Logo El Peruano
Fecha de publicación: 16/01/2026
Autorizan viaje de Ministra de Comercio Exterior y Turismo al Reino de España y encargan su Despacho al Ministro de la Producción

Acceden a solicitud de ampliación de extradición pasiva de ciudadano mexicano, para ser procesado en los Estados Unidos Mexicanos por presunta comisión de delito

resolución suprema

N° 014-2026-JUS

Lima, 14 de enero de 2026

VISTO; el Informe N° 260-2025/COE-TPC, del 17 de diciembre de 2025, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de ampliación de extradición pasiva del ciudadano de nacionalidad mexicana ERNESTO HUACUJA GALVÁN formulada por las autoridades competentes de los Estados Unidos Mexicanos, para ser procesado por la presunta comisión del delito de fraude en la causa penal 1P1424-295;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 16 de septiembre de 2025, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de ampliación de extradición pasiva del ciudadano de nacionalidad mexicana ERNESTO HUACUJA GALVÁN formulada por las autoridades competentes de los Estados Unidos Mexicanos, para ser procesado por la presunta comisión del delito de fraude en la causa penal 1P1424-295;

Que, el literal a) del numeral 46.1 del artículo 46 del Reglamento de la actuación de las autoridades que participan en los procedimientos de extradición y traslado de personas condenadas, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2025-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone para la decisión del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa o pasiva;

Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

Que, mediante Informe N° 260-2025/COE-TPC, del 17 de diciembre de 2025, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de ampliación de extradición pasiva de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de fraude en la causa penal 1P1424-295;

Que, de conformidad con lo establecido en el Tratado de Extradición entre la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos suscrito el 2 de mayo de 2000 y vigente desde el 10 de abril de 2001; así como en el Código Procesal Penal peruano y en el Decreto Supremo N° 015-2025-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado;

En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Acceder a la solicitud de ampliación de extradición pasiva del ciudadano de nacionalidad mexicana ERNESTO HUACUJA GALVÁN para ser procesado en los Estados Unidos Mexicanos por la presunta comisión del delito de fraude en la causa penal 1P1424-295.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ

Presidente de la República

WALTER ELEODORO MARTÍNEZ LAURA

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTÍNEZ

Ministro de Relaciones Exteriores

2477524-2