Dan por concluida la designación de fiscal supremo titular en la Primera Fiscalía Suprema Penal
Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 381-2026-MP-FN
Lima, 10 de febrero de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 076-2026-P/JNJ, de fecha 28 de enero de 2026, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 018-2026-PLENO-JNJ, de fecha 26 de enero de 2026, el oficio Nº 081-2026-DER/JNJ, de fecha 5 de febrero de 2026, los proveídos Nºs. 005105 y 006247-2026-MP-FN-SEGFIN, de fechas 30 de enero y 5 de febrero de 2026, respectivamente, y el informe Nº 010-2026-MP-FN-OREF-MVCQ, de fecha 6 de febrero de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 1125-2005-CNM, actualmente Junta Nacional de Justicia, de fecha 11 de noviembre de 2005, se nombró al abogado Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, como fiscal supremo.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2958-2025-MP-FN, de fecha 22 de septiembre de 2025, se resolvió designar al abogado Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, fiscal supremo titular, en la Primera Fiscalía Suprema Penal.
Con el oficio Nº 076-2026-P/JNJ, de fecha 28 de enero de 2026, cursado por la señora María Teresa Cabrera Vega, presidenta de la Junta Nacional de Justicia, recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 29 de enero de 2026, se remite copias certificadas de la resolución de vistos por la cual se resuelve no ratificar al abogado Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, en el cargo de fiscal supremo.
A través del oficio Nº 081-2026-DER/JNJ, de fecha 5 de febrero de 2026, la señora Norma Luz Gutiérrez Vega, directora de la Dirección de Evaluación Integral y Ratificación de la Junta Nacional de Justicia, remite copia de la cédula de notificación de la resolución de vistos dirigida a la casilla electrónica del abogado Pablo Wilfredo Sánchez Velarde con fecha 29 de enero de 2026, así como la constancia de notificación de la referida resolución; y, el acuse de recibo de dicha notificación del citado abogado, de fecha 30 de enero de 2026 a horas 10:03:07.
Sobre el particular, el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, Ley Nº 30916, señala que “El juez o fiscal no ratificado cesa en el cargo a partir del día siguiente de notificada la resolución. Se puede solicitar la reconsideración dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución. La solicitud de reconsideración no suspende la ejecución de la decisión. (...)”.
Mediante la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 260-2020-JNJ, de fecha 9 de diciembre de 2020, se aprobó el Reglamento de Procedimiento de Evaluación Integral y Ratificación de Jueces y Juezas del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público.
El artículo 66 del Texto Único Ordenado (T.U.O.) del Reglamento del Procedimiento de Evaluación Integral y Ratificación de Jueces y Juezas del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público aprobado por Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 447-2023-JNJ de fecha 23 de mayo de 2023, señala que “La resolución es puesta en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema y de la Presidencia de la Corte Superior respectiva, o del (de la) fiscal de la nación y de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores respectiva para los fines de su competencia” y “El juez o fiscal no ratificado cesa en el cargo a partir del día siguiente de notificada la resolución”.
El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
En tal sentido, conforme al marco normativo antes citado y en virtud a lo descrito en el cuarto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, así como estando al informe Nº 010-2026-MP-FN-OREF-MVCQ, de fecha 6 de febrero de 2026, se tiene que el acuse de recibo de la notificación de la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 018-2026-PLENO-JNJ al abogado Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, fiscal supremo titular, data de fecha 30 de enero de 2026; en tal sentido, corresponde emitir el acto resolutivo respectivo a través del cual se concluya con eficacia anticipada, a partir del 31 de enero de 2026, su designación en la Primera Fiscalía Suprema Penal -dispuesta mediante la resolución citada en el segundo párrafo-.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida, con eficacia anticipada, a partir del 31 de enero de 2026, la designación del abogado Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, fiscal supremo titular, en la Primera Fiscalía Suprema Penal, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2958-2025-MP-FN, de fecha 22 de septiembre de 2025.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Pablo Wilfredo Sánchez Velarde que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Primera Fiscalía Suprema Penal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación (i)
2485707-6