Autorizan ejecución de la “Encuesta Mensual del Índice de Precios de Productor” durante el año 2026
Resolución Jefatural
N° 025-2026-INEI
Lima, 27 de enero de 2026
Visto, el Oficio N° 000083-2026-INEI/DTIE de la Directora Técnica de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por los artículos 8 y 9 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, el INEI es el organismo central y rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene, entre sus funciones, producir y difundir los índices de precios al consumidor, así como, el comportamiento de las principales variables económicas del país;
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del INEI, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2001-PCM, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos es el órgano encargado de normar, coordinar, supervisar y evaluar la elaboración de los índices e indicadores de coyuntura a cargo de los órganos del sistema; así como de planear, ejecutar, supervisar y evaluar, los estudios e investigaciones orientados a la previsión del comportamiento de las principales variables económicas coyunturales, y de elaborar índices e indicadores macroeconómicos que no pueden ser ejecutados por dichos órganos;
Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, desde el año 2015, viene captando de forma continua información de precios a través de la “Encuesta Mensual del Índice de Precios de Productor”, dirigida a empresas productoras de bienes de los sectores Agropecuario y Pesca; Explotación de Minas y Canteras; e Industrias Manufactureras, ubicadas en el territorio nacional;
Que, mediante el documento de visto, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos solicita autorizar la ejecución de la “Encuesta Mensual del Índice de Precios de Productor” durante el año 2026, dirigida a las empresas ubicadas en el territorio nacional, adjuntando para tal efecto la ficha técnica y el formulario correspondiente; asimismo, traslada el Informe N° 011-2026-INEI/DTIE-DEIPRE-DOIP, emitido por la Dirección de Otros Indicadores de Precios de la Dirección Ejecutiva de Índices de Precios, mediante el cual se justifica y sustenta técnicamente la ejecución de la referida encuesta;
Que, la referida encuesta permitirá elaborar el Índice de Precios de Productor (IPP), que mide la variación de los precios de los bienes producidos y vendidos por los productores en el primer tramo de la comercialización de una canasta representativa de bienes nacionales, en un periodo determinado, con una cobertura a nivel nacional;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la ejecución de la “Encuesta Mensual del Índice de Precios de Productor” para el año 2026, aprobar el formulario y establecer el plazo para la remisión de la información, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo N° 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática;
Con la opinión técnica favorable de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta Mensual del Índice de Precios de Productor” durante el año 2026, dirigida a las empresas productoras de bienes pertenecientes a los sectores Agropecuario y Pesca; Explotación de Minas y Canteras; e Industrias Manufactureras, a nivel nacional, a cargo de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática.
Artículo 2.- Aprobar el formulario de la “Encuesta Mensual del Índice de Precios de Productor”, que, como anexo, forma parte de la presente Resolución Jefatural;
Artículo 3.- Disponer que la Dirección Técnica de Indicadores Económicos remita el formulario aprobado a las empresas seleccionadas para su diligenciamiento y posterior remisión al Instituto Nacional de Estadística e Informática, dentro de los diez (10) primeros días hábiles del mes siguiente al que corresponde la información.
Artículo 4.- Precisar que las personas naturales y jurídicas obligadas a proporcionar información estadística que incumplan con la devolución del formulario debidamente diligenciado dentro del plazo establecido serán pasibles de sanción, conforme a lo dispuesto en los artículos 87, 89, 90 y 91 del Decreto Supremo N° 043-2001-PCM.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Estadística e Informática (http://www.inei.gob.pe).
Regístrese y comuníquese.
GASPAR HUMBERTO MORÁN FLORES
Jefe
Instituto Nacional de Estadística e Informática
2481899-1