Aprueban la repriorización de recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana
Resolución Ministerial
N° 0062-2026-IN
Lima, 20 de enero de 2026
VISTOS, el Memorando N° 000017-2026-IN-OGIN de la Oficina General de Infraestructura, el Informe N° 000014-2026-IN-OGPP-OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Hoja de Elevación N° 000031-2026-IN-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 000146-2026-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 052-2011 se constituye en el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Púbico (hoy, Dirección General del Tesoro Público) el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, cuyos recursos son de carácter intangible y permanente para ser destinados exclusivamente al financiamiento de actividades, proyectos y programas destinados a combatir la inseguridad ciudadana, cuya vigencia es permanente, de conformidad con lo dispuesto en la Centésima Trigésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;
Que, el artículo 3 del acotado Decreto de Urgencia señala que el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana cuenta con un Comité de Administración que asigna los recursos de acuerdo a los Planes de Seguridad Ciudadana aprobados en el marco de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2014-IN;
Que, el artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 052-2011 establece que el Comité de Administración está integrado por el Presidente del Consejo de Ministros o su representante, quien lo preside, el Ministro de Economía y Finanzas o su representante y el Ministro del Interior o su representante; y cuenta con una Secretaría Técnica a cargo del Ministerio del Interior;
Que, el literal b) del numeral 6.1 del artículo 6 del aludido Decreto de Urgencia dispone que el Ministerio del Interior, mediante Resolución Ministerial, establece las entidades, finalidad y montos correspondientes para que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Púbico, efectué directamente la asignación financiera correspondiente, con cargo a los citados recursos, a favor de la Unidad Ejecutora de Gobierno Nacional, Regional o Gobierno Local respectivo; por el monto que determine el Fondo Especial de Seguridad Ciudadana;
Que, a través del Decreto Supremo N° 007-2012-PCM se aprueban los Lineamientos para el Funcionamiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, en cuyo artículo 10 se establece que es función de los integrantes del Comité aprobar las actas de las sesiones que se lleven a cabo;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0035-2024-IN se aprueba la Directiva N° 001-2024-IN-OGPP-OPMI,“Lineamientos para la priorización, aprobación, asignación y ejecución de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana” en adelante la Directiva, cuya finalidad es garantizar que los recursos de dicho Fondo se transfieran a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales solicitantes, con criterios de eficiencia, equidad y transparencia, para su aplicación en inversiones, actividades y programas relativos a Seguridad Ciudadana;
Que, el numeral 7.4.1 de la Directiva dispone que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior, a través de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, eleva al Titular del Pliego la propuesta de priorización de inversiones a ser financiadas con recursos del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, el mismo que, de considerarlo conforme y en calidad de Secretaría Técnica del Comité de Administración del Fondo enviará a todos los miembros de dicho Comité la referida propuesta de priorización con los respectivos criterios sustentatorios y el proyecto de Acta de Sesión de Comité;
Que, el numeral 7.4.2 de la Directiva establece que una vez aprobada la lista de inversiones priorizadas por el Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior eleva, a través de la Secretaría General, el proyecto de Resolución Ministerial, propuesto por la Oficina de Presupuesto, en cuyo contenido se encuentran las referidas inversiones aprobadas por dicho Comité de Administración;
Que, el numeral 7.6.1 de la Directiva establece que las inversiones priorizadas previstas en la lista aprobada pueden ser modificadas, anuladas y/o repriorizadas teniendo en cuenta lo siguiente: (i) La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior, a propuesta de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), eleva a la Secretaría General la solicitud de modificación, anulación y/o reprogramación de inversiones, la misma que debe ser aprobada por el Titular del Pliego mediante resolución ministerial, para la elaboración de dicha propuesta la OPMI considera los criterios establecidos en la Ley de Presupuesto del Sector Público vigente, (ii) No se requerirá reunión del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana para la modificación, anulación y/o repriorización de inversiones financiadas con recursos del referido Fondo y (iii) La resolución ministerial que aprueba la modificación, anulación y/o repriorización de la lista priorizada de inversiones es puesta en conocimiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana;
Que, el numeral 8.5 de la Directiva señala que la modificación, anulación y/o repriorización de la lista priorizada de proyectos a que se refiere el numeral 7.4.2 de la Directiva alcanza a todas aquellas inversiones que cuenten con resolución de asignación de recursos;
Que, mediante el Memorando N° 000017-2026-IN-OGIN, la Oficina General de Infraestructura remite a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto el Informe N° 000010-2026-IN-OGIN-AP por el cual su Área de Presupuesto solicita la repriorización de los saldos del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana (FESC) a fin de asignar recursos a la inversión “Mejoramiento del Servicio Policial en el Marco de la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de las Comisarias de la Sectorial PNP Maynas de Yanashi, Indiana, Mazan, Santa Clotilde, Francisco de Orellana de la Región Policial Loreto”, con Código Único de Inversiones (CUI) N° 2167632, la misma que tiene déficit financiero por el monto de S/ 2 706 432,00 (DOS MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES);
Que, en aplicación de lo establecido en los numerales 7.6.1 y 8.5 de la Directiva, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe N° 000014-2026-IN-OGPP-OPMI, propone la repriorización de recursos del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana (FESC), por el importe de S/ 2 706 432,00 (DOS MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES) a favor de la inversión “Mejoramiento del Servicio Policial en el Marco de la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de las Comisarias de la Sectorial PNP Maynas de Yanashi, Indiana, Mazan, Santa Clotilde, Francisco de Orellana de la Región Policial Loreto”, con CUI N° 2167632;
Que, en el referido Informe N° 000014-2026-IN-OGPP-OPMI, se señala lo siguiente: “(…) Por lo expuesto y en aplicación a la Directiva N° 001-2024-IN-OGPP-OPMI, ‘Lineamientos para la Priorización, Aprobación, Asignación y Ejecución de los Recursos Provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana’, esta Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio del Interior propone la repriorización de la “Lista de Inversiones Priorizadas por el Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana” con fines de asignación de los recursos del Fondo en la fuente de financiamiento de Recursos Determinados por el importe de S/ 2,706,432.00 de los proyectos de inversión con CUI 2160780, 2167636, 2167628, 2269286, 2273584, 2250105, 2265480 y 2281844 a favor del proyecto de inversión ‘Mejoramiento del Servicio Policial en el Marco de la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de las Comisarias de la Sectorial PNP Maynas de Yanashi, Indiana, Mazan, Santa Clotilde, Francisco de Orellana de la Region Policial Loreto’, con CUI 2167632, con fines de adquirir 04 Deslizadores para las Comisarías PNP Yanashi, Comisaría PNP Indiana, Comisaría PNP Mazan y Comisaría PNP Santa Clotilde. (…)”;
Que, a través de la Hoja de Elevación N° 000031-2026-IN-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto solicita a la Secretaría General la aprobación de la repriorización de recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana por el importe total de S/ 2 706 432,00 (DOS MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES);
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 000146-2026-IN-OGAJ, teniendo en cuenta el pronunciamiento emitido por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, opina que resulta jurídicamente viable la tramitación de la Resolución Ministerial que aprueba la repriorización de recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana respecto del proyecto de inversión “Mejoramiento del Servicio Policial en el Marco de la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de las Comisarias de la Sectorial PNP Maynas de Yanashi, Indiana, Mazan, Santa Clotilde, Francisco de Orellana de la Región Policial Loreto”, con CUI N° 2167632;
Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 052-2011, que crea el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo N° 007-2012-PCM, que aprueba los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; la Directiva N° 001-2024-IN-OGPP-OPMI, “Lineamientos para la priorización, aprobación, asignación y ejecución de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 0035-2024-IN; y la Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de organización y Funciones del Ministerio del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Repriorización de Recursos
Aprobar la repriorización de recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana por el importe total de S/ 2 706 432,00 (DOS MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES), de conformidad con el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos asignados por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados a fines distintos para las cuales son repriorizados, bajo responsabilidad.
Artículo 3.- Presentación de la Resolución
Copia de la presente Resolución se presenta, dentro de los cinco (5) días de aprobada a la Dirección General de Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 13.1 del artículo 13 de los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2012-PCM.
Artículo 4.- Vigencia
La presente Resolución entra en vigencia el mismo día de su publicación.
Artículo 5.- Publicación
Publíquese la presente Resolución y su anexo en el Diario Oficial El Peruano y en la Sede Digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICENTE TIBURCIO ORBEZO
Ministro del Interior
ANEXO
REPRIORIZACIÓN DE RECURSOS DEL FONDO ESPECIAL PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA
En SOLES
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N° |
CUI |
NOMBRE DE LA INVERSIÓN |
PROYECTO HABILITADOR |
PROYECTO HABILITADO |
|
1 |
2160780 |
MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LA OFICINA DE CRIMINALISTICA DE LA XI DIRECCION TERRITORIAL DE POLICIA - AREQUIPA |
1,287,240.69 |
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|
2 |
2167628 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO POLICIAL EN EL MARCO DE LA IMPLEMENTACION DE NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL DE LA COMISARIA PNP TINGO MARIA B Y COMISARIA PNP AUCAYACU C PERTENECIENTE A LA PROVINCIA LEONCIO PRADO, DEPARTAMENTO DE HUANUCO DE FP-HUALLAGA |
133,023.00 |
|
|
3 |
2167636 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO POLICIAL EN EL MARCO DE IMPLEMENTACION DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL DE LAS COMISARIAS DE YANACANCHA Y YANACANCHA MUJERES DE LA REGION POLICIAL PASCO |
70,784.00 |
|
|
4 |
2269286 |
MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS POLICIALES EN EL PUESTO DE VIGILANCIA DE FRONTERA PNP CUCUYAS - REGPOL PIURA, DISTRITO DE SUYO, PROVINCIA DE AYABACA, DEPARTAMENTO DE PIURA |
3,115.00 |
|
|
5 |
2273584 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO POLICIAL DE LA COMISARÍA SECTORIAL PNP CHURCAMPA - DISTRITO DE CHURCAMPA - PROVINCIA CHURCAMPA, DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA |
11,846.00 |
|
|
6 |
2265480 |
MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS POLICIALES DE LA COMISARIA SECTORIAL PNP AYABACA - PROVINCIA AYABACA - DEPARTAMENTO DE PIURA |
535,863.72 |
|
|
7 |
2281844 |
MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS POLICIALES DE LA COMISARIA SECTORIAL PNP CHULUCANAS - PROVINCIA DE MORROPON - DEPARTAMENTO DE PIURA |
662,591.93 |
|
|
8 |
2250105 |
MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS POLICIALES DE LA DIVISIÓN POLICIAL PAIJÁN, DISTRITO DE PAIJÁN, PROVINCIA DE ASCOPE, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD |
1,967.66 |
|
|
9 |
2167632 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO POLICIAL EN EL MARCO DE LA IMPLEMENTACION DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL DE LAS COMISARIAS DE LA SECTORIAL PNP MAYNAS DE YANASHI, INDIANA, MAZAN, SANTA CLOTILDE, FRANCISCO DE ORELLANA DE LA REGION POLICIAL LORETO |
2,706,432.00 |
|
|
TOTAL |
2,706,432.00 |
2,706,432.00 |
||
2479044-1