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Fecha de publicación: 27/01/2026
Encargan funciones de Jefe de la Autoridad Nacional de Infraestructura - ANIN

Autorizan viaje de la Ministra de Comercio Exterior y Turismo a la República de Panamá y encargan su Despacho al Ministro de la Producción

resolución suprema

N° 014-2026-PCM

Lima, 26 de enero de 2026

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; tiene la responsabilidad en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales; asimismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible;

Que, el 29 de enero de 2026, en la Ciudad de Panamá, República de Panamá, se realizará el Foro Económico Internacional América Latina y el Caribe 2026, organizado por el Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF), el Gobierno de Panamá, la Sociedad Nacional de Industrias y la Cámara de Comercio de Lima; que constituye el espacio de alto nivel que reúne a empresarios, líderes influyentes y tomadores de decisiones, para reflexionar sobre los desafíos económicos, comerciales y de inversiones más urgentes de la región, y construir, desde el diálogo, soluciones que impulsen el crecimiento, la inclusión y la competitividad;

Que, mediante la Carta PER-0166/2025 de fecha 18 de diciembre de 2025 y la Carta PER 0001/2026 de fecha 08 de enero de 2026, la CAF ha cursado invitación a la Ministra de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, para que participe en el Foro Económico Internacional América Latina y el Caribe 2026, que comprende la realización de la Mesa Técnica de Comercio denominada “Comercio en un mundo fragmentado: oportunidades para América Latina y el Caribe”, que busca identificar las oportunidades para facilitar el comercio y fortalecer la integración regional y global, contribuyendo a la competitividad de América Latina y el Caribe; y el Conversatorio de Alto Nivel “Perú: Destino de Inversiones Productivas”, en el que participará como panelista, el mismo que tiene como propósito promover un diálogo estratégico sobre la estabilidad macroeconómica y las oportunidades de inversión en el Perú;

Que, la participación de la Ministra de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, en la Mesa Técnica de Comercio y en el Conversatorio de Alto Nivel resulta importante por constituir una excelente oportunidad para exponer los logros y avances de la agenda comercial del Perú, dar a conocer la amplia red de acuerdos comerciales orientados a la facilitación del comercio y a la mejora de la eficiencia logística, así como garantizar la protección de las inversiones, entre otros aspectos;

Que, por lo expuesto, resulta de interés nacional autorizar el viaje de la señora TERESA STELLA MERA GOMEZ, Ministra de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, para que asista al referido evento, lo que contribuirá al logro de los objetivos prioritarios establecidos en la Política Nacional Multisectorial de Comercio Exterior al 2040, enfocados en profundizar el aprovechamiento de los acuerdos y oportunidades comerciales internacionales para las empresas en el país, fortalecer la oferta exportable de bienes y servicios de las empresas exportadoras y con potencial exportador y el fortalecimiento de los entornos colaborativos para el desarrollo de las actividades de las empresas de comercio exterior;

Que, el Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF) asumirá los gastos por concepto de pasajes aéreos y alojamiento, y los gastos por concepto de viáticos parciales serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el marco de las normas vigentes sobre la materia;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica;

Que, conforme al artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros se efectúa por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, a partir de la ausencia de la Titular, y en tanto dure ésta, resulta necesario encargar el Despacho de Comercio Exterior y Turismo;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora TERESA STELLA MERA GOMEZ, Ministra de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, a la Ciudad de Panamá, República de Panamá, del 28 al 30 de enero de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución Suprema son cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y apellidos

Zona Geográfica

Viáticos Parciales

(por día) US$

Total Viáticos US$

TERESA STELLA

MERA GÓMEZ

América Central

157,50 x 2

315,00

Artículo 3.- Encargar el Despacho de Comercio Exterior y Turismo al señor CESAR MANUEL QUISPE LUJAN, Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, en tanto dure la ausencia de la Titular.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ

Presidente de la República

ERNESTO JULIO ÁLVAREZ MIRANDA

Presidente del Consejo de Ministros

TERESA STELLA MERA GÓMEZ

Ministra de Comercio Exterior y Turismo

2480856-2