Decreto Supremo que incorpora una Disposición Complementaria Transitoria al Decreto Supremo N° 007-2025-RE, a fin de autorizar excepcionalmente la ampliación del plazo de permanencia en el exterior de los servidores sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276, durante el año 2026
DECRETO SUPREMO
Nº 006-2026-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 3 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, el sector Relaciones Exteriores está integrado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, conformado por la Cancillería, sus órganos desconcentrados en el Perú y los órganos del servicio exterior, compuesto por las embajadas, las representaciones permanentes ante organismos internacionales, las oficinas consulares, las delegaciones oficiales y las misiones especiales, así como la Agencia Peruana de Cooperación Internacional;
Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2025-RE se regulan las disposiciones aplicables al desplazamiento, en la modalidad de traslado al exterior, de los servidores del Ministerio de Relaciones Exteriores sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto Supremo dispone que el traslado al exterior de los servidores del Ministerio de Relaciones Exteriores bajo régimen del Decreto Legislativo N° 276 se efectúa por un período máximo de cinco (5) años;
Que, mediante Decreto Supremo N° 039-2025-PCM se convoca a Elecciones Generales el 12 de abril del año 2026, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los senadores y diputados del Congreso de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino; y, en caso de que ninguno de los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República obtuviese más de la mitad de los votos válidos, se procede a una segunda elección entre los dos (2) candidatos que hubiesen obtenido la votación más alta, para el 07 de junio de 2026;
Que, de conformidad con lo previsto en los artículos 224, 225 y 226 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero tienen derecho a votar en Elecciones Generales y consultas populares, que tienen lugar en la misma fecha señalada para las elecciones en el territorio de la República y se efectúan en el local de la Oficina Consular del Perú en el correspondiente país o donde señale el funcionario consular en caso de insuficiencia del local;
Que, teniendo en consideración que, a través del Decreto Supremo N° 039-2025-PCM, se convoca a Elecciones Generales para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, Senadores y Diputados del Congreso de la República y Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino, a realizarse el próximo 12 de abril de 2026, resulta pertinente adoptar una medida excepcional y temporal que asegure la continuidad operativa, administrativa y funcional de los órganos del servicio exterior, a través de una gestión adecuada de los recursos humanos con los que se cuenten para la organización y ejecución del citado proceso electoral;
Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario incorporar una Disposición Complementaria Transitoria en el Decreto Supremo N° 007-2025-RE que permita la ampliación del plazo máximo de permanencia de los servidores sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276 de la entidad, trasladados a prestar servicios en los órganos del servicio exterior;
Que, conforme al Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2025-PCM, la presente norma se encuentra en el supuesto de exclusión del AIR Ex Ante, al estar referido a disposiciones normativas emitidas en el desarrollo, funcionamiento e implementación de los sistemas administrativos del Estado, los cuales están señalados en el artículo 46 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como sus normas complementarias; tal como se señala en el literal i) del numeral 41.1 del artículo 41 del mencionado Reglamento;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en el inciso 3 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE; y, en el Estatuto del Servicio Administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 009-88-RE, y sus modificatorias;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
El presente Decreto Supremo tiene por objeto incorporar una Disposición Complementaria Transitoria al Decreto Supremo N° 007-2025-RE, que regula el desplazamiento, en la modalidad de traslado al exterior, de los servidores del Ministerio de Relaciones Exteriores sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público.
Artículo 2.- Incorporación de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 007-2025-RE, que regula el desplazamiento, en la modalidad de traslado al exterior, de los servidores del Ministerio de Relaciones Exteriores sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público
Se incorpora la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 007-2025-RE, que regula el desplazamiento, en la modalidad de traslado al exterior, de los servidores del Ministerio de Relaciones Exteriores sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, en los siguientes términos:
“DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
(…)
Cuarta.- Ampliación excepcional del plazo de permanencia en el exterior por apoyo a las Elecciones Generales 2026
Con la finalidad de garantizar el desempeño operativo, administrativo y funcional de los órganos del servicio exterior para las Elecciones Generales 2026, convocadas mediante Decreto Supremo N° 039-2025-PCM, el Ministerio de Relaciones Exteriores se encuentra autorizado a ampliar el plazo máximo de permanencia de los servidores sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, que a la fecha de publicación del presente decreto supremo se encuentren prestando servicios en sus órganos del servicio exterior.
La referida autorización de permanencia es de carácter excepcional y se otorga por única vez, teniendo como fecha máxima hasta el 30 de junio de 2026. Culminado dicho plazo de ampliación excepcional, corresponde disponer el retorno de cada servidor, conforme a las disposiciones previstas en el presente decreto supremo.”
Artículo 3.- Publicación
El presente Decreto Supremo es publicado en la sede digital del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil veintiséis.
JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ
Presidente de la República
HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTÍNEZ
Ministro de Relaciones Exteriores
2480856-1