Aprueban el Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios 2026
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0033-2026-MIDAGRI
Lima, 30 de enero de 2026
VISTOS:
El Memorando Nº 00044-2026-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA, el Informe Técnico Nº 002-2026-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-AOLS y la Nota de envío Nº 017-2026-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología; el Memorando Nº 0021-2026-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG de la Dirección General de Ganadería; y, el Informe Nº 0103-2026-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 2 del artículo 7 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego en el marco de sus competencias compartidas con los gobiernos regionales, gobiernos locales, organismos y entidades del Poder Ejecutivo, ejerce entre sus funciones promover la producción agraria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos agrarios nacionales a nuevos mercados; promover la organización de los productores agrarios, la identificación y estructuración de cadenas productivas y la gestión agraria basada en la calidad; promover el financiamiento del sector agrario y de riego, facilitando la articulación del circuito productivo y comercial agrario con el sistema financiero y de seguros y promover el desarrollo productivo y sostenible de los agentes agrarios de las zonas urbanas y rurales, fomentando la inserción de los pequeños y medianos productores agrarios en la economía nacional, todo ello en concordancia con la Política Nacional Agraria;
Que, con Decreto Supremo Nº 017-2021-MIDAGRI, se aprueba la Política Nacional Agraria que identifica como problema público el bajo nivel de desarrollo competitivo agrario, el cual será atendido mediante tres objetivos prioritarios, que responden al incremento del nivel de integración vertical de los productores agrarios en la cadena de valor, a la reducción de la proporción de los productores agrarios familiares en el nivel de subsistencia; y, a la mejora del manejo de los recursos naturales para la producción agraria sostenible;
Que, el artículo 89 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, establece que la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología (DGDAA) es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos agrícolas, su acceso al mercado nacional e internacional, el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos agrícolas, la oferta de productos agrícolas a nivel nacional con valor agregado, competitiva y sostenible, incluyendo la reconversión productiva y la sostenibilidad de los sistemas de producción agrícola en concordancia con la normativa vigente y en coordinación con los sectores e instituciones competentes en la materia; señalando el literal e) del artículo 90 como función de la citada Dirección General proponer la aprobación del Calendario Nacional de Ferias y Eventos, así como la oficialización de las ferias y eventos nacionales e internacionales no calendarizados, en el ámbito de su competencia;
Que, el artículo 91 del ROF establece que la Dirección General de Desarrollo Ganadero (DGDG) es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos ganaderos, su acceso al mercado nacional e internacional, así como promover la oferta de productos ganaderos a nivel nacional con valor agregado, competitiva y sostenible, incluyendo la reconversión productiva en concordancia con la normativa vigente y en coordinación con los sectores e instituciones competentes en la materia, teniendo entre sus funciones proponer la aprobación del Calendario Nacional de Ferias y Eventos, así como la oficialización de las ferias y eventos nacionales e internacionales no calendarizados, en el ámbito de sus competencias;
Que, de acuerdo al marco normativo señalado, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través de sus Direcciones Generales de Desarrollo Agrícola y Agroecología y de Desarrollo Ganadero, promueve la participación de las personas naturales y jurídicas vinculadas a la producción agraria mediante ferias y eventos agropecuarios, de acuerdo a lo regulado en los Lineamientos de alcance sectorial LI Nº 004-2023-MIDAGRI/DVDAFIR-DGDAA “Lineamientos para la organización de Ferias y Eventos Agropecuarios” Versión 01, aprobados por Resolución Ministerial Nº 0433-2023-MIDAGRI (en adelante Los Lineamientos);
Que, el numeral 7.5.1 del numeral 7.5 de Los Lineamientos indica que la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología consolida la información remitida por los Gobiernos Regionales y elabora la propuesta del Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios, luego de recibir el documento que compila las ferias y evento de naturaleza pecuaria que efectúa la Dirección General de Ganadería, y elabora la propuesta del calendario nacional de ferias y eventos agropecuarios;
Que, de acuerdo con los documentos de Visto, la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología remite el Informe Técnico Nº 002-2026-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-AOLS el mismo que cuenta con la conformidad de la citada Dirección General y de la Dirección General de Desarrollo Ganadero, en el cual se da cuenta que las Direcciones/Gerencias Regionales y Subdirecciones Regionales de Agricultura, han cumplido con enviar a la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología sus respectivos Calendarios Regionales de Ferias y Eventos Agropecuarios 2026 a desarrollarse en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a lo regulado en los Lineamientos; asimismo, señala que el Financiamiento de las Ferias y Eventos Agropecuarios a desarrollarse en el ámbito del territorio nacional, es competencia de los Gobiernos Regionales, de conformidad con lo dispuesto en el literal h) del artículo 51 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, del Director General de Desarrollo Agrícola y Agroecología, del Director General de Desarrollo Ganadero y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución Ministerial Nº 0433-2023-MIDAGRI, que aprueba los Lineamientos de alcance sectorial, LI Nº 004-2023-MIDAGRI/DVDAFIR-DGDAA “Lineamientos para la organización de Ferias y Eventos Agropecuarios” Versión 1; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Se aprueba el Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios 2026, contenido en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Se dispone que los Comités Organizadores de las Ferias y Eventos Agropecuarios que se consignan en el Anexo de la presente Resolución Ministerial, presenten al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; a la Dirección Regional/Gerencia Regional y a la Dirección Subregional de Agricultura de los Gobiernos Regionales, según corresponda, el informe técnico y balance económico documentado de la Feria o Evento Agropecuario, en un plazo no mayor a un (01) mes posterior a su clausura.
Artículo 3.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Vladimir Germán Cuno Salcedo
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2483140-1