Peruano” cuando el caso lo amerite y se precise expresamente en el decreto
regional.”

Que, en mérito a lo expuesto, de acuerdo con la Opinión Legal N° 2469-2025-GRAJ/GOB.REG.TACNA y de conformidad a la normatividad vigente aplicable al presente procedimiento, corresponde proceder a la aprobación del REGLAMENTO INTERNO DEL GRUPO TÉCNICO REGIONAL PARA EL PROCESO DE ELABORACIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACIÓN, DEGRADACIÓN DE LA TIERRA Y SEQUÍA AL 2050.

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444- Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, con la visación de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y la Sub Gerencia de Modernización Institucional;

DECRETA:

Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO INTERNO DEL GRUPO TÉCNICO REGIONAL PARA EL PROCESO DE ELABORACIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACIÓN, DEGRADACIÓN DE LA TIERRA Y SEQUÍA AL 2050, que, como Anexo forma parte del presente Decreto Regional.

Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional se encargue de la publicación del presente Decreto Regional en el portal electrónico de la institución.

Artículo Tercero.- NOTIFICAR el presente Decreto Regional a las áreas pertinentes del Gobierno Regional de Tacna, conforme a lo prescrito por Ley para su cumplimiento.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

LUIS RAMÓN TORRES ROBLEDO

Gobernador Regional

NOTA: El Gobierno Regional de Tacna precisa que el anexo del Decreto Regional se podrá visualizar en el Portal Institucional (https://www.gob.pe/regiontacna).

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