Disponen la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica la Resolución Ministerial N° 031-2023-MINAM y aprueba el Texto Integrado de los “Lineamientos para la incorporación de la información ambiental en la plataforma digital del Sistema Nacional de Información Ambiental – Sinia”, incluyendo el Texto Integrado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº D000035-2026-MINAM-DM
Magdalena del Mar, 17 de febrero del 2026
VISTOS; los Informes N° D000016-2026-MINAM-VMGA-DGECIA-DIIIA y N° D000017-2026-MINAM-VMGA-DGECIA-DIIIA de la Dirección de Información, Investigación e Innovación Ambiental; los Memorandos N° D000094-2026-MINAM-VMGA-DGECIA y N° D000103-2026-MINAM-VMGA-DGECIA de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; el Memorando N° D000310-2026-MINAM-VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° D000069-2026-MINAM-SG-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Memorando N° D000172-2026-MINAM-SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° D000107-2026-MINAM-SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 28245, Ley marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, establece que este sistema tiene por finalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones destinados a la protección del ambiente y contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales;
Que, con Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;
Que, de acuerdo al literal f) del artículo 7 del citado Decreto Legislativo, el Ministerio del Ambiente tiene la función específica de dirigir el Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA);
Que, mediante Decreto Supremo N° 097-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba la relación y calificación de los Sistemas Funcionales, se establece que el SINIA es un Sistema Funcional cuyo ente rector es el Ministerio del Ambiente;
Que, el artículo 35 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, prescribe que el SINIA constituye una red de integración tecnológica, institucional y técnica para facilitar la sistematización, acceso y distribución de la información ambiental, así como el uso e intercambio de información para los procesos de toma de decisiones y de la gestión ambiental; asimismo, señala que la Autoridad Ambiental Nacional administra el SINIA, a su solicitud, o de conformidad con lo establecido en las normas legales vigentes, las instituciones públicas generadoras de información, de nivel nacional, regional y local, están obligadas a brindarle la información relevante para el SINIA, sin perjuicio de la información que está protegida por normas especiales;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Sistema Nacional de Información – SINIA, aprobado por Decreto Supremo N° 034-2021-MINAM, dispone que, el Ministerio del Ambiente, mediante Resolución Ministerial, en coordinación con los sectores correspondientes, aprueba los lineamientos para la incorporación automatizada y semi automatizada de la información ambiental en la plataforma digital del SINIA, precisando que dichos lineamientos son elaborados atendiendo los estándares de interoperabilidad e intercambio de información establecidos por la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 031-2023-MINAM se aprobaron los “Lineamientos para la incorporación de la información ambiental en la plataforma digital del Sistema Nacional de Información Ambiental – Sinia”, como un documento técnico que contiene el conjunto de procedimientos y orientaciones técnicas dirigidas a las entidades que generan o poseen información ambiental a fin de permitir una adecuada incorporación y uso de la información ambiental a través de la plataforma digital del SINIA;
Que, de otro lado, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM determina que, los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados;
Que, de igual modo, el numeral 19.1 del artículo 19 y el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, señalan que, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; por un plazo no menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario;
Que, en virtud de lo dispuesto en los literales g) y h) del artículo 111 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental es el órgano de línea que tiene entre sus funciones, dirigir y supervisar el SINIA, así como proponer instrumentos y metodologías sobre los flujos, intercambio, integralidad, interoperabilidad, entre otros, de la información ambiental en el marco del SINIA, en coordinación con las entidades competentes;
Que, en ese contexto, la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental a través de los Informes N° D000016-2026-MINAM-VMGA-DGECIA-DIIIA y N° D000017-2026-MINAM-VMGA-DGECIA-DIIIA, sustenta y propone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica la Resolución Ministerial N° 031-2023-MINAM y aprueba el Texto Integrado de los “Lineamientos para la incorporación de la información ambiental en la plataforma digital del Sistema Nacional de Información Ambiental – Sinia”, a fin de que sean puestas en conocimiento del público para recibir los comentarios, aportes u opiniones de los interesados;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 28245, Ley marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 034-2021-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Información Ambiental – SINIA; el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; y la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica la Resolución Ministerial N° 031-2023-MINAM y aprueba el Texto Integrado de los “Lineamientos para la incorporación de la información ambiental en la plataforma digital del Sistema Nacional de Información Ambiental – Sinia”, incluyendo el Texto Integrado como parte integrante de la publicación.
Dicha publicación se realiza en la sede digital del Ministerio del Ambiente (https://www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam) para recibir los comentarios, aportes u opiniones de los interesados por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.
Artículo 2.- Los comentarios, aportes u opiniones sobre los documentos señalados en el artículo precedente, deben ser remitidos por escrito, al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada N° 425, primer piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima o a la dirección electrónica lineamientos@minam.gob.pe; siendo la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental, la encargada de su recepción, sistematización y análisis
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Miguel Angel Espichán Mariñas
Ministro del Ambiente
2487948-1