Logo El Peruano
Fecha de publicación: 22/01/2026
Aprueban la “Guía para la elaboración o actualización de las Estrategias Regionales de Diversidad Biológica”

Aprueban precios de referencia y derechos variables adicionales a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF

RESOLUCIóN viceministerial

N° 002-2026-EF/15.01

Lima, 20 de enero de 2026

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se establece el Sistema de Franja de Precios a las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo;

Que, a través del Decreto Supremo N° 055-2016-EF se modifican los artículos 2, 4 y 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF, el numeral 3 del Anexo II y los numerales 1, 2 y 3 del Anexo III de dicha norma;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 338-2025-EF se actualizan las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar, Arroz y Lácteos que tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026;

Que, de acuerdo con el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF, mediante Resolución Viceministerial emitida por el Viceministro de Economía se publican los precios de referencia así como los derechos variables adicionales;

Que, en ese sentido, corresponde aprobar los precios de referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 31 de diciembre de 2025 y los derechos variables adicionales respectivos;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar los precios de referencia y los derechos variables adicionales a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF:

PRECIOS DE REFERENCIA Y DERECHOS

VARIABLES ADICIONALES

(DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF)

US$ por T.M.

Maíz

Azúcar

Arroz

Leche entera en polvo

Precios de Referencia

213

426

443

3 928

Derechos Variables Adicionales

0

105

139 (arroz cáscara)

199 (arroz pilado)

0

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GERARDO ARTURO LÓPEZ GONZALES

Viceministro de Economía

2479061-1