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Fecha de publicación: 07/02/2026
Autorizan viaje de la Ministra de Economía y Finanzas a la República Italiana y encargan su Despacho al Ministro de Relaciones Exteriores

Aprueban incorporar Cuentas y Subcuentas al Plan Contable Gubernamental Corres-pondientes al Ejercicio Fiscal 2025

Resolución Directoral

N° 0002-2026-EF/51.01

Lima, 5 de febrero de 2026

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 5.1 y los incisos 1, 2 y 5 del numeral 5.2 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado por Decreto Supremo N° 057-2022-EF, la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, y tiene entre sus funciones, entre otras, ejercer la máxima autoridad técnico-normativa de dicho Sistema, emitir normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en las entidades del Sector Público; así como, elaborar la Cuenta General de la República y las Estadísticas de las Finanzas Públicas, procesando las rendiciones de cuentas remitidas por las entidades del Sector Público, de acuerdo a estándares internacionales vigentes;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del citado Texto Único Ordenado, establece que el Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos, mediante los cuales se ejecuta y evalúa el registro contable de los hechos económicos, financieros y patrimoniales del sector público, en armonía con la normativa contable internacional vigente;

Que, asimismo, el numeral 14.1 del artículo 14 del indicado Texto Único Ordenado, dispone que el registro contable es el acto que consiste en reconocer en la información financiera e información presupuestaria de la entidad del Sector Público, las transacciones y otros hechos económicos, de acuerdo con su naturaleza, en las cuentas del Plan Contable Gubernamental, aprobado por la Dirección General de Contabilidad Pública, sustentado con la respectiva documentación física o electrónica;

Que, el artículo 20 de la citada norma, establece que la Cuenta General de la República es el instrumento de gestión pública que contiene la información y análisis de los resultados financieros, presupuestarios, económicos, patrimoniales y de cumplimiento de metas e indicadores de gestión financiera, en la actuación de las entidades del Sector Público, sin excepción, durante un ejercicio fiscal; cuyos objetivos son, entre otros, proveer información para el planeamiento y la toma de decisiones, así como, facilitar el control y la fiscalización de la gestión pública;

Que, con la Resolución Directoral N° 003-2019-EF/51.01 se aprobó el Texto Ordenado del Plan Contable Gubernamental, que fuera aprobado con la Resolución Directoral N° 001-2018-EF/51.01; asimismo, con la Resolución Directoral N° 011-2020-EF/51.01; la Resolución Directoral N° 005-2021-EF/51.01; la Resolución Directoral N° 003-2022-EF/51.01; la Resolución Directoral N° 002-2023-EF/51.01; Resolución Directoral N° 002-2024-EF/51.01; y, la Resolución Directoral N° 0002-2025-EF/51.01, se efectuaron modificaciones al Plan Contable Gubernamental para su aplicación por las entidades del Sector Público;

Que, mediante Resolución Directoral N° 013-2023-EF/51.01, se aprobó la aplicación en el Perú de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), el Prólogo a las NICSP y el Marco Conceptual para la Información Financiera con Propósito General de las Entidades del Sector Público, de la edición 2022, en su versión en español, emitida por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSASB, por sus siglas en inglés), que forman parte del marco para la preparación de la información financiera en las entidades del sector público;

Que, con la Resolución Directoral N° 004-2024-EF/51.01 se aprobó la Directiva N° 001-2024-EF/51.01, “Directiva General para el proceso de Transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público”; bajo dicho marco, la Dirección General de Contabilidad Pública ha emitido instrumentos normativos para regular aspectos específicos sobre acciones administrativas y contables a ser llevadas a cabo por las entidades, con la finalidad de generar información financiera e información presupuestaria para la rendición de cuentas y toma de decisiones;

Que, a través de la Resolución Directoral N° 007-2024-EF/51.01 se aprobó el Instructivo N° 003-2024-EF/51.01 “Instructivo para la Presentación de la Información Financiera e Información Presupuestaria de las Entidades del Sector Público durante el proceso de transición al marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público”, modificado mediante la Resolución Directoral N° 0010-2025-EF/51.01, con la finalidad de reforzar la transparencia de la información financiera y la toma de decisiones;

Que, mediante la Resolución Directoral N° 0013-2025-EF/51.01 se aprobaron “Disposiciones para la aplicación del Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en la preparación de la Información Financiera”, en las cuales se establecen procedimientos que las entidades deben observar y que deben ser incluidos en el Plan Contable Gubernamental;

Que, asimismo, por la actualización de los clasificadores presupuestarios resulta necesario incorporar subcuentas al Plan Contable Gubernamental, con la finalidad de mejorar el procesamiento de las rendiciones de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República;

Que, por lo expuesto, se requiere la incorporación de cuentas y subcuentas en el Plan Contable Gubernamental del ejercicio 2025, para fines del registro contable de las transacciones y hechos económicos; así como, para la preparación y presentación de la información para la elaboración de la Cuenta General de la República y de las Estadísticas de las Finanzas Públicas;

De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 057-2022-EF; y, el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Apruébese la incorporación de cuentas y subcuentas contables en el Plan Contable Gubernamental, aplicadas en los registros contables de las transacciones y otros hechos económicos, de acuerdo con su naturaleza, correspondientes al ejercicio fiscal 2025 que, como Anexo, forma parte de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y su Anexo aprobado en el artículo 1, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR NUÑEZ DEL ARCO MENDOZA

Director General

Dirección General de Contabilidad Pública

2484633-1