Prorrogan periodo de vigencia de Grupo de Trabajo Sectorial creado mediante R.M. N° 0037-2024-JUS, específicamente de las Mesas de Trabajo que actualizan y elaboran los anteproyectos del Código Civil y la Ley General de Sociedades.
RESOLUCIÓN ministerial
N° 057-2026-JUS
Lima, 9 de febrero de 2026
VISTOS, el Informe N° 003-2026-JUS/DGDNCR, de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; el Informe N° 003-2026-JUS/OGPM-OOM, de la Oficina de Organización y Modernización; el Memorando N° 090-2026-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000038-2026-PCM-SSAP, de la Subsecretaría de Administración Pública; el Oficio N° D000120-2026-PCM-SGP, de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, el Informe N° 0108-2026-JUS/OGAJ y el Memorando N° 87-2026-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0037-2024-JUS, de fecha 15 de febrero de 2024, se crea el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el objeto de realizar un estudio situacional de los proyectos normativos que proponen modificaciones al Código Procesal Civil, Código Civil, Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo y la Ley General de Sociedades, generados por los Grupos de Trabajo creados por las Resoluciones Ministeriales N° 0299-2016-JUS, N° 0300-2016-JUS, N° 0104-2017-JUS y N° 0108-2017-JUS, respectivamente; así como, de elaborar la propuesta de actualización de dichos proyectos normativos, de ser el caso;
Que, de conformidad con el artículo 4 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo Sectorial se organiza en Mesas de Trabajo por cada uno de los proyectos normativos referidos en el considerando anterior;
Que, según el artículo 11 de la mencionada resolución, el Grupo de Trabajo Sectorial tiene una vigencia de seis (6) meses, contados a partir del día hábil siguiente a su instalación, pudiendo prorrogarse por períodos similares, mediante Resolución Ministerial, según acuerde el Grupo de Trabajo Sectorial, en función al cumplimiento de su objeto;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0213-2024-JUS, de fecha 15 de agosto de 2024, se prorroga el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial por seis (6) meses adicionales contados a partir del 27 de agosto de 2024;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0054-2025-JUS, de fecha 07 de febrero de 2025, se prorroga el período de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial por seis (6) meses adicionales, contados a partir del 28 de febrero de 2025;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0287-2025-JUS, de fecha 22 de agosto de 2025, se prorroga el periodo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial hasta el 25 de febrero de 2026, específicamente de las Mesas de Trabajo que elaboran el anteproyecto normativo del Código Civil y la Ley General de Sociedades;
Que, el numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, establece que, en el caso de los grupos de trabajo con una vigencia mayor a dos (2) años, su creación requiere de la opinión técnica previa de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, mediante el Informe N° 003-2026-JUS/DGDNCR, de fecha 13 de enero de 2026, la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria informa al Despacho Viceministerial de Justicia que resulta necesario ampliar la vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial, con la finalidad de culminar la elaboración de las propuestas normativas de actualización de los anteproyectos del Código Civil y la Ley General de Sociedades, recomendando gestionar la documentación correspondiente para prorrogar el periodo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial por un plazo de seis (6) meses;
Que, mediante Memorando N° 090-2026-JUS/OGPM, de fecha 15 de enero de 2026, que adjunta el Informe N° 003-2026-JUS/OGPM-OOM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización considera técnicamente viable continuar con el trámite de aprobación de la prórroga de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial creado por la Resolución Ministerial N° 0037-2024-JUS, por el plazo de seis (06) meses, contados desde el 26 de febrero de 2026 hasta el 25 de agosto de 2026;
Que, con Informe N° 0108-2026-JUS/OGAJ, de fecha 16 de enero de 2026, la Oficina General de Asesoría Jurídica encuentra legalmente viable la propuesta de prórroga de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, correspondiendo previamente gestionar la opinión técnica favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, mediante Oficio N° 272-2026-JUS/SG, de fecha 21 de enero de 2026, la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicita a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, emitir opinión técnica respecto a la propuesta de prórroga de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal creado por Resolución Ministerial N° 0037-2024-JUS;
Que, con Oficio N° D000120-2026-PCM-SGP de fecha 26 de enero de 2026, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, remite el Informe N° D000038-2026-PCM-SSAP de la Subsecretaría de Administración Pública, que considera viable la propuesta de prórroga de la vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial creado por Resolución Ministerial N° 0037-2024-JUS, por seis (6) meses, hasta el 25 de agosto de 2026;
Que, conforme al literal a) del párrafo 41.1 del artículo 41 del del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2025-PCM, la presente norma se considera excluida del alcance del AIR Ex Ante por la materia que comprende consistente en la creación de un Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Justicia; de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; y, los Lineamientos de Organización del Estado y modificatorias, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Prórroga de la vigencia
1.1. Se prorroga el período de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial creado mediante Resolución Ministerial N° 0037-2024-JUS por seis (6) meses, contados desde el 26 de febrero de 2026 hasta el 25 de agosto de 2026, específicamente de las Mesas de Trabajo que actualizan y elaboran los anteproyectos del Código Civil y la Ley General de Sociedades.
1.2. Cumplido el objeto de las Mesas de Trabajo que actualizan y elaboran los anteproyectos del Código Civil y la Ley General de Sociedades, se dan por concluidas las funciones de las mismas.
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER E. MARTINEZ LAURA
Ministro
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
2485063-1