Aprueban el Plan de Medios de la campaña comunicacional “Elección de Presidente, Vicepresidentes, Senadores y Diputados del Congreso de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino 2026”, versión 00
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000022-2026-JN/ONPE
Lima, 9 de febrero de 2026
VISTOS: El Informe N° 000019-2026-GIEE/ONPE de la Gerencia de Información y Educación Electoral; el Memorando N° 000202-2026-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000065-2026-SGPL-GPP/ONPE de la Sub Gerencia de Planeamiento de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 000008-2026-SGPR-GPP/ONPE de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Proveído N° 000471-2026-GG/ONPE de la Gerencia General; así como el Informe N° 000070-2026-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo que tiene como función primordial garantizar la fiel y libre expresión de la voluntad popular manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otras consultas populares a su cargo, siendo la autoridad máxima en su organización y ejecución, de conformidad con la Ley N° 26487;
Mediante Decreto Supremo N° 039-2025-PCM, se convocó a Elecciones Generales el día domingo 12 de abril del año 2026, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de senadores y diputados del Congreso de la República y de representantes peruanos ante el Parlamento Andino;
El artículo 3° la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal, establece que, bajo responsabilidad del titular del pliego, para la autorización de la realización de publicidad estatal se deberá contar con una: “c) Propuesta y justificación técnica de la selección de medios de difusión de acuerdo con el público objetivo y la finalidad que se quiere lograr, la cobertura, duración de la campaña, equilibrio informativo, impacto, localidad de los medios y la obligatoriedad de la vigencia de autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en caso corresponda al tipo de medio. Deberá sustentarse técnicamente la razón por la que una determinada entidad o dependencia eligió a determinados medios de manera preferente, para no dar lugar a situaciones que privilegien injustificadamente a empresas periodísticas determinadas. d) Proyecto de presupuesto para llevar a cabo las acciones comprendidas en las campañas”;
Por su parte, el literal h) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE, concordado con el literal l) del artículo 7 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ONPE, establece que la ONPE tiene como función divulgar por todos los medios de publicidad que juzgue necesarios, los fines, procedimientos y formas del acto de la elección y de los procesos a su cargo;
Mediante la Resolución Jefatural N° 000015-2026-JN/ONPE se aprobó el “Plan de Estrategia Publicitaria 2026”, versión 00 que establece estrategias comunicacionales que permiten informar, difundir y sensibilizar a los ciudadanos en las actividades más relevantes enmarcadas en las Elecciones Generales 2026;
En ese marco normativo, mediante el informe de vistos, la Gerencia de Información y Educación Electoral remite el Plan de Medios de la campaña comunicacional “Elección de Presidente, Vicepresidentes, Senadores y Diputados del Congreso de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino 2026”, versión 00, cuyo objetivo es convocar y motivar de manera precisa, oportuna y eficiente, la participación de los electores y miembros de mesa en el marco de las EG 2026. De la misma forma, propiciar y motivar la reflexión sobre un voto consciente y responsable, respetando los resultados. Asimismo, motivar a la ciudadanía a informarse oportunamente sobre el proceso electoral Elecciones Generales 2026;
Por su parte, con los documentos de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y las Sub Gerencias de Planeamiento y de Presupuesto de la citada Gerencia, emiten opinión favorable a la aprobación del Plan de Medios citado, toda vez que se encuentra alineado al Plan de Estrategia Publicitaria 2026, versión 00 y, cuenta con el marco presupuestal correspondiente para su ejecución, por el monto de S/ 11,749,998.15, cuyo periodo de ejecución se extiende del 9 de marzo y el 12 de abril del 2026;
De conformidad con la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal; el literal h) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE; el literal s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ONPE y la Resolución Jefatural N° 000018-2026-JN/ONPE;
Con los vistos de la Gerencia General, la Secretaría General y las Gerencias de Asesoría Jurídica, Planeamiento y Presupuesto, e Información y Educación Electoral;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Medios de la campaña comunicacional “Elección de Presidente, Vicepresidentes, Senadores y Diputados del Congreso de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino 2026”, versión 00, contenido en el siguiente enlace: EG 2026 PLAN DE MEDIOS 4feb1500 (1).xlsx
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Información y Educación Electoral la coordinación y supervisión del cumplimiento del Plan aprobado en el artículo precedente.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en la web oficial ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y en el Portal de www.gob.pe/onpe Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO
Jefe (e)
2485298-1