Aprueban precios de referencia y derechos variables adicionales a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF
RESOLUCIóN viceministerial
N° 002-2026-EF/15.01
Lima, 20 de enero de 2026
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se establece el Sistema de Franja de Precios a las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo;
Que, a través del Decreto Supremo N° 055-2016-EF se modifican los artículos 2, 4 y 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF, el numeral 3 del Anexo II y los numerales 1, 2 y 3 del Anexo III de dicha norma;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 338-2025-EF se actualizan las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar, Arroz y Lácteos que tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026;
Que, de acuerdo con el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF, mediante Resolución Viceministerial emitida por el Viceministro de Economía se publican los precios de referencia así como los derechos variables adicionales;
Que, en ese sentido, corresponde aprobar los precios de referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 31 de diciembre de 2025 y los derechos variables adicionales respectivos;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar los precios de referencia y los derechos variables adicionales a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF:
PRECIOS DE REFERENCIA Y DERECHOS
VARIABLES ADICIONALES
(DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF)
US$ por T.M.
|
Maíz |
Azúcar |
Arroz |
Leche entera en polvo |
|
Precios de Referencia |
213 |
426 |
443 |
3 928 |
|
Derechos Variables Adicionales |
0 |
105 |
139 (arroz cáscara) 199 (arroz pilado) |
0 |
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GERARDO ARTURO LÓPEZ GONZALES
Viceministro de Economía
2479061-1