Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a los Estados Unidos de América y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 018-2026-PCM
Lima, 30 de enero de 2026
VISTOS:
La Hoja de Trámite (GAB) Nº 110 del Despacho Ministerial, de 23 de enero de 2026; el Memorándum Nº OPP001772026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 26 de enero de 2026, que otorga certificación presupuestal al presente viaje; el Memorándum Nº LEG001562026 de la Oficina General de Asuntos Legales, de 28 de enero de 2026; y, el Memorándum Nº OAP003582026 de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 28 de enero de 2026;
CONSIDERANDO:
Que, el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América ha extendido una invitación al señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores de la República del Perú, Embajador en el Servicio Diplomático de la República, HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTINEZ, para participar en la Reunión Ministerial sobre Minerales Críticos, que se llevará a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el 4 de febrero de 2026, la cual estará presidirá por el Secretario de Estado Marco Rubio;
Que, el Perú, por su dotación geológica, estabilidad macroeconómica y marco jurídico favorable a la inversión extranjera, se encuentra en una posición estratégica para contribuir de manera significativa a la seguridad y diversificación de las cadenas globales de suministro de minerales críticos, en un contexto internacional marcado por la creciente demanda asociada a la transición energética, la digitalización y el desarrollo tecnológico;
Que, el escenario internacional actual evidencia una creciente competencia por el acceso, procesamiento y aseguramiento de minerales críticos, los cuales se han convertido en insumos estratégicos para la seguridad económica y nacional de los Estados, por lo que resulta de especial relevancia para el Perú participar activamente en los espacios de diálogo y coordinación internacional que permitan anticipar tendencias, fortalecer alianzas y resguardar sus intereses estratégicos;
Que, la participación del Perú en espacios ministeriales de alto nivel sobre minerales críticos permite fortalecer su proyección internacional como socio confiable y responsable y consolidar su inserción en iniciativas de cooperación internacional sobre la materia, en línea con los intereses de desarrollo nacional;
Que, asimismo, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores de la República del Perú sostendrá reuniones bilaterales con otras autoridades del Poder Ejecutivo y Legislativo de los Estados Unidos de América, con el fin de continuar fortaleciendo la asociación estratégica bilateral, y estrechar la cooperación en materias de mutuo interés, las mismas que se realizarán en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el 5 de febrero de 2026;
Que, en ese sentido, resulta importante la presencia del señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores de la República del Perú, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, con el fin de participar en las mencionadas reuniones y posicionar a la República del Perú como un destino atractivo de inversiones en minerales críticos, así como para fortalecer la asociación estratégica bilateral y estrechar la cooperación con los Estados Unidos de América en materias de mutuo interés;
Que, por lo expuesto, resulta de interés nacional autorizar el viaje del señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República, HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTINEZ, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, para participar en la Reunión Ministerial sobre Minerales Críticos y en las reuniones bilaterales, a realizarse el 4 y 5 de febrero de 2026;
Que, por cuestiones de itinerario, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores viajará a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 3 al 6 de febrero de 2026;
Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure la misma, resulta necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas;
Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTINEZ, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 3 al 6 de febrero de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, son cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (314) 0083906 Conducción y asesoramiento de líneas de política exterior e institucional - Despacho Ministerial; y, Código POI AOI00004500085 “Garantizar permanentemente la Gestión del Despacho Ministerial”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
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Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos USD |
Viáticos por día USD |
Número de días |
Total de viáticos USD |
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HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTINEZ |
3 703.00 |
440.00 |
2 + 1 |
1 320.00 |
Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor ERNESTO JULIO ALVAREZ MIRANDA, Presidente del Consejo de Ministros, en tanto dure la ausencia del Titular.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ
Presidente de la República
ERNESTO JULIO ÁLVAREZ MIRANDA
Presidente del Consejo de Ministros
HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTÍNEZ
Ministro de Relaciones Exteriores
2482694-3