Crean el “Sello: Empresa Laboral y Socialmente Responsable”
resolución ministerial
N° 053-2026-TR
Lima, 18 de febrero de 2026
VISTOS: El Memorándum N° 000306-2026-MTPE/2 y el Memorándum N° 000141-2026-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; la Hoja de Elevación N° 000264-2026-MTPE/2/14 y la Hoja de Elevación N° 000166-2026-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo; la Hoja de Elevación N° 000915-2026-MTPE/2/14.3 y el Informe N° 001-2026-MTPE/2/14.3/ELL de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos Laborales y Responsabilidad Social Empresarial Laboral de la Dirección General de Trabajo; el Memorándum N° 000167-2026-MTPE/4/9 y el Memorándum N° 000146-2026-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000021-2026-MTPE/4/8-DPF y la Hoja de Elevación N° 000164-2026-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Perú como miembro fundador de Naciones Unidas, es un constante promotor del derecho internacional, el multilateralismo, la seguridad colectiva y los derechos humanos, y promueve el diálogo social para la creación de una ciudadanía corporativa global, como proceso fundamental hacia el cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, teniendo como reto principal el compromiso común y universal de aplicación de metas a nivel nacional con el Objetivo 8: “Trabajo decente y crecimiento económico para la población económicamente activa”;
Que, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, mediante la Resolución 17/4 de fecha 16 de junio de 2011, aprueba los “Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos”, los mismos que están organizados en tres pilares: i) Proteger los derechos humanos, como obligación de los Estados; ii) Respetar los derechos humanos, como responsabilidad de las empresas; y, iii) Remediar los daños causados por las violaciones a los derechos humanos. Dichos principios deben entenderse como un todo coherente en términos del objetivo consistente en mejorar las normas y prácticas respecto a las empresas y los derechos humanos, a fin de obtener resultados tangibles para las personas y contribuir de ese modo a una globalización socialmente sostenible;
Que, el Estado Peruano ha suscrito Tratados de Libre Comercio con Estados Unidos, Canadá y la Unión Europea, siendo que tales adhesiones otorgan legitimidad a los estándares dirigidos a garantizar y promover las buenas prácticas laborales y la responsabilidad social empresarial;
Que, el numeral 7.8 del artículo 7 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece que es función exclusiva del referido Ministerio, promover normas y estándares nacionales de responsabilidad social empresarial en materia laboral;
Que, el Decreto Supremo N° 203-2024-EF aprueba la actualización del Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2024-2030, el cual, en su Objetivo Prioritario 5 y Medida de política 5.1, contempla la creación de un sello que incentive a las empresas a promover la formalización laboral y la implementación de experiencias de responsabilidad social empresarial, correspondiendo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la implementación del referido hito mediante Resolución Ministerial;
Que, la Política Nacional del Empleo Decente, aprobada por Decreto Supremo N° 013-2021-TR, determina su cumplimiento obligatorio para todas las entidades de la Administración Pública, al igual que para el sector privado y la sociedad civil; asimismo, precisa que la conducción de la citada Política está a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a implementarse a través del Plan Estratégico Sectorial Multianual, el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, siendo que se contempla como objetivos prioritarios ampliar el acceso a la protección social, derechos y beneficios de los trabajadores, con el servicio de certificación de las empresas que cumplan las regulaciones laborales, para lo cual se hace necesario la autorización de un sello o reconocimiento de distinción por el cumplimiento de las regulaciones laborales;
Que, la propuesta de creación del “Sello: Empresa Laboral y Socialmente Responsable” se articula a la Actividad Operativa “AOI00015400118: Promoción de la Responsabilidad Social Empresarial Laboral”, vinculada al Centro de Costo “Dirección de Prevención y Solución de Conflictos Laborales y Responsabilidad Social Empresarial Laboral” de la Unidad Ejecutora 001: MTPE - OGA, contenida en el Plan Operativo Institucional 2026, aprobado por Resolución Ministerial N° 206-2025-TR;
Que, en ese orden, resulta pertinente la creación del “Sello: Empresa Laboral y Socialmente Responsable”, al ser relevante la necesidad de promover el cumplimiento de las normas y la guía de responsabilidad social ISO 26000 por medio de la acreditación de las empresas que implementan prácticas laborales en el marco del trabajo decente y contribuyen a disminuir la informalidad laboral en nuestro país, buscando así mejorar las condiciones de trabajo mediante incentivos por parte del Estado hacia los empleadores;
Con la visación del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Secretaría General, de la Dirección General de Trabajo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, actualizado por Resolución Ministerial N° 194-2024-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Creación del “Sello: Empresa Laboral y Socialmente Responsable”
Crear el “Sello: Empresa Laboral y Socialmente Responsable”, como reconocimiento distintivo otorgado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas que, de manera voluntaria, acrediten el cumplimiento de la normativa laboral vigente y la implementación de buenas prácticas de responsabilidad social empresarial laboral, orientadas a la mejora de las condiciones de trabajo y la promoción del empleo decente.
Artículo 2.- Aprobación de los Lineamientos para la acreditación del “Sello: Empresa Laboral y Socialmente Responsable”
Aprobar los Lineamientos N° 001-2026-MTPE/2/14.3 - Lineamientos para la acreditación del “Sello: Empresa Laboral y Socialmente Responsable”, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Secretaría Técnica del “Sello: Empresa Laboral y Socialmente Responsable”
Encargar a la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos Laborales y Responsabilidad Social Empresarial Laboral de la Dirección General de Trabajo, la Secretaría Técnica del “Sello: Empresa Laboral y Socialmente Responsable”, encargada de conducir, orientar y supervisar el cumplimiento de los Lineamientos para la acreditación del referido Sello, aprobados en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, así como de absolver consultas sobre aspectos no contemplados en los mencionados Lineamientos.
Artículo 4.- Financiamiento del “Sello: Empresa Laboral y Socialmente Responsable”
Financiar el “Sello: Empresa Laboral y Socialmente Responsable” con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cautelando los principios de responsabilidad fiscal y de sostenibilidad financiera.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÓSCAR FAUSTO FERNÁNDEZ CÁCERES
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
2488575-1