Autorizan la organización de una Empresa de Créditos bajo la denominación social de BK Empresa de Créditos S.A.
RESOLUCIÓN SBS N° 00386-2026
Lima, 6 de febrero de 2026
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (A.I.)
VISTA:
La solicitud de fecha 06.10.2025 presentada por BK PERÚ S.A.C., representada por el señor César Aníbal Segura Quintanilla, identificado con DNI 40575003; y su accionista organizador BK SpA, sociedad por acciones constituida en la República de Chile, debidamente representada por el señor Paul Abogabir Méndez, identificado con pasaporte chileno N° P20337202, para que se les autorice la organización de una Empresa de Créditos, bajo la denominación social de “BK Empresa de Créditos S.A.”, y;
CONSIDERANDO:
Que, BK PERÚ S.A.C. es una Empresa de Arrendamiento Financiero no comprendida en el ámbito de aplicación de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias (en adelante, la Ley General), perteneciente al Grupo empresarial BICECORP S.A., e inscrita en el Registro de esta Institución, según la constancia remitida mediante el Oficio N° 59383-2023-SBS;
Que, como consecuencia de la integración entre el Grupo empresarial de BICECORP S.A. y el Grupo Security en Chile, se adquirió una participación significativa en la empresa aseguradora peruana PROTECTA S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros en el Perú, la misma que fue aprobada mediante la Resolución SBS N° 01922-2024 de fecha 22.05.2024, dando como resultado que BK PERÚ S.A.C. pase a formar parte de un conglomerado mixto;
Que, debido a esta nueva composición accionarial corresponde la exclusión de BK PERÚ S.A.C. del Registro de esta Superintendencia y su inmediata adecuación a las disposiciones que regulan a las empresas de arrendamiento financiero comprendidas en el ámbito de la Ley General, conforme a lo dispuesto en el numeral 2.1 del artículo 2 en concordancia con el artículo 4 del Reglamento de Empresas de Arrendamiento Financiero, aprobado mediante la Resolución SBS N° 2413-2020 y sus modificatorias;
Que, con fecha 07.10.2025, la Junta General de Accionistas de BK PERÚ S.A.C. formalizó el aumento de capital social de la suma de S/ 19,250,000.00 (diecinueve millones doscientos cincuenta mil y 00/100 Soles) a S/ 54,750,000.00 (cincuenta y cuatro millones setecientos cincuenta mil y 00/100 Soles). Como consecuencia, el capital social queda representado por 54,750,000 acciones comunes con un valor nominal de S/ 1.00 cada una, íntegramente suscritas y pagadas, cumpliendo así con el capital mínimo regulatorio, conforme a lo dispuesto en los artículos 16 y 18 de la Ley General.
Que, en la sesión de la Junta Universal de Accionistas de BK PERÚ S.A.C., celebrada el 23.12.2025, se formalizó el acuerdo de adecuación societaria de la referida empresa a una sociedad anónima, adoptando la nueva denominación social “BK Empresa de Créditos S.A.;
Que, la composición accionarial de BK Empresa de Créditos S.A. está integrada por las empresas BK SpA, (50.1%), Compañía de inversiones BICE CHILECONSULT S.A. (24.95%) y DIVEIMPORT S.A. (24.95%);
Que, el proyecto de modificación del estatuto social de la empresa ha sido redactado de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia;
Que, BK SpA, Compañía de inversiones BICE CHILECONSULT S.A. y DIVEIMPORT S.A. presentaron la información requerida por el Procedimiento N° 1A del Texto Único de Procedimientos Administrativos (en adelante, el TUPA) de esta Superintendencia, aprobado por la Resolución SBS N° 1581-2023 y sus modificatorias, la misma que se encontró conforme luego de su evaluación;
Con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Regulación y Jurídica, así como de las Gerencias de Riesgos, Estudios Económicos y Conducta de Mercado e Inclusión Financiera;
Contando con la opinión favorable del Banco Central de Reserva del Perú, remitida mediante la Carta N° 0002-2026-FIN100-N de fecha 23.01.2026;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley General; el Reglamento de Autorización de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado por la Resolución SBS N° 211-2021 y sus modificatorias; y el Procedimiento N° 1A del TUPA esta Superintendencia; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349 de la citada Ley General;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la organización de una Empresa de Créditos bajo la denominación social de BK Empresa de Créditos S.A., para lo cual se aprueba el proyecto de minuta presentado para tal efecto por el organizador, que se devuelve debidamente autenticada con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública, debiendo insertarse el Certificado de Autorización al que se refiere el tercer artículo de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Para la autorización de funcionamiento de BK Empresa de Créditos S.A. en organización, se deberá cumplir dentro del plazo de ley, con las exigencias establecidas en el Capítulo III del Reglamento de Autorización de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, y otros requerimientos establecidos por esta Superintendencia, los cuales deberán ser comunicados por escrito por el organizador, para efectos de las comprobaciones correspondientes.
Artículo Tercero.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorización de Organización, el que deberá ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE DAMASO MOGROVEJO GONZALEZ
Superintendente de Banca, Seguros y AFP (a.i.)
2486956-1